Sentencia nº SUP-JDC-803-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 25 de Marzo de 2015

PonenteCONSTANCIO CARRASCO DAZA
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2015
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadTAMAULIPAS
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SUP-JDC-0803-2015

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-803/2015 ACTORA: CYNTHIA IVETT TAMEZ GARCÍA ORGANO RESPONSABLE: COMISIÓN ORGANIZADORA ELECTORAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL MAGISTRADO PONENTE: CONSTANCIO CARRASCO DAZA SECRETARIO: ARMANDO AMBRIZ HERNÁNDEZ

México, Distrito Federal, a veinticinco de marzo de dos mil quince.

VISTOS, para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al rubro citado, promovido por C.I.T.G. en su carácter de precandidata a diputada federal suplente por el principio de representación proporcional, a fin de controvertir el acuerdo COE/269/2015, emitido el veintisiete de febrero del presente año, por la Comisión Organizadora Electoral del Partido Acción Nacional, relativo a la declaratoria de validez de la jornada electoral para la selección de fórmulas de candidatos y candidatas a diputados federales por el principio de representación proporcional, correspondiente al Estado de Tamaulipas, así como la omisión atribuida a la Comisión Organizadora Electoral Estatal en Tamaulipas, del propio partido político de responder un escrito de petición, así como de entregarle diversa documentación solicitada.

R E S U L T A N D O

De los hechos narrados por la promovente en su demanda y de las constancias que obran en el expediente se advierte lo siguiente:

I.A..

  1. Convocatoria. El veintitrés de diciembre de dos mil catorce, la Comisión Organizadora Electoral del Partido Acción Nacional emitió convocatoria a la militancia de ese instituto político y a la ciudadanía, para participar en el proceso interno de selección de las cinco fórmulas de candidaturas a diputaciones federales por el principio de representación proporcional, que registrará con motivo del proceso electoral federal 2014-2015, en el Estado de Tamaulipas, a celebrarse en dos fases.

  2. Solicitud de Registro. En la propia fecha,

    C.I.T.G. presentó ante la Comisión Organizadora Electoral Estatal de Tamaulipas, su solicitud de registro a la precandidatura a diputada federal suplente por el principio de representación proporcional, dentro del proceso de selección interno de candidatos referido en el resultando que antecede.

  3. Jornada electoral y declaración de validez de primera fase. El primero de febrero de dos mil quince, se llevó a cabo la jornada electoral, correspondiente a la primera fase del proceso interno, a efecto de que la militancia del Partido Acción Nacional votara por las fórmulas de candidatos de su preferencia; y el siguiente dos de febrero del presente año, la Comisión Organizadora Electoral Estatal de Tamaulipas, realizó la sesión de cómputo y recuento de votos correspondiente y emitió la declaración de validez de los precandidatos electos en los distritos electorales V, VI y VIII en los términos siguientes:

    DISTRITO PRECANDIDATO VOTOS
    V MARICELA PATIÑO LOYA 247
    VI JUAN GARCÍA GUERRERO 550
    VIII GUADALUPE HERRERA CABRERA 157
  4. Primer juicio de ciudadano federal. El seis de febrero del presente año, P.G.R.V. en su carácter de precandidata propietaria presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante la Comisión Organizadora Electoral Estatal del Partido Acción Nacional en Tamaulipas, controvirtiendo la omisión de incluir la fórmula que encabezaba, en la segunda fase del proceso interno de selección de candidaturas a diputaciones federales por el principio de representación proporcional que registrará dicho instituto político, con motivo del procedimiento electoral federal 2014-2015.

    El siguiente dieciocho de febrero, esta S. Superior resolvió ordenar a las Comisiones organizadoras electorales del Partido Acción Nacional habilitar a P.G.R.V., como precandidata propietaria para participar en la segunda fase del procedimiento en los términos precisados en esta ejecutoria, y dentro de la cual funge como suplente la ahora actora C.I.T.G..

  5. Jornada electoral y cómputo estatal de la segunda fase. El veintidós de febrero del presente año, se llevó a cabo la jornada electoral atinente a la segunda fase, así como el cómputo estatal de la votación emitida tanto para los precandidatos y precandidatas a diputados federales de mayoría relativa como de representación proporcional por parte de la Comisión Organizadora Electoral en el Estado de Tamaulipas, con los siguientes resultados:

    PRECANDIDATOS DE

    REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

    PRECANDIDATOS VOTOS
    CESAR AGUSTO RENDÓN 3,090 TRES MIL SESENTA(sic)
    E.L.V. OLVERA 2,604 DOS MIL SEISCIENTOS CUATRO
    MARICELA PATIÑO LOYA 1,659 MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
    JOSÉ A.L.F. 1,091 MIL NOVENTA Y UNO
    JUAN GARCÍA GUERRERO 688 SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO
    GUADALUPE HERRERA CABRERA 379 TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE
    S.L.C.T. 335 TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO
    H.J.P.I. 260 DOSCIENTOS SESENTA
    P.G.R.V. 159 CIENTO CINCUENTA Y NUEVE
    VOTOS NULOS 446 CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS
    VOTACIÓN TOTAL 5,132 CINCO MIL CIENTO TREINTA Y DOS

    En la sesión de cómputo estuvieron presentes los representantes de los precandidatos, ente ellos, L.A.S.P., que fue nombrado como representante propietario de la fórmula que integró la ahora actora como precandidata a diputada federal suplente por el principio de representación proporcional.

    II. Acto Impugnado. El veintisiete de febrero de dos mil quince, la Comisión Organizadora Electoral emitió el acuerdo COE/269/2015, en los siguientes términos:

    ACUERDO:

    PRIMERO. Se declara la validez de las elecciones internas del Partido Acción Nacional celebradas el día 22 de febrero de 2015, para la selección de Fórmulas de Candidatas y Candidatos a D.F. por el principio de Representación Proporcional, con motivo del Proceso Electoral Federal 2014-2015 en el Estado de Tamaulipas.

    SEGUNDO. Comuníquese el presente acuerdo a las precandidaturas que participaron en el Proceso Interno de Selección de Candidaturas el pasado 22 de febrero de 2015, mediante los estrados físico y electrónicos en la siguiente dirección de internet

    www.pan.org.mx, en el apartado de la Comisión Organizadora Electoral, y se instruye a la Comisión Organizadora Electoral Estatal, al Comité Directivo Estatal y a los Comités Directivos Municipales del Partido Acción Nacional del Estado de Tamaulipas, para que los difundan en sus estrados físicos y electrónicos.

    III. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El seis de marzo de dos mil quince, la actora en su carácter de precandidata a diputada federal suplente por el principio de representación proporcional, presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante la Comisión Organizadora Electoral Estatal del Partido Acción Nacional en Tamaulipas, controvirtiendo el acuerdo COR/269/2015, emitido el veintisiete de febrero del presente año, por la Comisión Organizadora Electoral del Partido Acción Nacional, relativo a la declaratoria de validez de la jornada electoral para la selección de fórmulas de candidatos y candidatas a diputados federales por el principio de representación proporcional, correspondiente al Estado de Tamaulipas, así como la omisión atribuida a la Comisión Organizadora Electoral Estatal en Tamaulipas...

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