Sentencia nº SUP-JRC-0273-2010 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 12 de Septiembre de 2010
Jurisdicción | Durango |
Número de resolución | SUP-JRC-0273-2010 |
Fecha | 12 Septiembre 2010 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Juicio de revisión constitucional electoral |
JUICIOS DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTES: SUP-JRC-273/2010 Y ACUMULADOS ACTORES: COALICIÓN "DURANGO NOS UNE", PARTIDO DURANGUENSE Y PARTIDO DEL TRABAJO AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE DURANGO. TERCERO INTERESADO: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL MAGISTRADA PONENTE: M.D.C.A.F. SECRETARIOS: A.D.A.J., ENRIQUE FIGUEROA ÁVILA Y RAÚL ZEUZ ÁVILA SÁNCHEZ |
México, Distrito Federal, a doce de septiembre de dos mil diez.
VISTOS, para resolver, los autos de los juicios de revisión constitucional electoral SUP-JRC-253/2010 a SUP-JRC-265/2010 y SUP-JRC-267/2010 a SUP-JRC-273/2010, promovidos por la Coalición "Durango nos Une", integrada por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Convergencia; así como por los partidos D. y del Trabajo, en contra de las diversas sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Durango relacionadas con la impugnación de los cómputos distritales y estatal, así como la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría al candidato a Gobernador, postulado por el Partido Revolucionario Institucional en esa entidad federativa, mismas que precisan en resultando 4 de la presente sentencia; y
R E S U L T A N D O
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Antecedentes. De lo esgrimido en los escritos de demanda, así como de las constancias que obran en los expedientes, se desprende lo siguiente:
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Jornada electoral. El cuatro de julio de dos mil diez, se desarrolló la jornada electoral en el Estado de Durango, para elegir, entre otros cargos, al Gobernador del Estado, para el periodo 2010-2016.
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Cómputos distritales. El once de julio siguiente, los Consejos Municipales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en el Estado de Durango, efectuaron los respectivos cómputos distritales de la elección de Gobernador, mismos que arrojaron los resultados siguientes:
DISTRITO/ CONSEJO MUNICIPAL VOTOS VÁLIDOS CNR VOTOS NULOS VOTACIÓN EMITIDA I DURANGO 19,894 18,317 2,003 464 216 40,893 23 1,257 42,173 II DURANGO 21,219 18,516 2,222 543 212 42,712 20 1,208 43,940 III DURANGO 17,807 16,737 3,074 440 357 38,415 17 1,260 39,626 IV DURANGO 20,738 19,909 2,001 517 272 43,437 12 2,122 45,571 V DURANGO 22,031 17,436 2,881 478 192 43,018 26 1,402 44,446 VI DURANGO 16,104 19,523 1,775 355 254 38,011 13 1,143 39,167 VII SANTIAGO. PAPASQUIARO 17,323 18,137 859 248 225 36,792 10 1,203 38,005 VIII EL ORO 15,885 16,044 476 222 253 32,880 3 1,198 34,082 IX LERDO 13,119 17,586 871 263 179 32,018 14 1,019 33,051 X GÓMEZ PALACIO 13,273 16,369 1,027 215 230 31,114 19 839 31,972 XI GÓMEZ PALACIO 12,503 18,062 994 290 180 32,029 27 838 32,894 XII GÓMEZ PALACIO 11,205 14,271 319 317 89 26,201 36 542 26,779 XIII GÓMEZ PALACIO 10,455 14,630 333 256 206 25,880 8 632 26,520 XIV LERDO 14,315 17,669 1,707 313 216 34,220 32 1,200 35,452 XV CUENCAMÉ 16,402 14,697 2,271 145 157 33,672 15 1,021 34,708 XVI CANATLÁN 18,887 18,595 1,125 288 272 39,167 5 1,244 40,416 XVII GUADALUPE VICTORIA 18,435 18,529 1,655 264 155 39,040 28 1,189 40,257 -
Cómputo Estatal. El catorce de julio siguiente, el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango, llevó a cabo la sesión de cómputo y declaración de validez de la elección de Gobernador. Los resultados finales fueron los siguientes:
PARTIDO O COALICIÓN NÚMERO CON LETRA Coalición "Durango nos Une" 279,595 Doscientos setenta y nueve mil, quinientos noventa y cinco Partido Revolucionario Institucional 295,027 Doscientos noventa y cinco mil, veintisiete Partido del Trabajo 25,593 Veinticinco mil, quinientos noventa y tres Partido Verde Ecologista de México 5,618 Cinco mil, seiscientos dieciocho Partido Duranguense 3,665 Tres mil, seiscientos sesenta y cinco TOTAL VOTOS VÁLIDOS 609,498 Seiscientos nueve mil, cuatrocientos noventa y ocho CANDIDATOS NO REGISTRADOS 308 Trescientos ocho VOTOS NULOS 19,317 Diecinueve mil, trescientos diecisiete TOTAL DE VOTACIÓN EMITIDA 629,123 Seiscientos veintinueve mil, ciento veintitrés En razón de lo anterior, el citado órgano electoral determinó declarar válida la elección y entregó la constancia de mayoría al candidato propuesto por el Partido Revolucionario Institucional.
