Sentencia nº SM-JLI-0001-2011 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Monterey, 24 de Marzo de 2011

JurisdicciónInstituto Federal Electoral
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Fecha24 Marzo 2011
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral
Número de resoluciónSM-JLI-0001-2011
JUICIO PARA dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral EXPEDIENTE: SM-JLI-1/2011 ACTOR: K.N.Z. DEMANDADO: INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: R.E.B.R. SECRETARIO: JULIO ANTONIO SAUCEDO RAMÍREZ

Monterrey, Nuevo León, a veinticuatro de marzo de dos mil once.

VISTOS para resolver los autos del juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral, identificado con la clave SM-JLI-1/2011, promovido por K.N.Z., en contra del Instituto Federal Electoral, por el cual controvierte la resolución de la inconformidad presentada con motivo de los resultados en la evaluación especial del desempeño por el proceso electoral federal 2008-2009, dentro del expediente INC/VE/01 DTTO/JAL/EE-2008-2009, mediante el que se confirmó la calificación obtenida en los mismos, y

RESULTANDO:

I.A.. De los hechos narrados en el escrito de demanda, así como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

  1. El treinta de septiembre de dos mil ocho, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral emitió el acuerdo JGE87/2008 mediante el cual se aprobó el Sistema de Evaluación Especial del Desempeño de los miembros del Servicio Profesional Electoral para el proceso electoral federal 2008-2009.

  2. Los días veintinueve y treinta de enero y cinco, seis, siete, nueve, diez y once de febrero de dos mil nueve, la 06 Junta Distrital Ejecutiva en el estado de Nuevo León realizó, en cumplimiento al Manual para la Contratación de Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, las entrevistas para la referida contratación, mismas que estuvieron bajo la coordinación del hoy actor.

  3. Las evaluaciones mencionadas en el punto 1 precedente se aplicaron al impetrante, los días veinticuatro y veinticinco de septiembre y el uno, cinco, siete, quince, dieciséis, diecinueve y treinta de octubre de dos mil nueve.

  4. El treinta de noviembre de ese mismo año, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral emitió el acuerdo JGE105/2009 por el cual se aprobó el "Dictamen de Resultados de la Evaluación Especial para el proceso electoral federal 2008-2009", de los miembros del Servicio Profesional Electoral.

  5. El siete de enero de dos mil diez se notificó al ahora actor el oficio DESPE/2148/09 emitido el ocho de diciembre de dos mil nueve por la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral, relativo al dictamen citado en el párrafo anterior.

  6. El veintisiete siguiente, la aludida Dirección Ejecutiva recibió escrito de inconformidad signado por el impetrante, en donde se inconforma con los resultados del Dictamen, específicamente con la calificación de "2" obtenida en la "Meta 6", relativa a "Coordinar en el distrito, conforme al Manual para la contratación de Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales y lineamientos aprobados, la realización de las distintas etapas para la contratación del personal eventual (SE y CAE) que realizará tareas de capacitación y asistencia electoral durante el Proceso Electoral Federal 2008-2009".

  7. El veinte de diciembre de dos mil diez en sesión ordinaria de la Junta General Ejecutiva, se aprobó el acuerdo JGE141/2010, por el que se validó el proyecto de resolución presentado por la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral, relativo a la inconformidad nombrada en el párrafo antecedente, identificada como INC/VE/01 DTTO/JAL/EE-2008-2009, cuyos puntos resolutivos son al tenor siguiente:

    Resuelve

    PRIMERO. Se confirma la calificación obtenida por el Ing. K.N.Z., en la evaluación especial del desempeño por el Proceso Electoral Federal 2008-2009, en la meta 6 del factor Eficacia en el Logro de Resultados Globales Derivados de Objetivos Metas Programadas, asignada por el Lic. M.G.M.. Lo anterior conforme al considerando cuarto de esta resolución.

    SEGUNDO. Se confirma el Dictamen de Resultados de la Evaluación Especial para el Proceso Electoral Federal 2008-2009, que aprobó la Junta General Ejecutiva el 30 de noviembre de 2009, mismo que le fue notificado al inconforme el 07 de enero de 2010 por parte de la Dirección Ejecutiva, en virtud de las consideraciones de hecho y de derecho de la presente resolución.

    TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva a notificar la presente resolución al Ing. K.N.Z., Vocal Ejecutivo del 06 Distrito en el estado de Nuevo León y al Lic. M.G.M., Vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica de la Junta Local en el estado de Nuevo León, para los efectos legales a los que haya lugar.

    Determinación que fue notificada al actor el cinco de enero del presente año.

