Sentencia nº SX-JDC-84-2014 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 27 de Febrero de 2014

PonenteADÍN ANTONIO DE LEÓN GÁLVEZ
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2014
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa
EntidadOAXACA
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SX-JDC-0084-2014

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JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SX-JDC-84/2014 ACTOR: CÁNDIDO SÁNCHEZ OJEDA AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE OAXACA TERCERO INTERESADO: J.E.M.C. MAGISTRADO PONENTE: ADÍN ANTONIO DE LEÓN GÁLVEZ SECRETARIO: RAFAEL ANDRÉS SCHLESKE COUTIÑO

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, veintisiete de febrero de dos mil catorce.

VISTOS, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al rubro indicado, promovido por C.S.O., ostentándose como ciudadano indígena y candidato a presidente municipal de S.J.L.,

Oaxaca, a fin de impugnar la sentencia de diecisiete de enero de dos mil catorce, emitida por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, en el expediente JNI/07/2014 y sus acumulados JNI/14/2014

y JNI/15/2014, que confirmó el acuerdo CG-IEEPCO-SNI-123/2013

de veintisiete de diciembre de dos mil trece, mediante el cual el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de dicha entidad federativa, calificó y declaró la validez de la elección de concejales del municipio referido, y

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes.

    De la demanda y constancias que obran en el expediente se advierte lo siguiente:

    1. Acuerdo CG-SNI-1/2012. El diecisiete de noviembre de dos mil doce, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca aprobó el catálogo general de los municipios que elegirán a sus autoridades mediante el régimen de sistemas normativos internos, dentro de los que se encuentra el municipio de San Juan Lalana.

    2. Oficio IEEPCO/DESNI/395/2013. Mediante oficio de doce de enero de dos mil trece, la Directora Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos del referido Instituto, solicitó al Presidente Municipal de S.J.L., informara la fecha, hora y lugar del acto de renovación de concejales municipales.

    3. Reunión de trabajo. El veintinueve de noviembre de dos mil trece, se llevó a cabo una reunión de trabajo entre personal de la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, integrantes del Comité de Usos y Costumbres, integrantes de la autoridad municipal y varios ciudadanos, todos del municipio de San Juan Lalana, Oaxaca, en la que acordaron:

      PRIMERO. SE INTEGRARÁ UN CONSEJO MUNICIPAL

      ELECTORAL QUIEN SERÁ EL RESPONSABLE DE CONDUCIR LOS TRABAJOS DE

      RENOVACIÓN DE LA AUTORIDAD MUNICIPAL DE SAN JUAN LALANA, DISTRITO DE

      SANTIAGO CHOAPAM, INTEGRADO POR UN PRESIDENTE COADYUVANTE Y UN

      SECRETARIO COADYUVANTE DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE

      PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EL COMITÉ DE USOS Y COSTUMBRES EN SU

      TOTALIDAD. TENIENDO UN PAPEL EQUITATIVO E IGUALITARIO EN LA

      ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ELECCIONES.

      SEGUNDO. SE INSTALARAN ASAMBLEAS DE ELECCIÓN

      EN CADA UNA DE LAS TREINTA Y CINCO LOCALIDADES INTEGRANTES DE SAN

      JUAN LALANA, LAS CUALES SON:

      …

      TERCERO. LAS ASAMBLEAS COMUNITARIAS PARA LA

      ELECCIÓN DE CONCEJALES MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN LALANA,

      CHOAPAM, OAXACA, SE LLEVARAN A CABO EL DOMINGO QUINCE DE DICIEMBRE

      DE DOS MIL TRECE.

      CUARTO. CADA UNA DE LAS TREINTA Y CINCO

      ASAMBLEAS COMUNITARIAS SE INSTALARAN A LAS NUEVE HORAS POR LA

      AUTORIDAD DE CADA COMUNIDAD, UNA VEZ INSTALADAS SE NOMBRARÁ A LA

      MESA DE LOS DEBATES, LOS FUNCIONARIOS ELECTORALES DEL INSTITUTO

      ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE OAXACA EFECTUARAN

      EL CONTEO DE LOS VOTOS, CONCLUYENDO LAS ASAMBLEAS COMUNITARIAS A LAS

      DIECISIETE HORAS.

