Sentencia nº SUP-JRC-046-2003 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 17 de Julio de 2003

PonenteJosé Fernando Ojesto Martínez Porcayo
Fecha de Resolución17 de Julio de 2003
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadEstado de México
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JRC-046/2003 ACTOR: PARTIDO DEL TRABAJO AUTORIDAD RESPONSABLE: PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO TERCERO INTERESADO: COALICIÓN "ALIANZA PARA TODOS" MAGISTRADO: J.F.O.M.P. SECRETARIO: A.M. DEL CAMPO MORALES

México, Distrito Federal a diecisiete de julio de dos miltres.

V I S T O S para resolver los autos del juicio derevisión constitucional electoral número SUP-JRC-046/2003, promovido por elPartido del Trabajo, por conducto de su representante propietario, en contra dela resolución de siete de abril de dos mil tres, dictada por el Pleno delTribunal Electoral del Estado de México, en los expedientes acumulados,integrados con motivo de los juicios de inconformidad JI/71/2003, JI/72/2003 yJI/73/2003; y

RESULTANDO

  1. El nueve de marzo del año en curso, se llevaron acabo comicios en el Estado de México, para elegir a los integrantes delCongreso del Estado y a los miembros de los ayuntamientos, entre otros, a losdel municipio de Zinacantepec.

  2. El doce de marzo siguiente, el Consejo MunicipalElectoral del referido municipio realizó la sesión de cómputo, declaró lavalidez de la elección y expidió las constancias de mayoría a la planillaregistrada por la coalición "Alianza para Todos".

    Los resultados anotados en el acta correspondiente son lossiguientes:

    RESULTADOS
    PARTIDO CON NÚMERO CON LETRA
    PAN 7,115 Siete mil ciento quince
    COALICIÓN "ALIANZA PARA TODOS" 11,821 Once mil ochocientos veintiuno
    PRD 2,117 Dos mil ciento diecisiete
    PT 10,225 Diez mil doscientos veinticinco
    CONVERGENCIA 700 Setecientos
    PSN 5 Cinco
    PARTIDO ALIANZA SOCIAL 343 Trescientos cuarenta y tres
    PC 418 Cuatrocientos dieciocho
    CANDIDATOS NO REGISTRADOS 2 Dos
    VOTOS NULOS 1,174 Mil ciento setenta y cuatro.
    VOTACIÓN TOTAL EMITIDA 33,957 Treinta y tres mil novecientos cincuenta y siete
  3. En contra de la referida determinación, eldieciséis de marzo del presente año, los Partidos, Acción Nacional y delTrabajo, cada uno por cuerda separada, interpusieron sendos juicios deinconformidad; el primero de dichos partidos interpuso dos juicios, en uno,alegando cuestiones de inelegibilidad del candidato propietario ganador al cargode P.M. del ayuntamiento y en el otro, la nulidad de lavotación recibida en casillas.

    En el juicio de inconformidad JI/72/2003, el Partido AcciónNacional impugnó las casillas 5829 b, 5834 c1, 5855 b, 5856 b y 5858 b.

    Por su parte, en el expediente de inconformidad JI/73/2003,el Partido del Trabajo, también hizo valer la inelegibilidad del candidato queresultó ganador y además, impugnó la votación recibida en ochenta y sietecasillas.

  4. El siete de abril del...

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