Sentencia nº SUP-JDC-1111-2013 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 30 de Octubre de 2013

PonenteMaría del Carmen Alanis Figueroa
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2013
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadInstituto Federal Electoral
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-1111/2013 ACTOR: J.V.R.S. AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL MAGISTRADA PONENTE: M.D.C.A.F. SECRETARIO: JOSÉ ALFREDO GARCÍA SOLÍS

México, Distrito Federal, a treinta de octubre de dos mil trece.

VISTOS, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al rubro indicado, promovido por J.V.R.S., contra la negativa de participar en el concurso público 2013-2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, en virtud del acuerdo CG224/2013 emitido por el Consejo General del referido Instituto, por el que se aprobaron, a propuesta de la Junta General Ejecutiva, los lineamientos para ocupar cargos y puestos del aludido servicio profesional, como medida especial de carácter temporal;

R E S U L T A N D O S

  1. Antecedentes.

    1. El veintinueve de agosto del año en curso, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió el acuerdo CG224/2013, por el que se aprueban, a propuesta de la Junta General Ejecutiva, los lineamientos del concurso público 2013-2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del citado Instituto, como medida especial de carácter temporal, al tenor de los puntos siguientes:

      …Primero. Se aprueban los Lineamientos del Concurso Público 2013–2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, como medida especial de carácter temporal, en los términos del documento adjunto al presente Acuerdo.

      Segundo. Se faculta a la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral para desahogar las Convocatorias y las distintas fases y etapas, en términos de los Lineamientos del Concurso Público 2013–2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, como medida especial de carácter temporal, que se aprueban.

      Tercero. Cualquier situación no prevista en los Lineamientos del Concurso Público 2013-2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, como medida especial de carácter temporal, será resuelta por la Junta General Ejecutiva a propuesta de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral, previo conocimiento de la Comisión del Servicio Profesional Electoral.

      Cuarto. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación…

    2. El once de octubre de dos mil trece, el actor afirma haber intentado realizar su registro a fin de participar en el concurso público 2013-2014 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral, sin que pudiera realizarlo, por no ser mujer.

  2. Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores públicos del Instituto Federal Electoral. Inconforme con lo anterior, el dieciocho de octubre de este año, J.V.R.S. presentó demanda de juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores públicos del Instituto Federal Electoral.

  3. Sentencia de S. Superior en los expedientes SUP-JDC-1080/2013 y acumulados. El veintiuno de octubre del año en que se actúa, la Sala Superior resolvió diversos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovidos contra el acuerdo CG224/2013, en el tenor de los puntos resolutivos siguientes:

    "PRIMERO. Se decreta la acumulación de los juicios para la protección de los derechos político-electorales 1037 a 1041, 1047, 1048, 1054, 1058 a 1060, 1063 a 1065, 1071, 1072, 1075 a 1084 y 1086, todos de este año, al diverso SUP-JDC-1080/2013, por lo que se ordena agregar copia certificada de los puntos resolutivos a los expedientes acumulados.

    SEGUNDO. Se confirma el Acuerdo CG224/2013, emitido por el Consejo General del Instituto Federal Electoral."

  4. Acuerdo de reencauzamiento. El veintinueve de octubre siguiente, la Sala Superior determinó reencauzar el juicio laboral a juicio para la protección de los derechos político-electoral del ciudadano.

  5. Admisión. En su oportunidad, la Magistrada instructora, al considerar satisfechos los requisitos de procedibilidad, admitió la demanda y concluida la sustanciación respectiva, al no existir prueba alguna pendiente de desahogar ni diligencia que practicar ordenó formular el proyecto de sentencia correspondiente.

    C O N S I D E R A N D O

    PRIMERO. Competencia. Esta S. Superior es competente para conocer y resolver el medio de impugnación al rubro identificado, con fundamento en lo previsto por los artículos 17, 41, párrafo segundo, base VI, y 99, párrafo cuarto, fracción V y IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 184, 186, fracción III, inciso g), y 189, fracción I, inciso e), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 79, párrafo 1, 80, párrafo 1, inciso g), y 83, párrafo 1, inciso a), fracción II, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en...

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