Sentencia nº SUP-RAP-46-2014-Incidente-1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 14 de Abril de 2014

PonentePEDRO ESTEBAN PENAGOS 
 LÓPEZ
Fecha de Resolución14 de Abril de 2014
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadOAXACA
Tipo de procesoRecurso de apelación

SUP-RAP-0046-2014-Inc2

SEGUNDO INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: SUP-RAP-46/2014 INCIDENTISTA: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, COMO AUTORIDAD SUSTITUTA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: PEDRO ESTEBAN PENAGOS LÓPEZ SECRETARIO: V.M.R. LEAL

México, Distrito Federal, a veintiuno de abril de dos mil catorce.

VISTOS, para resolver las constancias que integran el expediente del recurso de apelación identificado con la clave SUP-RAP-46/2014, en virtud del escrito de diecisiete de abril de dos mil catorce, mediante el cual el Partido de la Revolución Democrática promueve incidente de incumplimiento de la sentencia emitida en el expediente referido.

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. Del análisis de la demanda que dio origen al recurso de apelación citado al rubro, así como del escrito incidental y de las constancias que integran el expediente respectivo, se desprende lo siguiente:

    1. Convocatoria para elecciones extraordinarias en el Estado de Veracruz. El diecinueve de diciembre de dos mil trece, la Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz expidió las convocatorias para las elecciones extraordinarias en los municipios de Chumatlán, Tepetzintla y Las Choapas, en dicha entidad federativa.

    2. Remisión del calendario electoral en el Estado de Veracruz. El veintidós de enero de dos mil catorce, el Instituto Electoral Veracruzano remitió al otrora Instituto Federal Electoral, el calendario de las etapas del proceso electivo extraordinario en los referidos municipios.

      ETAPA INICIO CONCLUSIÓN DURACIÓN
      PRECAMPAÑA 22 abril 2014 28 abril 2014 5 días
      INTERCAMPAÑA 27 abril 2014 13 mayo 2014 18 días
      CAMPAÑAS 14 mayo 2014 28 mayo 2014 15 días
      PERIODO DE REFLEXIÓN 29 mayo 2014 31 mayo 2014 4 días
      JORNADA ELECTORAL 1 de junio de 2014
    3. Convocatoria para elecciones extraordinarias en el Estado de Oaxaca. El trece de febrero de dos mil catorce, la Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca facultó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca1 para que convocara a elecciones extraordinarias de concejales del ayuntamiento de San Miguel Tlacamama.

      1 En lo sucesivo, Instituto Electoral de Oaxaca.

    4. Aprobación del calendario electoral en el Estado de Oaxaca. El doce de marzo de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Electoral de Oaxaca, informó a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del otrora Instituto Federal Electoral2, la aprobación del calendario de la elección extraordinaria de concejales del ayuntamiento de San Miguel Tlacamama.

      2 A la cual se hará referencia como Dirección Ejecutiva.

      ETAPA INICIO CONCLUSIÓN DURACIÓN
      PRECAMPAÑA 20 marzo 2014 24 marzo 2014 5 días
      INTERCAMPAÑA 25 marzo 2014 15 abril 2014 22 días
      CAMPAÑAS 16 abril 2014 30 abril 2014 15 días
      PERIODO DE REFLEXIÓN 1 mayo 2014 3 mayo 2014 4 días
      JORNADA ELECTORAL 4 mayo 2014
    5. Propuesta de pautas para el Estado de Veracruz.

      El doce de marzo del presente año, el Consejo General del Instituto Electoral de Veracruz aprobó la distribución de tiempos para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de los partidos políticos, durante el período de precampañas y campañas electorales, que se llevarán a cabo en el proceso electoral extraordinario 2014 a celebrarse en los municipios mencionados.

    6. Aprobación de la propuesta para la transmisión en radio y televisión para el Estado de Oaxaca. El veinte de marzo de dos mil catorce, el Presidente del Comité de Radio y Televisión del Instituto Electoral de Oaxaca comunicó a la citada Dirección Ejecutiva, la propuesta del modelo de distribución para las pautas de transmisión en radio y televisión de los mensajes de los partidos políticos para el proceso electoral extraordinario en comento.

    7. Acuerdos del Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral. El veintiocho de marzo de dos mil catorce, el Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral3, emitió el acuerdo CG114/2014 por el que se aprueba y ordena la publicación del catálogo de emisoras para el proceso electoral extraordinario en el municipio de San Miguel Tlacamama, en el Estado de Oaxaca; se determina el tiempo que se destinará a los partidos políticos y autoridades electorales; y se modifican los acuerdos JGE172/2013 y ACRT/042/2013 para efecto de aprobar las pautas para la transmisión de los mensajes de los partidos políticos y de las autoridades electorales.

