Sentencia nº SUP-JLI-32-2013-Sentencia-1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 30 de Abril de 2014

PonenteMANUEL GONZÁLEZ OROPEZA.
Fecha de Resolución30 de Abril de 2014
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadFEDERAL
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

SUP-JLI-0032-2013

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JLI-32/2013 ACTORA: P.T.S.. DEMANDADO: CONSEJO GENERAL Y JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. MAGISTRADO PONENTE: M.G.O.. SECRETARIOS: HERIBERTA CHÁVEZ CASTELLANOS Y MARCOS FRANCISCO DEL ROSARIO RODRÍGUEZ.

México, Distrito Federal, a veinticinco de febrero de dos mil catorce.

VISTOS los autos del expediente SUP-JLI-32/2013, para resolver sobre la demanda del juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral, presentada por P.T.S., en contra del Instituto Federal Electoral; y R E S U L T A N D O:

I.A.. De la narración de hechos que la actora hace en su escrito de demanda y de las constancias de autos, se advierte lo siguiente:

  1. Ingreso de la actora. Señala la actora en su demanda que ingresó a laborar al Instituto Federal Electoral en el mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve, como J. del departamento de evaluación de programas y procedimientos electorales, adscrita a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, Dirección de Planeación y Seguimiento, del mencionado Instituto.

    Que desde el mes de octubre de dos mil siete, ocupa la plaza de Jefa del Departamento de suministro e infraestructura a módulos, adscrita a la Dirección de Operaciones y Seguimiento de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, del Instituto Federal Electoral.

  2. Solicitudes de readscripción. Los días once de junio de dos mil ocho, veintidós de septiembre de dos mil nueve, veinticinco de junio de dos mil diez, seis de septiembre y catorce de noviembre de dos mil once, la promovente presentó ante la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral del Instituto Federal Electoral diversas solicitudes de cambio de adscripción.

  3. Lineamientos de readscripción. El treinta y uno de enero de dos mil trece, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, emitió el Acuerdo JGE21/2013, por el cual aprobó los lineamientos para la readscripción de miembros del Servicio Profesional Electoral.

  4. Reglas Generales. Mediante Oficio DESPE/009/2013, de quince de febrero de dos mil trece, la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral, comunicó a los miembros del Servicio Profesional Electoral las reglas generales de operación, períodos, plazas vacantes, criterios de preferencia y otras disposiciones para la atención de las solicitudes de readscripción.

  5. Nueva solicitud de readscripción. El quince de marzo de dos mil trece, la actora realizó una nueva solicitud de readscripción, a fin de que se autorizara su cambio de puesto de Jefe de Departamento de Infraestructura y Suministro de Módulos adscrita a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores al de Jefe de Departamento de Investigación y Producción de Información, en la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del Instituto Federal Electoral; conforme a los parámetros señalados en la circular número DESPE/009/2013, emitida por la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral del referido Instituto.

  6. Proceso de readscripción. El veintidós de julio de dos mil trece, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, dictó el acuerdo identificado con la clave JGE102/2013 por el que se autorizó la readscripción de miembros del Servicio Profesional Electoral, en cargos y puestos distintos de Vocal Ejecutivo.

    En dicho acuerdo no se emitió pronunciamiento alguno respecto a las solicitudes efectuadas por la actora.

  7. Recurso de inconformidad. El dieciséis de agosto de dos mil trece, en contra del mencionado acuerdo, la enjuiciante interpuso recurso de inconformidad, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral, el cual fue admitido con la clave CG/R.I./SPE/03/2013.

  8. Promoción ante la Sala Superior. El dos de octubre de dos mil trece, P.T.S., presentó ante la Oficialía de Partes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, un escrito mediante el cual combate la omisión del Instituto Federal Electoral de resolver el recurso de inconformidad mencionado en el párrafo precedente.

    Dicho escrito fue registrado con el número de expediente SUP-AG-73/2013, donde se resolvió reencausarlo a juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral, integrándose al efecto el expediente SUP-JLI-30/2013.

    El dieciocho de diciembre de dos mil trece, éste órgano jurisdiccional dictó sentencia en el expediente SUP-JLI-30/2013, en el sentido de sobreseer el juicio ante el desistimiento de la demanda por parte P.T.S..

  9. Resolución del recurso de inconformidad. El veinte de noviembre de dos mil trece, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, emitió el Acuerdo CG357/2013, cuyas consideraciones y puntos resolutivos son del tenor siguiente:

    "[…]

    TERCERO. SINOPSIS DE AGRAVIOS. Previo al estudio de fondo del presente recurso, resulta necesario precisar los motivos de inconformidad formulados por la C.P.T.S., a efecto de fijar la litis en el presente asunto.

