Sentencia nº SUP-JDC-577-2005 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 20 de Octubre de 2005
Jurisdicción | Estado de México |
Número de resolución | SUP-JDC-577-2005 |
Fecha | 20 Octubre 2005 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-577/2005 ACTOR: J.A.L.C.. RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE GARANTÍAS Y VIGILANCIA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. MAGISTRADO PONENTE: J.A. LUNA RAMOS. SECRETARIO: MARCO A.Z.A.. |
México, Distrito Federal, a veinte de octubre de dos mil cinco.
VISTOS, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-577/2005, promovido por J.A.L.C., contra la resolución emitida el veintisiete de septiembre de dos mil cinco, por la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática, en el expediente I/MEX/1879/05, y
R E S U L T A N D O
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Acto partidista impugnado. El tres de diciembre de dos mil cuatro, el Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática emitió convocatoria para elegir P. y S. General en el ámbito Nacional, Estatal y Municipal, consejeros de los ámbitos nacionales, estatales y municipales; delegados al IX Congreso Nacional Ordinario, así como delegados a los congresos estatales y municipales.
El veintiuno de agosto de este año, se llevó a cabo la jornada electoral interna del Partido de la Revolución Democrática, en el Estado de México, a fin de elegir Presidente, S. General, delegados y consejeros estatales y municipales.
El veinticuatro siguiente, el Comité Estatal del Servicio Electoral del citado instituto político en el Estado de México dio inicio a la sesión de cómputo estatal. El treinta de agosto dicho comité publicó en estrados los resultados oficiales de los cómputos.
En contra de los resultados atinentes a la elección de delegados al congreso municipal de Coacalco, Estado de México, J.A.L.C., en representación de la planilla veinte del distrito XXXVIII, interpuso recurso de impugnación, ante la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática. Este asunto fue radicado en el expediente I/MEX/1879/05 y resuelto el veintisiete de septiembre del año en curso, en el sentido de desechar la impugnación, por no haber sido presentada dentro de los plazos reglamentarios respectivos.
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Juicio para la protección de los derechos político electorales. Inconforme con esta determinación, el tres de octubre, J.A.L.C., en representación de la fórmula dos, planilla veinte del distrito XXXVIII, promovió juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, mediante escrito presentado ante la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática.
Por acuerdo de...
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