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Juicios electorales para controvertir cómputos distritales. Inconforme con los resultados consignados en los cómputos distritales, mediante escritos presentados el quince y dieciséis de julio del año en curso, la Coalición "Durango nos Une" promovió dieciocho juicios electorales, a los cuales les correspondieron los números de expediente que se detallan a continuación:
Expediente Distrito impugnado TE-JE-076/2010 XV CUENCAMÉ TE-JE-077/2010 IX LERDO TE-JE-078/2010 XII GÓMEZ PALACIO TE-JE-079/2010 XI GÓMEZ PALACIO TE-JE-081/2010 X GÓMEZ PALACIO TE-JE-085/2010 I DURANGO TE-JE-086/2010 XVI CANATLÁN TE-JE-088/2010 VII SANTIAGO PAPASQUIARO TE-JE-089/2010 XIV LERDO TE-JE-091/2010 XIII GÓMEZ PALACIO TE-JE-093/2010 VIII EL ORO TE-JE-095/2010 y TE-JE-096/2010 II DURANGO TE-JE-098/2010 XVII GPE. VICTORIA TE-JE-099/2010 IV DURANGO TE-JE-101/2010 III DURANGO TE-JE-102/2010 VI DURANGO TE-JE-103/2010 V DURANGO -
Juicios electorales para controvertir validez de la elección. El dieciocho de julio de dos mil diez, la coalición denominada Durango nos Une y el Partido del Trabajo, promovieron, respectivamente, juicios electorales a fin de impugnar el cómputo final y la declaración de validez de la elección de Gobernador, ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Durango, los cuales quedaron radicados en los expedientes identificados con las claves TE-JE-104/2010 Y TE-JE-105/2010.
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Resoluciones reclamadas. Mediante sendas sentencias dictadas los días nueve, diez, doce, trece y catorce de agosto, el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Durango, resolvió los juicios electorales que le fueron planteados, vinculados con la celebración de los cómputos distritales de la elección de Gobernador en los términos que se precisan a continuación
Expediente Distrito impugnado Resolución TE-JE-076/2010 XV CUENCAMÉ Declaró la nulidad de la votación recibida en las casillas 965 C y 967 C y modificó los resultados del acta de cómputo distrital. (+) TE-JE-077/2010 IX LERDO Confirmó los resultados del acta de cómputo distrital.(**) TE-JE-078/2010 XII GÓMEZ PALACIO Confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-079/2010 XI GÓMEZ PALACIO Confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-081/2010 X GÓMEZ PALACIO Declaró la nulidad de la votación recibida en las casillas 554C y 608C y modificó los resultados del acta de cómputo distrital. TE-JE-085/2010 I DURANGO Declaró la nulidad de la votación recibida en las casillas 122B, 124C1, 136C1, 162C1 y 165C y modificó los resultados del acta de cómputo distrital. TE-JE-086/2010 XVI CANATLÁN Confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-088/2010 VII SANTIAGO PAPASQUIARO Declaró la nulidad de la votación recibida en la casilla 1277B y modificó los resultados del acta de cómputo distrital.(+) TE-JE-089/2010 XIV LERDO Confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-091/2010 XIII GÓMEZ PALACIO Confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-093/2010 VIII EL ORO Confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-095/2010 y TE-JE-096/2010 II DURANGO Acumuló los expedientes, desechó el juicio TE-JE-095/2010 y confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-098/2010 XVII GPE. VICTORIA Declaró la nulidad de la votación recibida en la casilla 1000C y modificó los resultados del acta de cómputo distrital. TE-JE-099/2010 IV DURANGO Sobreseyó el juicio respecto de las casillas 141B, 141C, 154B, 154C, 154C2, 239B, 261B, 261C, 267B, 796B, 809E1, 809E2, 810B, 810E1, 810E2, 811E2, 812B, 812C, 816C, 817C, 818B, 819B, 821E1, 823B, 823E1, 824B y 825C y confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-101/2010 III DURANGO Confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-102/2010 VI DURANGO Sobreseyó el juicio respecto de las casillas 141B, 141C, 154B, 154C, 154C2, 239B, 261B, 261C, 267B, 267C, 154C2(sic), 276C, 276C2, 276C3, 276C4, 276C5, 276C6, 276C7, 336C, 1015B, 1015C1, 1019C1, 1019C2, 1020C, 1022B, 1022C, 1023C1, 1024B, 1028B, 1030B, 1034B, 1044B, 1055B, y confirmó los resultados del acta de cómputo distrital TE-JE-103/2010 V DURANGO Sobreseyó el juicio respecto de las casillas 796B, 141B, 141C1, 276B, 276C, 276C2, 276C3, 276C4, 276C5, 276C6, 276C7, 154B, 154C, 154C2; declaró la nulidad de la votación recibida en las casillas 334B y 343B y modificó los resultados del acta de cómputo distrital. +En estos asuntos a pesar de anular votación y modificar el cómputo, en un resolutivo diverso confirma los resultados del cómputo distrital.
** En el resolutivo se asienta que confirma los resultados, pero de las consideraciones se desprende que determinó la nulidad de la votación recibida en la casilla 701B y recompuso el cómputo distrital.
En todos los anteriores asuntos, el Tribunal responsable además, ordenó remitir los argumentos relacionados con la declaración de validez de Gobernador electo, al expediente formado con motivo de la impugnación enderezada en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo estatal, su declaración de validez, y la entrega de la constancia de mayoría y validez realizada a favor del candidato a Gobernador del Estado por el Partido Revolucionario Institucional, realizada por el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango y glosar una copia certificada de...
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