    1. Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

  8. Demanda. El veintiséis de enero de dos mil once, K.N.Z., promovió juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral, para reclamar la confirmación de la calificación señalada en el punto que antecede, en donde se hacen los planteamientos siguientes:

    …

    CONSIDERACIONES PREVIAS

    Mi inconformidad, que es base de este juicio, radica en no estar de acuerdo con la calificación emitida por el Lic. M.G.M., Vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Nuevo León, en la meta 6 de eficacia (Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica) en donde tengo una calificación de 2, debiendo ser una de 5.

    La calificación 2 "regular", que se me impuso, señala que "En promedio en el distrito se realizó la etapa de entrevistas de conformidad con el M. y lineamientos aprobados, del 0.1% al 10.0% sin la participación igualitaria de los vocales de organización electoral y de capacitación electoral y educación cívica de la Junta Distrital Ejecutiva, con o sin la participación de al menos un Consejero Electoral del Consejo Distrital" y para una calificación 5 "sobresaliente", que de acuerdo a lo que desarrollé es la que me corresponde, el indicador era "En promedio en el distrito se realizó la etapa de entrevistas de conformidad con el M. y lineamientos aprobados, con la participación igualitaria de los vocales de organización electoral y capacitación electoral y educación cívica de la Junta Distrital Ejecutiva y con la participación de al menos un Consejero Electoral del Consejo Distrital. Además, en la impartición de los cursos de capacitación para Supervisores Electorales y C.A.-Electorales, coordinó la participación de tres o más vocales distritales distintos en cada curso, en promedio en el distrito".

    Es decir, para la calificación de 5, se requería realizar lo siguiente:

    Realizar la etapa de entrevistas de conformidad con el M. y lineamientos aprobados.

    Realizar la etapa de entrevistas con la participación igualitaria de los vocales de organización electoral y capacitación electoral y educación cívica de la Junta Distrital Ejecutiva.

    Realizar la etapa de entrevistas con la participación de al menos un Consejero Electoral del Consejo Distrital.

    En la impartición de los cursos de capacitación para Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, se coordinará la participación de tres o más vocales distritales distintos en cada curso, en promedio en el distrito

    A lo que la autoridad resolutora en sus consideraciones de la Resolución, consignadas en la foja 24 señaló:

    [Se transcribe].

    Por lo que el punto en disputa es si logré "Realizar la etapa de entrevistas con la participación igualitaria de los vocales de organización electoral y capacitación electoral y educación cívica de la Junta Distrital Ejecutiva", a lo que la resolutora señala:

    [Se transcribe].

    Estas consideraciones son alejadas del derecho porque desestiman la prueba consistente en los testimonios, únicamente por la fecha levantada, y no se pronuncia por las demás pruebas aportadas como fueron las denominadas: Prueba 1 consistente en Copia certificada de la foja 6 del cuerpo del Acta de la sesión ordinaria del Consejo Distrital celebrada el 28 de enero del 2009, en donde se demuestra que entregué los calendarios para las entrevistas a aspirantes al cargo de supervisor y al cargo de capacitador-asistente electoral, y que ellos tenían una distribución equitativa. Consta de una foja útil en su anverso. Prueba 2 consistente en Copia certificada de las fojas 4 y 5 del cuerpo del Acta de la sesión ordinaria del Consejo Distrital celebrada el 28 de enero del 2009, en donde se demuestra que entregué el calendario de entrevistas a aspirantes al cargo de capacitadores-asistentes electorales. Consta de dos fojas útiles en su anverso. Prueba 3 consistente en Copia certificada de los correos electrónicos emitidos por el Vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica, de fechas 29 de enero del 2009 y 6 de febrero del 2009, en donde remite los calendarios de entrevistas al Vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Nuevo León y Evaluador de esta meta. Consta de dos fojas útiles en su anverso. Prueba 5 consistente en Copia certificada de la foja 1 del "Informe del Consejo Distrital sobre las actividades de la fase 1 de verificación: reclutamiento, selección y contratación de capacitadores-asistentes y supervisores electorales" y fojas 5, 6 y 7 del "Informe final sobre el procedimiento de reclutamiento y selección de los supervisores electorales", que forman parte del Acta de la sesión extraordinaria del Consejo Distrital celebrada el 4 de febrero del 2009, en donde le consta al Consejo Distrital el cumplimiento del Manual para la Contratación de Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, de la programación igualitaria en las entrevistas para supervisores y capacitadores-asistentes electorales, de los Vocales de Organización Electoral y de Capacitación Electoral y Educación Cívica. Consta de cuatro fojas útiles en su anverso; y Prueba 6 consistente en Copia certificada...

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