      QUINTO. EN CADA ASAMBLEA COMUNITARIA SE

      VOTARÁ PONIENDO UNA RAYA EN LONAS QUE SE PONDRÁN PARA CADA

      CANDIDATO, LAS CUALES CONTENDRÁN LA FOTOGRAFÍA DEL CIUDADANO QUE

      ENCABECE CADA UNA DE LAS PLANILLAS.

      SEXTO. PARA PODER VOTAR LOS CIUDADANOS SE

      IDENTIFICARAN CON SU CREDENCIAL DE ELECTOR PERTENECIENTE A SU

      RESPECTIVA COMUNIDAD O EN SU CASO CON EL COMPROBANTE DEL IFE EN

      TRÁMITE PRESENTADO EN ESTE CASO ACTA DE NACIMIENTO. CADA CIUDADANO

      AL MOMENTO DE EMITIR SU VOTO SE LE IMPREGNARÁ TINTA INDELEBLE EN EL

      DEDO PULGAR DERECHO, FIRMANDO LA RESPECTIVA ACTA DE ASISTENCIA.

      SÉPTIMO. EN CADA UNA DE LAS TREINTA Y CINCO

      ASAMBLEAS COMUNITARIAS PODRÁN ACREDITARSE UN REPRESENTANTE DE CADA

      PLANILLA QUE SE HAYA REGISTRADO. EN CASO DE QUE ÉSTOS NO SEAN DE LA

      LOCALIDAD RESPECTIVA EN QUE HAYAN SIDO ACREDIATDOS, PODRÁN EJERCER

      SU VOTO EN DICHA LOCALIDAD ACREDITÁNDOSE DEBIDAMENTE.

      OCTAVO. EL REGISTRO DE PLANILLAS SE EFECTUARÁ

      EL DÍA SEIS DE DICIEMBRE EN UN HORARIO DE LAS 10:00 HORAS A LAS

      18:00 HORAS EN LAS OFICINAS QUE OCUPARÁ EL CONSEJO MUNICIPAL

      ELECTORAL, EN LA AGENCIA MUNICIPAL DE SAN ISIDRO ARENAL. EN ESTE

      ACTO DE REGISTRO DE PLANILLAS PODRÁN ACREDITAR TAMBIÉN A SU

      RESPECTIVO REPRESENTANTE ANTE EL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL. EL

      CÓMPUTO DEL RESULTADO FINAL DE ESTA ELECCIÓN SE REALIZARA EN ESTA

      AGENCIA MUNICIPAL.

      NOVENO. LOS REQUISITOS PARA SER CANDIDATO,

      SON LOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 113 DE LA CONSTITUCIÓN LOCAL.

      DÉCIMO. LA CONVOCATORIA DE LA ELECCIÓN SE

      PUBLICARÁ A PARTIR DEL DÍA MARTES TRES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE

      POR EL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL, EN CADA UNA DE LAS LOCALIDADES

      DEL MUNICIPIO.

    4. Instalación del Consejo Municipal Electoral. El tres de diciembre siguiente, la presidencia municipal declaró legalmente instalado el Consejo Municipal Electoral de San Juan Lalana.

      En la misma fecha, el Consejo Municipal Electoral aprobó la convocatoria de la elección de concejales al ayuntamiento de S.J.L..

    5. Publicación de convocatoria. El mismo día, el Ayuntamiento, el Comité de Usos y Costumbres, y el Consejo Municipal Electoral de San Juan Lalana, publicaron la convocatoria a la elección de concejales para el periodo 2014-2016, en la que se estableció el quince de diciembre del dos mil trece para que tuviera verificativo la elección, en las treinta y cinco localidades que integran el municipio.

    6. Sesión de trabajo. El cuatro y cinco de diciembre, los integrantes del consejo municipal electoral realizaron recorridos por las localidades que integran el municipio de San Juan Lalana, con la finalidad de verificar la publicación de la convocatoria en los lugares públicos más concurridos de cada localidad, o en su caso proceder a su publicación.