      3 En adelante, Consejo General.

      En misma fecha, el Consejo General emitió el diverso acuerdo CG115/2014, mediante el cual se aprueba y ordena la publicación del catálogo de emisoras para el proceso electoral extraordinario en los municipios de Tepetzintla, Chumatlán y Las Choapas, en el Estado de Veracruz; se determina el tiempo que se destinará a los partidos políticos y autoridades electorales; y se modifican los acuerdos JGE172/2013 y ACRT/042/2013

      para efecto de aprobar las pautas para la transmisión de los mensajes de los partidos políticos y de las autoridades electorales.

    8. Recurso de apelación. El primero de abril de dos mil catorce, el Partido de la Revolución Democrática interpuso recurso de apelación, a fin de controvertir los citados acuerdos, el cual se radicó con la clave SUP-RAP-46/2014.

    9. Sentencia de la Sala Superior. El nueve de abril de dos mil catorce, esta S. Superior emitió sentencia en el referido recurso de apelación, al tenor de los siguientes puntos resolutivos:

      PRIMERO. Se revocan los acuerdos CG114/2014 y CG115/2014 emitidos por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, autoridad sustituida por el Instituto Nacional Electoral, mediante los cuales aprobó el catálogo y las pautas de las emisoras para los procesos electorales extraordinarios de San Miguel Tlacamama, en el Estado de Oaxaca; y de Tepetzintla, C. y Las Choapas, en el Estado de Veracruz.

      SEGUNDO: Se ordena al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, autoridad sustituta del Instituto Federal Electoral, para que, tomando en consideración los plazos de las distintas etapas de los procesos electorales extraordinarios y con plenitud de facultades, emita en su caso, nuevos acuerdos en los términos precisados en los efectos de la presente ejecutoria.

      TERCERO. Informe a esta S. Superior sobre el cumplimiento dado a esta ejecutoria dentro de las veinticuatro horas siguientes a la emisión de los acuerdos ordenados.

    10. Primer escrito incidental El trece de abril de dos mil catorce, se recibió en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, el escrito presentado por el Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual promueve incidente de incumplimiento de la sentencia emitida en el recurso de apelación identificado con la clave SUP-RAP-46/2014.

    11. Resolución del primer incidente. El catorce de abril de dos mil catorce, este órgano jurisdiccional emitió sentencia incidental, conforme con los resolutivos siguientes:

      PRIMERO: Se declara incumplida la ejecutoria de nueve de abril del presente año, recaída en el expediente en que se actúa.

      SEGUNDO. Se revocan los acuerdos INE/CG08/2014 e INE/CG09/2014, emitidos el once de abril de dos mil catorce, por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a fin de que incluya en el pautado que apruebe, no solamente a las radiodifusoras, sino también, a los canales de televisión que deberán cubrir los procesos electorales referidos.

      TERCERO. Se ordena al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que de manera inmediata, emita nuevos acuerdos en los que apruebe y ordene la publicación del catálogo de radiodifusoras y canales de televisión para los procesos electorales extraordinarios en los municipios referidos.

      CUARTO. Queda vinculada la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral para que informe inmediatamente a esta S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por el medio que estime más idóneo, sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de fondo emitida por esta S. Superior, en los términos de la presente resolución incidental.

    12. Informe sobre cumplimiento de la sentencia principal y de la resolución incidental. El dieciséis de abril de dos mil catorce, en cumplimiento a la sentencias principal e incidental precitadas, el Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, remitió a esta S. Superior, copia certificada de los acuerdos INE/CG10/2014 e INE/CG11/2014, emitidos por el Consejo General, en sesión extraordinaria del pasado quince de abril, mediante los cuales aprueba y ordena la publicación del Catálogo de emisoras para los procesos electorales extraordinarios en los municipios de San Miguel Tlacamama, en el Estado de Oaxaca, así como Tepetzintla, C. y Las Choapas, en el Estado de Veracruz.

      Asimismo, determina el tiempo que se destinará a los partidos políticos y autoridades electorales y se modifican los acuerdos JGE172/2013 y ACRT/42/2013, para efecto de aprobar las pautas para la transmisión de los mensajes de los mismos.

  2. Segundo escrito incidental. El diecisiete de abril de dos mil catorce, se recibió en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, el escrito presentado por el Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual promueve segundo incidente de incumplimiento de la sentencia emitida en el recurso de apelación SUP-RAP-46/2014.

  3. Turno. El Magistrado Presidente por Ministerio de Ley de esta S. Superior ordenó remitir la demanda incidental y el expediente del recurso de apelación SUP-RAP-46/2014 a su ponencia, para los efectos que en Derecho procedan.

  4. Vista. Mediante proveído dictado el veintiuno de abril de este año, se dio vista el Consejo General del Instituto Nacional Electoral con copia del escrito incidental, a efecto de que fije su posición sobre los planteamientos que formula el Partido de la Revolución Democrática en el...

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