Sentencia nº SX-JDC-677-2013 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 10 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2013
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa
EntidadTabasco
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SX-JDC-677/2013. ACTORES: R.G.C. Y JOSÉ RAMOS PATRICIO. AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO. MAGISTRADO PONENTE: J.M.S.M.. SECRETARIO: A.S.R..

Xalapa-Enríquez, V. de I. de la Llave, a diez de octubre de dos mil trece.

VISTOS, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por R.G.C. y J.R.P., en su calidad de candidatos a delegados municipales, propietario y suplente, respectivamente, del fraccionamiento Vista Alegre, Centro, Tabasco, en contra de la sentencia con número de expediente TET-JDC-204/2013-II de nueve de septiembre de dos mil trece, emitida por el Tribunal Electoral de Tabasco; y

R E S U L T A N D O

De lo narrado por los actores en su escrito de demanda y de las constancias de que integran el presente expediente, se advierten los siguientes:

I.A..

  1. Emisión y publicación de la convocatoria. El veintidós de marzo de dos mil trece, fue emitida la convocatoria para elegir a los delegados municipales, para el periodo 2013-2016, por el Cabildo del Ayuntamiento Constitucional de Centro, Tabasco.

    Dicha convocatoria fue publicada en el periódico "Tabasco Hoy" el veinticuatro siguiente.

  2. Registro de planillas. El once de abril de dos mil trece, se llevó a cabo el registro de planillas de los aspirantes a delegados de las colonias, fraccionamientos, villas, poblados y rancherías.

  3. Dictamen de desechamiento y admisión de registros. El dieciséis siguiente, la Comisión Edilicia Temporal Coadyuvante en el Proceso de Elección de Delegados Municipales del Ayuntamiento de Centro, emitió dictamen por el cual declaró la procedencia e improcedencia de las fórmulas de candidatos que participaron en la elección de delegados municipales de dicho Ayuntamiento.

    En lo que interesa, la relación de aspirantes aceptados para el fraccionamiento Vista Alegre quedó de la siguiente manera:

    "

    No. FÓRMULAS ACEPTADAS
    1 PROPIETARIO: CONDE R.G. SUPLENTE: RAMOS PATRICIO JOSE
    2 PROPIETARIO: REYES ARELLANO P. SUPLENTE: MAYO MENA L.F.

    "

  4. Jornada electoral y cómputo de la elección. El veintiocho de abril de dos mil trece, se llevó a cabo la elección de delegados municipales del fraccionamiento de Vista Alegre, perteneciente al ayuntamiento de Centro, Tabasco en la que resultó ganadora la fórmula número dos, integrada por P.R.A. y L.F.M.M., con una diferencia de dos votos con el segundo lugar conformado por los ahora actores.

    Fórmulas Votación 28 de abril
    Propietario: Conde Raúl Gerardo Suplente: R.P.J. 134 Ciento treinta y cuatro
    Propietaria: Reyes Arellano Patricia Suplente: Mayo Mena Leticia Fidelia 136 Ciento treinta y seis
    Votos nulos 17 Diecisiete
  5. Juicio ciudadano local. El tres de mayo del presente año, R.G.C. y J.R.P., promovieron per saltum juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano ante el Tribunal Electoral de Tabasco.

    En dicha impugnación plantearon, en esencia, que durante la jornada electoral se suscitaron diversas irregularidades, así como la inelegibilidad de L.F.M.M., quien resultó electa como delegada suplente.

  6. Toma de protesta. El cuatro de mayo se efectuó la toma de protesta de P.R.A. y L.F.M.M., como delegadas propietaria y suplente, respectivamente, del fraccionamiento Vista Alegre, de acuerdo al dictamen, de la Comisión Especial Temporal Coadyuvante, mediante el cual se dieron a conocer los resultados de la elección de delegados municipales del ayuntamiento de Centro, Tabasco para el periodo 2013-2016.

  7. Auto de recuento. El trece de agosto de dos mil trece, por considerar que así lo solicitaron los actores en su escrito de demanda, el Tribunal electoral local, ordenó realizar la diligencia de nuevo escrutinio y cómputo de votos, ante la presencia de las dos fórmulas que contendieron al cargo de delegados municipales por el fraccionamiento de Vista Alegre.

  8. Diligencia de nuevo escrutinio y cómputo de votos. La diligencia fue llevada a cabo el diecinueve de agosto de dos mil trece, ante la presencia de ambas fórmulas, obteniéndose los siguientes resultados.

    Fórmulas Nuevo escrutinio y cómputo
    Propietario: Conde Raúl Gerardo Suplente: R.P.J. 130 Ciento treinta
    Propietaria: Reyes Arellano Patricia Suplente: Mayo Mena Leticia Fidelia 135 Ciento treinta y cinco
    Votos nulos 22 Veintidós

    Como se ve, con motivo del recuento, se mantuvo en primera posición a P.R.A., propietaria; y L.F.M.M., suplente; al puesto de delegadas.

  9. Resolución impugnada. El nueve de septiembre, se resolvió el juicio ciudadano local TET-JDC-204/2013-II, en el sentido de confirmar la declaración de validez de la elección de delegado municipal para el periodo 2013-2016, realizada el veintiocho de abril del presente año, en el fraccionamiento Vista Alegre del municipio de Centro, Tabasco, así como la emisión de los respectivos nombramientos.

    En esencia, el Tribunal Electoral de Tabasco adujo lo siguiente:

    - Se analizó si fue indebido que se permitiera votar a ocho ciudadanos que supuestamente no residían en la localidad. De ello se concluyó que sólo dos ciudadanos votaron de manera irregular, sin embargo no resultaba determinante para el resultado de la votación;

    - Respecto a la inelegibilidad de L.F.M.M., quien resultó electa como delegada municipal, por considerar que no cumplía con el requisito de residencia, consideró que subsistía la presunción de haber cumplido con él, ya que en su momento se le otorgó su registro como candidata y adquirió definitividad al no haber sido impugnado.

    1. Juicio para la protección...

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