Sentencia nº SUP-JDC-1157-2010 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 24 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEstado de México
Número de resoluciónSUP-JDC-1157-2010
Fecha24 Noviembre 2010
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS POLITICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-1157/2010 ACTOR: R.P. CRUZ RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE GARANTÍAS DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA MAGISTRADO PONENTE: SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR SECRETARIA: G.R. GONZÁLEZ

México, Distrito Federal, a veinticuatro de noviembre de dos mil diez.

VISTOS para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-1157/2010, promovido por R.P.C., quien se ostenta como militante y Consejero Nacional del Partido de la Revolución Democrática, en contra de la resolución de veinte de septiembre del año en curso, recaída al recurso de queja intrapartidario identificado con la clave QP/MEX/808/2009, por virtud de la cual la Comisión Nacional de Garantías del instituto político referido determinó sancionar a H.G.V. con la suspensión de sus derechos partidarios por el plazo de un año, en virtud de la presunta realización de actos de campaña a favor del Partido Revolucionario Institucional, y

R E S U L T A N D O

PRIMERO. Antecedentes. De lo narrado en el escrito de demanda y de las constancias que integran el expediente en que se actúa, se desprende lo siguiente:

I.R. de queja. El dos de septiembre de dos mil nueve, R.P.C. presentó escrito de queja ante la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, en contra de H.G.V., por la presunta realización de actos de campaña a favor de un partido político distinto al que milita.

El medio de impugnación aludido quedó registrado bajo el número de expediente identificado con la clave QP/MEX/808/2009.

  1. Primer juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El treinta de agosto del presente año, R.P.C. presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de impugnar la omisión de la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática de resolver la queja precisada en el párrafo anterior. Dicho medio de impugnación quedó registrado bajo el número de expediente SUP-JDC-1149/2010.

  2. Resolución de la Sala Superior. El quince de septiembre del año en curso, este órgano jurisdiccional emitió la resolución respectiva en el sentido de:

    "PRIMERO. Se ordena a la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática que inmediatamente realice todas las diligencias necesarias para dictar la resolución en la queja presentada por R.P.C., identificada con el número de expediente QP/MEX/808/2009.

    SEGUNDO. Hecho lo anterior, la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática deberá informar a esta S. Superior, dentro de las veinticuatro horas siguientes, el cumplimiento de esta ejecutoria.

    TERCERO. Se amonesta públicamente a los integrantes de la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática."

  3. Acto impugnado. En cumplimiento a lo ordenado por esta S. Superior, el veinte de septiembre de dos mil diez, la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática emitió resolución dentro del expediente QP/MEX/808/2009, declarando parcialmente fundada la queja interpuesta en contra del H.G.V. y, en consecuencia, determinó suspender sus derechos partidarios por el plazo de un año.

    La resolución mencionada se notificó en los estrados de dicho órgano partidista el veintiuno de septiembre siguiente.

    SEGUNDO. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El veintisiete de septiembre del año en que se actúa, R.P.C. promovió juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a efecto de controvertir la resolución precisada en el párrafo que antecede.

    Por su parte, H.G.V. también presentó juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano en contra de la determinación de la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, quedando registrado bajo el número de expediente SUP-JDC-1164/2010.

    TERCERO. Trámite y sustanciación

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