Sentencia nº SDF-JDC-0052-2010 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 23 de Abril de 2010

PonenteEduardo Arana Miraval
Fecha de Resolución23 de Abril de 2010
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SDF-JDC-52/2010 ACTOR: M.C.Q. AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DEL VOCAL RESPECTIVO EN LA JUNTA EJECUTIVA DEL DISTRITO ELECTORAL FEDERAL 01 EN EL ESTADO DE TLAXCALA MAGISTRADO PONENTE: E.A.M. SECRETARIOS: R.S. TRÁNSITO Y FERNANDO OJESTO MARTÍNEZ MANZUR

México, Distrito Federal, a veintitrés de abril de dos mil diez.

VISTOS para resolver, los autos del expediente identificado con la clave SDF-JDC-52/2010, formado con motivo del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por M.C.Q., contra la omisión del personal del módulo de atención ciudadana del Distrito Electoral Federal 01 en el Estado de Tlaxcala de dar respuesta a su solicitud de expedición de credencial para votar con fotografía; y

RESULTANDO:

I.A.. De las constancias que obran en autos, se advierten los siguientes hechos:

  1. Solicitud del trámite. El veinticinco de febrero de dos mil diez, M.C.Q., se presentó ante el módulo de atención ciudadana número 290121 para realizar el trámite de cambio de domicilio, requisitando para tal efecto el Formato Único de Actualización y Recibo número 1029012105568.

  2. Instancia Administrativa. El diez de marzo del mismo año, el actor acudió al módulo antes mencionado a recoger su credencial para votar con fotografía, sin embargo, al no estar disponible dicho documento presentó solicitud de expedición de credencial para votar con fotografía, en esa misma fecha ante el módulo de referencia, identificada con el número 1029012106332.

  3. Demanda. Ante la falta de respuesta por parte de la autoridad responsable respecto a su Solicitud de Expedición de credencial para votar, el siete de abril del año en curso, M.C.Q., formuló demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

  4. Opinión técnica. El veinticinco de marzo del año en curso, el Secretario Técnico Normativo y el Subdirector de Seguimiento Normativo, emitieron "opinión técnica normativa" expresando la improcedencia de la solicitud de expedición de credencial para votar, por haber sido presentada fuera del plazo legal establecido para realizar diversos movimientos de actualización al Padrón Electoral. La cual fue notificada personalmente al actor hasta el nueve de abril siguiente.

  1. Trámite. Mediante oficio JDE01/221/2010, recibido en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional el once de abril de este año, suscrito por el Vocal Ejecutivo de la Junta Distrital Ejecutiva 01 en el Estado de Tlaxcala, remitió el escrito de demanda con sus anexos; la documentación relativa a la publicitación del medio de impugnación; el informe circunstanciado, así como las demás constancias que consideró atinentes.

  2. Turno. El mismo día, el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional, ordenó la remisión, a su ponencia, los autos del expediente integrado con motivo de la presentación del medio de impugnación respectivo, para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Dicha determinación fue cumplida mediante oficio TEPJF-SDF-SGA/62/10, signado por el S. General de Acuerdos de esta Sala Regional.

    V.R. y...

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