      Dentro de las localidades visitadas el cinco de diciembre se encuentra la agencia de policía S.J..

    7. Registro de plantillas. El seis de diciembre de dos mil trece, el referido Consejo Municipal Electoral aprobó el registro de las tres planillas que contendieron en la jornada electoral, y aprobó el formato de la lona que se utilizó en el desarrollo de las Asambleas comunitarias de elección.

    8. Elección. El quince de diciembre de dos mil trece, se llevó a cabo la elección de Concejales al Ayuntamiento de San Juan Lalana. En sesión permanente, el Consejo Municipal Electoral recepcionó los resultados de las treinta y cinco actas de las asambleas comunitarias de elección, y efectuó

      el cómputo respectivo, resultando ganadora la planilla roja; los resultados fueron los siguientes:

      PLANILLA ROJA PLANILLA AZUL PLANILLA VERDE VOTACIÓN TOTAL EMITIDA
      José Esteban Medina Casanova Cándido Sánchez Ojeda Evencio Velasco López
      4,015 3,732 10 7,757

      En relación a la comunidad de S.J., en el acta de sesión permanente se asentó lo siguiente:

      "SIENDO LAS DIECIOCHO HORAS CON DIEZ MINUTOS, SE

      RECIBIÓ POR PARTE DE LOS ESCRUTADORES COMISIONADOS EN LA ASAMBLEA

      COMUNITARIA DE ELECCIÓN DE SANTIAGO JALAHUI, LALANA, OAXACA, POR EL

      INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE OAXACA,

      UN ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE CIUDADANOS DE LA COMUNIDAD, MEDIANTE

      LA CUAL MANIFIESTAN NO APOYAR A NINGUNO DE LOS CANDIDATOS Y NO

      PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA DE ELECCIÓN, COMPROMETIENDOSE A RESPETAR

      AL GANADOR DE LA CONTIENDA ELECTORAL. DICHA ACTA SE AGREGA A LA

      PRESENTE ACTA CIRCUNSTANCIADA PARA QUE FORME PARTE INTEGRAL DEL

      EXPEDIENTE CORRESPONDIENTE."

    9. Escrito presentado por E.V.L.. El diecisiete de diciembre de dos mil trece, E.V.L., ex candidato a presidente municipal de S.J.L., presentó ante el Instituto electoral local escrito mediante el cual refirió la existencia de diversas irregularidades en el desarrollo de la referida elección y solicitó la invalidez de la misma.

    10. Solicitud del Comité de Usos y Costumbres. El dieciocho siguiente, el Comité de Usos y Costumbres solicitaron a la Directora de Sistemas Normativos Internos del Instituto local que realizara el cómputo de los votos sufragados en las treinta y cinco asambleas electivas, y realizara el cotejo de la lona de resultados, la lista de ciudadanos y las actas levantadas el día de la elección, manifestando que el cómputo respectivo no se llevó a cabo el día de la jornada electoral.

    11. Acta de comparecencia. El mismo día, integrantes del Comité de Usos y Costumbres de S.J.L. comparecieron ante la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos, concluyendo lo siguiente:

      PRIMERO: El Comité de usos y costumbres solicita que se inicie el procedimiento de mediación en cuanto a su petición del recuento de votos. - - - - - - - - - - - -

      SEGUNDO.- Se acuerda convocar a los ciudadanos que fungieron como candidatos de la planilla roja, azul y verde, J.E.M.C., C.S.O. y E.V.L., respectivamente, para asistir a una reunión de trabajo el próximo viernes veinte de diciembre del dos mil trece, a las once horas, en las oficinas de la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos, ubicadas en calle B.D. número 1221, esquina F.T. de B., colonia Reforma,

      Oaxaca de J., Oaxaca. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

      - - -

    12. Reunión de trabajo. En virtud de lo anterior, el veinte de diciembre de dos mil trece, en las instalaciones de la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos, personal de la Dirección, integrantes del Comité de Usos y Costumbres de de S.J.L., el agente de policía suplente de Paso del...

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