Sentencia nº SUP-JRC-0078-2013 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 14 de Junio de 2013

JurisdicciónZacatecas
Número de resoluciónSUP-JRC-0078-2013
Fecha14 Junio 2013
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

EXPEDIENTE: SUP-JRC-78/2013 ACTOR: RAÚL DE LUNA TOVAR Y OTROS AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA UNIINSTANCIAL DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE ZACATECAS MAGISTRADO PONENTE: C.C.D. SECRETARIOS: ANTONIO RICO IBARRA, A.A.R.S.Y.H.S.C..

México, Distrito Federal, a catorce de junio de dos mil trece.

VISTOS, para resolver, los autos de juicio de revisión constitucional electoral identificado con la clave SUP-JRC-78/2013, promovidos por R. de L.T., E.R.C., M.P.E., Ma. E.Á. de Luna y A.G.L., respectivamente, en contra de la Sala Uniinstancial del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Zacatecas, para controvertir la sentencia de veintitrés de mayo de dos mil trece, dictada en el medio de impugnación SU-JDC-464/2013 y acumulados, y

R E S U L T A N D O

  1. Inicio de proceso electoral. El siete de enero de dos mil trece, inició el proceso electoral en el Estado de Zacatecas a fin de elegir diputados locales e integrantes de los ayuntamientos de la Entidad.

  2. Convocatoria. El diecinueve del referido mes y año, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas convocó a las ciudadanas y ciudadanos que de manera independiente tuvieran la intención de participar en la elección de los integrantes de los ayuntamientos de la Entidad por el principio de mayoría relativa.

  3. Solicitudes de registro. El veintinueve y treinta de abril de dos mil trece, R. de L.T., I.E.J., R.C.H., R.L.M., V.M.G.C. y G.C.N., en su carácter de candidatos independientes a las presidencias municipales de General E.E., Sombrerete, Zacatecas, M., V.G. y Cañitas de F.P., respectivamente, solicitaron el registro de la lista de candidatos a regidores por el principio de representación proporcional.

  4. Resolución de las solicitudes de registro. El pasado cinco de mayo, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas determinó la improcedencia de las solicitudes precisadas en el resultando que antecede.

    V.J. ciudadanos locales. El once del referido mes y año, se presentaron dieciocho demandas de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano ante el referido Consejo General a fin de impugnar la determinación reseñada en resultando anterior.

    Tales medios de impugnación local originaron la integración del expediente SU-JDC-464/2013 Y ACUMULADOS, ante el Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Zacatecas.

  5. Resolución de los juicios ciudadanos locales. El veintitrés siguiente, dicho Tribunal Estatal Electoral dictó resolución en los aludidos juicios ciudadanos locales, en la que revocó la determinación impugnada y ordenó el registro de diversos candidatos independientes a los cargos de regidores por el principio de representación proporcional de los Ayuntamientos de Sombrerete, V.G. y Zacatecas.

  6. Juicios de revisión constitucional electoral y para la...

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