Sentencia nº SUP-JDC-1095-2013 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 30 de Octubre de 2013

PonenteManuel González Oropeza.
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2013
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadAguascalientes
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-1095/2013. ACTOR: B.I.V.T.. AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. MAGISTRADO PONENTE: M.G.O.. SECRETARIO: CARMELO M.H..

México, Distrito Federal, a treinta de octubre de dos mil trece.

VISTOS, para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, identificado con el número de expediente SUP-JDC-1095/2013, promovido por B.I.V.T., en contra de la negativa de participar en el Concurso Público 2013-2014, para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, en base al Acuerdo CG224/2013, emitido por el Consejo General del referido Instituto, por el que se aprobaron, a propuesta de la Junta General Ejecutiva, los Lineamientos para ocupar cargos y puestos del aludido Servicio Profesional Electoral, como medida especial de carácter temporal.

R E S U L T A N D O S:

PRIMERO.- Antecedentes.- De lo narrado por el actor en su escrito de demanda, así como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

  1. - Acuerdo CG224/2013.- El veintinueve de agosto de dos mil trece, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió el Acuerdo CG224/2013, por el que se aprobaron a propuesta de la Junta General Ejecutiva, los Lineamientos del Concurso Público 2013-2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del referido Instituto, como medida especial de carácter temporal, dirigido exclusivamente a mujeres.

    Al efecto, los puntos de acuerdo, son del tenor siguiente:

    Primero. Se aprueban los Lineamientos del Concurso Público 2013–2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, como medida especial de carácter temporal, en los términos del documento adjunto al presente Acuerdo.

    Segundo. Se faculta a la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral para desahogar las Convocatorias y las distintas fases y etapas, en términos de los Lineamientos del Concurso Público 2013–2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, como medida especial de carácter temporal, que se aprueban.

    Tercero. Cualquier situación no prevista en los Lineamientos del Concurso Público 2013-2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, como medida especial de carácter temporal, será resuelta por la Junta General Ejecutiva a propuesta de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral, previo conocimiento de la Comisión del Servicio Profesional Electoral.

    Cuarto. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

    El referido Acuerdo fue publicado el once de septiembre del año en curso, en el Diario Oficial de la Federación.

  2. - Negativa de inscripción al Concurso Público 2013-2014.- Afirma, B.I.V.T. que el diez de octubre del año que transcurre, no le fue posible registrarse en la página de Internet del Instituto Federal Electoral y obtener un folio, a fin de participar en el Concurso Público 2013-2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del mencionado Instituto, toda vez que de forma automática el sistema impidió su inscripción, por pertenecer al género masculino.

    SEGUNDO.- Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.- El quince de octubre del presente año, se recibió en la Oficialía de Partes de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal, con sede en Monterrey, Nuevo León, el escrito de demanda por el cual B.I.V.T. promovió juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de controvertir la negativa de registro para participar en el Concurso Público 2013-2014, para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral, con motivo del Acuerdo CG224/2013, del Consejo General del Instituto Federal Electoral, que aprobó los Lineamientos del referido Concurso, en los que se establece como acción afirmativa que sólo participen ciudadanas del género femenino.

    TERCERO.- Acuerdo de la Sala Regional.- El dieciséis de octubre de dos mil trece, la referida Sala Regional determinó que no se actualizaba la competencia para conocer del presente juicio ciudadano, por lo que ordenó remitir a esta S. Superior el respectivo medio de impugnación para que se determinara lo procedente.

    CUARTO.- Recepción.- El diecisiete de octubre del año en curso, se recibió en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, el oficio número SM-SGA-OA-1032/2013, de dieciséis del referido mes y año, por el cual la Actuaria de la mencionada Sala Regional remitió la documentación relativa al juicio ciudadano en cuestión, promovido por B.I.V.T., así como las constancias respectivas.

    QUINTO.- Turno.- En la citada fecha, el Magistrado Presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ordenó integrar el expediente SUP-JDC-1095/2013 y, turnarlo a la Ponencia del Magistrado M.G.O., para los efectos conducentes.

    El proveído de referencia, se cumplimentó mediante oficio número TEPJF-SGA-3688/13, de la misma fecha, suscrito por el S. General de Acuerdos de esta S. Superior.

    SEXTO.- Acuerdo de competencia.- El veintiuno de octubre del año que transcurre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, acordó aceptar la competencia para conocer y resolver el presente juicio para la...

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