Sentencia nº SX-JDC-107-2014 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 10 de Abril de 2014

Ponente
 JUAN MANUEL SÁNCHEZ MACÍAS.
Fecha de Resolución10 de Abril de 2014
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa
EntidadOAXACA
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SX-JDC-0107-2014

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SX-JDC-107/2014. ACTORES: ANTONIO TEJEDA IZUCAR Y OTROS. AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE OAXACA. MAGISTRADO PONENTE: J.M.S.M.. SECRETARIO: ABEL SANTOS RIVERA.

Xalapa-Enríquez, V. de I. de la Llave, a diez de abril de dos mil catorce.

VISTOS para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al rubro indicado, promovido por:

No. Nombre.
1. A.T.I..
2. M.C.R..
3. J.R.E..
4. R.M.Z..

En contra de la sentencia de veinticuatro de febrero del presente año, dictada por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, (en adelante "TEEPJO" o "tribunal responsable") en el expediente JNI/44/2014, que confirmó la validez de la elección de concejales del municipio de S.A. N. en dicha entidad, efectuada por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca 1

(en adelante "Consejo General"); y,

1 Acuerdo CG-IEEPCO-SNI-143/2013.

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De lo narrado por los actores y de las constancias de autos se advierten los siguientes:

    1. Solicitud de informe .

      El doce de enero del año dos mil trece, la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca 2 (en adelante "Dirección Ejecutiva"), solicitó al Presidente Municipal de S.A. N. (en adelante "autoridad municipal")

      informara la fecha, hora y lugar en que se celebraría el acto de renovación de concejales.

      2 Mediante oficio IEEPCO/DESNI/341/2013, visible a fojas 3-4 del cuaderno accesorio 3.

    2. Solicitud de intervención. El treinta y uno de mayo siguiente, ciudadanos de la agencia de policía de S.G. Casa Blanca (en adelante "Agencia de Policía"), perteneciente al municipio referido, solicitaron la intervención del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (en adelante "IEEPCO") para que su derecho al voto no fuera trasgredido y se les permitiera a hombres y mujeres participar en la elección de concejales, debido a que a dicha agencia no se les ha permitido participar.

    3. Solicitud de información y participación. El veintidós de agosto de dos mil trece, el agente de policía S.G. Casa Blanca (en adelante "autoridad municipal auxiliar" o "agente de policía")

      solicitó a la autoridad municipal, mediante escrito presentado ante el IEEPCO, información sobre el día, hora y fecha en que se realizaría la asamblea general comunitaria para elegir al nuevo presidente municipal y pudieran votar y ser votados en dicha elección.

    4. Remisión de petición. El tres de junio siguiente, la Dirección Ejecutiva remitió 3 la solicitud de participación referida en el numeral 2, a la autoridad municipal, a efecto de que emitiera la respuesta correspondiente e informara a dicha dirección sobre el caso en particular. La autoridad municipal acusó de recibido el siete inmediato.

      3 Mediante oficio IEEPCEO/DESNI/889/2013, visible a foja 9 del cuaderno accesorio 3.

      Asimismo, el veintitrés de agosto posterior, remitió 4 la solicitud del agente de policía referida en el apartado 3, misma que la autoridad municipal recibió el doce de septiembre.

      4 Mediante oficio I.E.E.P.C.O./D.E.S.N.I./1569/2013, visible a foja 10 del cuaderno accesorio 3.

    5. Respuesta de la autoridad municipal. El veintisiete de septiembre de dos mil trece, la autoridad municipal, mediante oficio 221/2013, comunicó al agente de policía que por acuerdo de la asamblea general no se les informaría el día y hora de la asamblea para nombrar a la nueva autoridad municipal.

    6. Reunión de trabajo .

      El mismo veintisiete, se llevó a cabo una reunión de trabajo entre funcionarios de la Dirección Ejecutiva y la autoridad municipal auxiliar y ciudadanos de la Agencia de Policía, en la cual se asentó la preocupación por la falta de respuesta de la autoridad municipal respecto a su solicitud de participar en la elección de concejales, razón por la cual acordaron reunirse el cuatro de octubre y que se notificaría a la autoridad municipal.

    7. Acta de comparecencia. El cuatro de octubre de dos mil trece, la autoridad municipal auxiliar y ciudadanos de la Agencia de Policía , y la autoridad municipal, comparecieron ante la Dirección Ejecutiva. En el acta respectiva, se asentó que luego de expresar sus puntos de vista, las partes acordaron llevar a cabo una reunión de trabajo el catorce de octubre, con la autoridad municipal y cuatro ciudadanos de la cabecera.

    8. M. de trabajo .

      El catorce siguiente, se reunieron funcionarios de la Dirección Ejecutiva, la autoridad municipal y cuatro comisionados ciudadanos, así como la autoridad municipal auxiliar y ciudadanos de la Agencia de Policía. En la minuta levantada se dejó constancia de la inconformidad por parte de la autoridad municipal respecto a la asistencia de ciudadanos de la Agencia de Policía, distintos a los que habían acudido a la reunión anterior, razón por la cual, la autoridad municipal auxiliar manifestó

      que se retirarían.

