Sentencia nº SUP-JDC-1810-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 5 de Octubre de 2016

PonenteSALVADOR OLIMPO NAVA 
 GOMAR.
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadFEDERAL
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SUP-JDC-1810-2016

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-1810/2016. ACTOR: J.P.H.O. Y CONTRÓ. RESPONSABLE: DIRECCIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. MAGISTRADO PONENTE: SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR. SECRETARIO: R.I.L.M..

Ciudad de México, a cinco de octubre de dos mil dieciséis.

La S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta SENTENCIA en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al rubro identificado, en el sentido de CONFIRMAR el oficio INE/UTyPDP/DAIPDP/SAI-AS/1839/2016, emitido por la Dirección de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de la Unidad Técnica de Trasparencia y Protección de Datos Personales del Instituto Nacional Electoral, con base en los antecedentes y consideraciones siguientes:

  1. A N T E C E D E N T E S

    1. Solicitud de testigos. El veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, J.P.H.O. y C. presentó escrito de ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a través del cual solicitó testigos de grabación de programas noticiosos transmitidos en radio y televisión a fin de ser ofrecidos y aportados como prueba en un procedimiento especial sancionador.

      Los programas son los siguientes:

      - "Al punto con J.R." transmitido por la cadena Univisión los días domingos de 9 a 10 de la mañana, desde el día primero de enero del año dos mil dieciséis a la fecha de la solicitud.

      - "L.D." con J.L.D., transmitido el día 18 de enero de dos mil dieciséis, en horario de 13:30 a 15:30

      horas, a través de "Radio Fórmula"

      - "El asalto a la razón" con C.M. del día

      28 de enero del año 2016, transmitido en el canal Milenio de 21:45 a 22:00 horas Tal petición fue remitida a la Unidad Técnica de Trasparencia y Protección de Datos Personales del Instituto Nacional Electoral.

    2. Denuncias. El treinta de agosto de dos mil dieciséis, el actor presentó sendos escritos de denuncia ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, así como en la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, en contra de P.F. de Con. En tales denuncias se adujo la realización de actos anticipados de campaña e indebida adquisición en tiempos de radio y televisión, al haber manifestado en programas noticiosos su intención de contender por la Presidencia de la Republica en la elección que se llevará a cabo en dos mil dieciocho.

    3. Acto impugnado. El treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, la Directora de la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos personales de la Dirección de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Instituto Nacional Electoral, emitió el oficio con clave de identificación INE/UTyPDP/DAIPDP/SAI-AS/1839/2016, en el cual en atención a la solicitud de los testigos de grabación realizada por el denunciante, le hizo del conocimiento que ingresó su solicitud para el efecto de que fuese atendida.

    4. Juicio para la protección de los derechos político-electorales. El seis de septiembre de dos mil dieciséis, J.P.H.O. y Contró, presentó la demanda ante la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales del Instituto Nacional Electoral, a fin de impugnar el oficio referido en el numeral anterior.

    5. Trámite y sustanciación. La autoridad responsable remitió la demanda y las constancias que estimó pertinentes a la Oficialía de...

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