Sentencia nº SUP-JDC-2933-2008 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 8 de Enero de 2009
Ponente | Pedro Esteban Penagos López |
Fecha de Resolución | 8 de Enero de 2009 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior |
Entidad | Jalisco |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-2933/2008. ACTOR: C.R.B.. RESPONSABLE: COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE JALISCO. MAGISTRADO PONENTE: P.E.P.L.. SECRETARIOS: J.O.L.Y.R.E.G.. |
México, Distrito Federal, ocho de enero de dos mil nueve.
VISTOS, para resolver los autos del expediente al rubro citado, relativo al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por C.R.B., por su propio derecho en contra de la resolución de diecisiete de diciembre de dos mil ocho, dictada por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco.
R E S U L T A N D O
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Antecedentes. De la narración de hechos que el actor aduce en su escrito de demanda, así como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:
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El once de noviembre de dos mil ocho el representante del Partido Revolucionario Institucional ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en el Estado, presentó denuncia en contra del hoy actor, por supuestos actos anticipados de campaña y precampaña.
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El primero de diciembre de dos mil ocho, el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en la entidad, admitió a trámite la denuncia y ordenó emplazar al demandado.
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El diecisiete de diciembre siguiente, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, dictó resolución interlocutoria en la que ordena al demandante retirar inmediatamente su nombre de las bardas que se identifican en la resolución citada.
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El diecinueve de ese mes y año, se notificó personalmente al actor la resolución cautelar emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en el Estado.
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Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
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El veintitrés de diciembre de dos mil ocho, C.R.B., por su propio derecho presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
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Trámite. El veintinueve de diciembre de dos mil ocho, se recibió en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, el oficio 0836/08 suscrito por el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, por el que remite la demanda, con sus anexos, el informe circunstanciado y la documentación relativa a la tramitación del medio de impugnación que se analiza.
Turno. Por acuerdo de veintinueve de diciembre de dos mil ocho, la Magistrada Presidenta de esta S. Superior, turnó a la Ponencia del Magistrado P.E.P.L. el asunto que se resuelve...
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