      En tales condiciones, se propuso convocar a una nueva reunión de trabajo con fecha pendiente, para continuar con las pláticas relativas a la elección de las autoridades municipales.

      Al final del acta, se hizo constar la hora en la cual se retiraron los ciudadanos de la Agencia de Policía y que no quisieron firmar la minuta.

    9. M. de trabajo. El veintiuno de octubre ,

      se celebró una nueva reunión de trabajo entre personal de la Dirección Ejecutiva, la autoridad municipal, ciudadanos comisionados de la asamblea general de S.A. N. (en adelante "ciudadanos de la cabecera municipal"), ciudadanos y autoridad municipal auxiliar de la Agencia de Policía y un representante de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Oaxaca (en adelante "Secretaría de Gobierno").

      En la minuta se asentaron las diferentes ópticas respecto a la participación de la Agencia de Policía en la elección de concejales, por lo cual se establecieron los acuerdos siguientes:

      - El veintiséis de octubre la autoridad municipal citaría a una asamblea para informar a la comunidad la propuesta del catálogo que entregó

      la Agencia de Policía.

      - El veintinueve de octubre se realizaría una nueva reunión de trabajo.

    10. Reunión de trabajo. El veintinueve de octubre, se llevó a cabo la reunión referida, a la cual asistieron funcionarios de la Dirección Ejecutiva, la autoridad municipal, ciudadanos de la cabecera municipal y ciudadanos y autoridad municipal auxiliar de la Agencia de Policía.

      En el acta se asentó, que después de entablar un amplio diálogo acerca de las responsabilidades y obligaciones (recaudación, participación de las mujeres, apertura de caminos, etc.) que la Agencia de Policía asumiría en caso de dejar que participen, se acordó:

      - Citar a las partes una nueva reunión de trabajo a celebrarse el once de noviembre.

    11. M. de trabajo. El once de noviembre de dos mil trece, asistieron a la reunión de trabajo funcionarios electorales de la Dirección Ejecutiva, un representante de la Secretaría de Gobierno, la autoridad municipal, ciudadanos de la cabecera municipal y la autoridad municipal auxiliar y ciudadanos de la Agencia de Policía, en la que, después de dialogar y exponer las diversas posturas, acordaron:

      - La autoridad municipal y los ciudadanos de la cabecera municipal manifestaron no estar cerrados al diálogo, pero al momento no podían dar una respuesta debido a que a la autoridad municipal no le permitieron dialogar con la asamblea general de la Agencia de Policía, por lo que en la próxima asamblea de la cabecera municipal se informaría y pondría a su consideración que la autoridad municipal y la comisión de hacienda participen en una asamblea extraordinaria de la Agencia de Policía.

      - La autoridad municipal auxiliar y ciudadanos de la Agencia de Policía llevarían a cabo una asamblea extraordinaria el veintiuno de noviembre, a la que asistirán la autoridad municipal y la comisión de hacienda, a fin de dialogar.

    12. Asamblea general comunitaria 5 .

      El siete de diciembre de dos mil trece, se realizó dicha asamblea en S.A. N. (cabecera municipal), con la finalidad de adecuar y dar continuidad a las determinaciones tomadas en asamblea general de treinta de diciembre de dos mil doce, y revisar y ajustar las fechas, requisitos y procedimientos a los que se sujetaría el proceso electoral para la elección de concejales del ayuntamiento.

      5 Visible a fojas 62-66 del cuaderno accesorio 3.

      La asamblea general aprobó, entre otras cuestiones, lo siguiente:

      - Participación: Sin exclusión alguna, los ciudadanos y ciudadanas de la cabecera municipal y de la Agencia de Policía .

      - Forma de elección: Votación nominal abierta conforme al listado del padrón general del municipio.

      - Lugar: Explanada del corredor municipal o el lugar que determine el consejo electoral comunitario.

      - Forma de participar: Únicamente mediante dos planillas, una postulada por la cabecera municipal y otra por la Agencia de Policía .

      - Autoridad electoral municipal: El

      órgano encargado de organizar las elecciones, vigilar y apoyar el desempeño de las autoridades electas, será el consejo electoral comunitario, integrado por un presidente, secretario y tres vocales, designados por asamblea.

      - Día de la elección: Domingo veintidós de diciembre de dos mil trece.

    13. Nombramiento de autoridad electoral municipal .

      El mismo día, mediante asamblea general de la cabecera municipal, se nombró a los integrantes del consejo electoral comunitario de S.A. N. (en adelante "consejo electoral comunitario"), el cual se conformó de la siguiente manera:

      No. Cargo Nombre
      Presidente. O.I.R..
      S.. B.B.F..
      Vocal. A.R.S..
      Vocal. T.V.G..
      Vocal. G.H.A..
    14. Convocatoria. El once de diciembre de dos mil trece, el consejo electoral comunitario emitió la convocatoria para la elección de concejales de S.A. N.. En ella, se garantizó, entre otras cosas, la participación, sin...

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