    Así, del escrito de interposición del Recurso de Inconformidad, así como de su alcance, se desprende que la recurrente señala que cumple con los requisitos contenidos en el Art. 33 incisos I

    al VII de los Lineamientos en la materia, a saber:

    (Se transcribe)

    Por lo anterior se inconforma respecto del Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se autoriza la readscripción de Miembros del Servicio Profesional Electoral en cargos y puestos distintos de Vocal Ejecutivo por la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en sesión ordinaria celebrada el 22 de julio de 2013, en el cual se aprueba el dictamen de resultados de la procedencia de las solicitudes de readscripción y en la cual no se incluye su "cambio de readscripción" (sic), no obstante cumplir con los requisitos y haber sido la única persona que solicitó la readscripción a la Jefatura de Departamento de Investigación y Producción de Información de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica.

    Señala que es la segunda ocasión que ha solicitado un cambio de adscripción en los periodos establecidos para ello, y en 3

    ocasiones fuera de dichos periodos y que el no concederle el cambio de adscripción, le provoca incertidumbre y frustración debido a que no se autoriza su readscripción no obstante que cumple con los requisitos establecidos en los "Lineamientos para la Readscripción de los miembros del Servicio Profesional Electoral" aprobados por la Junta General Ejecutiva el 31 de enero de 2013, además de haber presentado su solicitud en tiempo y forma y haber sido la única persona que solicitó

    la jefatura en comento. Adicionalmente manifestó:

    "En alcance al oficio de fecha 16 de agosto de 2013, relativo a la inconformidad presentada por una servidora… le informo que tanto mi formación académica como mi experiencia laboral de 22 años en diversas instituciones (14 en el Instituto Federal Electoral (IFE), 7 en el Consejo Nacional de Población (CONAPO) y 1 en el Instituto Nacional de la Educación de los Adultos (INEA)) me permite desempeñar cualquier puesto dentro del Instituto de manera profesional.

    Cabe señalar que conforme al "Catálogo de Cargos y Puestos del Servicio Profesional Electoral', cuento con los conocimientos relativos a la aplicación de herramientas estadísticas, así como el manejo e integración de bancos de información y bases de datos, procesamiento e interpretación de la información, seguimiento a las actividades de órganos desconcentrados, planeación estratégica, investigación social aplicada, elaboración del programa-presupuesto control de gestión y manejo de aplicaciones, que son requeridos para desempeñar el puesto de Jefatura de Departamento de Investigación y Producción de Información de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica (DECEyEC), y en cuanto a los conocimientos adicionales (y/o actualización de otros) que requiera adquirir, le comento que tengo la disposición de capacitarme para el buen desempeño en el cargo, como lo he demostrado en esta última readscripción que me fue autorizada para ocupar el puesto actual de Jefe de Departamento de Infraestructura y Suministro a Módulos, en el que aprendí y participé en los procesos de licitación de bienes informáticos y periféricos para la operación de los Módulos de Atención Ciudadana (MAC), así como en los procedimientos para la actualización del Inventario de Bienes del Instituto (Desincorporación, Alta y Traspaso de Bienes) de oficinas centrales y órganos desconcentrados y gestión de recursos financieros para la operación de los MAC.

    Por lo anterior, solicito respetuosamente se considere lo expuesto… además de presentar mi solicitud en tiempo y forma, asimismo ser la única funcionaria que solicitó el cambio a la Jefatura de Departamento de Investigación y Producción de Información de la DECEyEC y contar con el perfil para desempeñar el puesto según el citado catálogo.

    No omito mencionar que obtuve la titularidad como miembro del Servicio Profesional Electoral en julio de 2011."

    CUARTO. FIJACIÓN DE LA LITIS. Que en virtud de lo anterior, esta autoridad se encuentra en posibilidad de entrar en el análisis del fondo del asunto en cuestión, a fin de determinar si el Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se autoriza la readscripción de Miembros del Servicio Profesional Electoral en cargos y puestos distintos de Vocal Ejecutivo le causa algún agravio en su relación jurídica con el Instituto Federal Electoral en virtud de que el mismo no contempló la readscripción de la C.P.T.S., no obstante que según su dicho, cumplió

    con los requisitos para ser readscrita a la Jefatura de Departamento de Investigación y Producción de Información de la Dirección Ejecutiva de...

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