Sentencia nº SUP-JDC-1639-2007 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 17 de Octubre de 2007

JurisdicciónMichoacán
Número de resoluciónSUP-JDC-1639-2007
Fecha17 Octubre 2007
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-1639/2007 ACTORA: J.M.D.M. RESPONSABLE: PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y OTRO MAGISTRADO PONENTE: SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR SECRETARIO: G.A. JAIMES

México, Distrito Federal, a diecisiete de octubre de dos mil siete.

VISTOS para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-1639/2007promovido por J.M.D.M., para impugnar el acuerdo asumido por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional el veinte de septiembre del presente año, a través del cual determinó sustituir como candidato a presidente municipal de Uruapan, Michoacán, a J.M.S. por A.G.R., y

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De lo narrado por la actora en su demanda y de las constancias de autos, se advierte lo siguiente:

    1. El veintiséis de agosto de dos mil siete se llevó a cabo la asamblea y convención municipal, en la que resultó electo J.M.S. como candidato a presidente municipal de Uruapan, Michoacán. La actora participó como candidata a presidenta municipal y ocupó el segundo sitio.

    2. El veinte de septiembre de dos mil siete, el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional determinó sustituir como candidato a presidente municipal de Uruapan, Michoacán, a J.M.S. por A.G.R..

      La actora afirma haber tenido conocimiento del acuerdo antes mencionado, el veintiuno siguiente.

    3. El veintidós de septiembre del año en curso, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán aprobó el registro de la planilla de candidatos presentada en común para integrar el Ayuntamiento de Uruapan, Michoacán, presentada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza, en la que aparece como candidato a presidente municipal A.G.R..

      Este acuerdo se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán el tres de octubre de dos mil siete.

    4. El veinticinco de septiembre de dos mil siete, la actora presentó escrito de inconformidad ante el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, en contra del acuerdo del Presidente de ese Comité, mencionado en el numeral 2 de estos antecedentes.

    5. El cuatro de octubre de dos mil siete, la actora se desistió del medio de impugnación intrapartidario antes mencionado.

  2. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El cuatro de octubre de dos mil siete, J.M.D.M. promovió, per saltum, el presente juiciopara la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, alegando tener un mejor derecho para ser designada como candidata sustituta.

  3. Trámite y sustanciación.

    1. El nueve de octubre siguiente, se recibió en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, el escrito mediante el cual el S. General del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional remitió, entre otros: el escrito de demanda, el informe circunstanciado y la documentación anexa que estimó atinente.

    2. Mediante proveído de la misma fecha, la Magistrada Presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó integrar el expediente SUP-JDC-1639/2007 y turnarlo al Magistrado S.O.N.G., para los efectos precisados en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. El acuerdo fue cumplimentado esa fecha, mediante oficio TEPJF-SGA-3137/07, de la Secretaria General de Acuerdos de esta S. Superior, y

    C O N S I D E R A N D O

    PRIMERO. Competencia. Esta S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es...

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