Sentencia nº SUP-JDC-44-2015-Incidente-2 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 22 de Marzo de 2017

PonenteCONSTANCIO CARRASCO DAZA.
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2017
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadQUERÉTARO
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SUP-JDC-0044-2015-Inc1

INCIDENTE DE INEJECUCION DE SENTENCIA. JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-44/2015. INCIDENTISTA: M.S.V.. AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO. MAGISTRADO PONENTE: C.C.D.. SECRETARIA: MA. LUZ S. SANTILLÁN

México, Distrito Federal, a cinco de mayo de dos mil quince.

VISTOS para resolver los autos del incidente sobre cumplimiento de sentencia, promovido por M.S.V., en su carácter de Magistrado Supernumerario del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, respecto de la ejecutoria dictada por esta S. Superior el veinticinco de febrero de dos mil quince, en el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano identificado con la clave SUP-JDC-44/2015, y

R E S U L T A N D O:

PRIMERO. Juicio para la protección de los derechos político -

electorales del ciudadano. El cinco de enero de dos mil quince, M.S.V., en su carácter de Magistrado Supernumerario del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano precisando como materia de su inconformidad "la omisión de contemplar y otorgarme una remuneración en el presupuesto del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro para el ejercicio de la función de Magistrado Supernumerario, así

como la omisión de contemplar una partida presupuestal especial para el caso en el que supla a un magistrado propietario […] así como la falta de condiciones generales para desempeñar la función encomendada y la afectación para integrar y estar de manera permanente en dicha institución".

Demanda que fue radicada con el número de expediente SUP-JDC-44/2015 .

En sesión pública celebrada el veinticinco de febrero del año en curso, esta S. Superior emitió sentencia cuyos puntos resolutivos son del tenor siguiente:

R E S U E L V E

PRIMERO. Se declara la inaplicación al caso concreto del artículo 7 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro.

SEGUNDO. Se ordena al Tribunal Electoral del Estado de Querétaro lleve a cabo las acciones tendentes al cumplimiento de esta ejecutoria en términos del último considerando.

TERCERO. Se vincula a las autoridades estatales, incluyendo al Congreso del Estado de Querétaro para el efecto de que, en su caso, coadyuven para el cumplimiento de esta ejecutoria.

CUARTO. Infórmense a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la determinación sobre la inaplicación de la parte conducente del artículo 7 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro.

SEGUNDO. Acciones en cumplimiento. Por acuerdo de veintiséis de febrero de dos mil quince, dictado por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, a efecto de dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-44/2015, promovido por M.S.V., instruyó al O.M. de ese Tribunal, para que de inmediato sometiera a consideración de ese Pleno el procedimiento jurídico-administrativo a seguir para dar cumplimiento a la ejecutoria de mérito.

Tal acuerdo fue notificado a esta S. Superior el dos de marzo de dos mil quince, mediante el oficio TEEQ-SGA-AC-123/2015, y por acuerdo de once de marzo de dos mil quince, el Magistrado Instructor tuvo por realizadas las manifestaciones del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, vertidas con relación a los actos llevados a cabo para dar cumplimiento a la ejecutoria.

Por oficio TEEQ-SGA-AC-223/2015, de veinte de marzo de dos mil quince, el actuario del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, notificó

a esta S. Superior el acuerdo dictado en el cuaderno de antecedentes TEEQ-CA-1/2015, con motivo de los oficios con los que el Oficial Mayor de ese Tribunal, puso a consideración del Pleno, las acciones tendientes a dar cumplimiento a la ejecutoria de mérito.

Por acuerdo de veinticinco de marzo de dos mil quince, el Magistrado instructor tuvo por realizadas las manifestaciones de la autoridad responsable, mediante las cuales informó los actos llevados a cabo para dar cumplimiento a la ejecutoria en mención.

TERCERO. Incidente sobre cumplimiento de sentencia. Por escrito presentado el diecisiete de abril del año en curso, M.S.V., en su carácter de Magistrado Supernumerario del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro promovió ante esta S. Superior incidente de inejecución de sentencia en el juicio para la protección de los derechos político-electorales al rubro indicado.

CUARTO...

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