Sentencia nº SUP-RAP-0070-2011 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 1 de Julio de 2011

JurisdicciónInstituto Federal Electoral
Número de resoluciónSUP-RAP-0070-2011
Fecha01 Julio 2011
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoRecurso de apelación

RECURSO DE APELACIÓN E INCIDENTE DE INEJUCIÓN DE SENTENCIA EXPEDIENTE: SUP-RAP-70/2011, SUP-RAP-85/2011. E INCIDENTE DE INEJECUCIÓN SUP-RAP-186/2010, ACUMULADOS RECURRENTES: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y H.B.R.A. AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL TERCERO INTERESADO EN EL EXPEDIENTE SUP-RAP-85/2011: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA MAGISTRADO PONENTE: C.C.D. SECRETARIOS: M.E.F.D., ANTONIO RICO IBARRA Y DANIEL JUAN GARCÍA HERNÁNDEZ

México, Distrito Federal, primero de julio de dos mil once.

VISTOS, para resolver los autos de los recursos de apelación identificados al rubro, interpuestos por el Partido de la Revolución Democrática y H.B.R.A., respectivamente, para impugnar la resolución CG65/2011, emitida por el Consejo General del Instituto Federal Electoral el dos de marzo de dos mil once, en el procedimiento sancionador ordinario SCG/QPRD/CG/053/2010, iniciado con motivo de la denuncia presentada por el propio instituto político apelante en contra de J.S.Í., Arzobispo Metropolitano de la "Arquidiócesis de Guadalajara", y de H.B.R.A., presbítero de la "Arquidiócesis Primada de México", así como de ambas asociaciones religiosas, por la presunta comisión de infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, e incidente de inejecución de sentencia promovido por el Partido de la Revolución Democrática en el expediente SUP-RAP-186/2010, y

R E S U L T A N D O:

De lo narrado por los recurrentes en sus escritos de demanda y de las constancias de autos, se desprenden los siguientes antecedentes:

PRIMERO. El diecinueve de agosto de dos mil diez, el Partido de la Revolución Democrática por conducto de su Presidente Nacional J.O.M. y de su representante propietario acreditado ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral R.H.E., presentó queja administrativa en contra del C.J.S.Í., Arzobispo de la "Arquidiócesis de Guadalajara" y el Presbítero H.B.R.A., vocero de la "Arquidiócesis Primada de México", así como de ambas asociaciones religiosas, por la presunta comisión de conductas infractoras a la normatividad de la materia, las cuales se hicieron consistir en lo siguiente:

"El 1.- El día Jueves 31 de diciembre de 2009, la Arquidiócesis Primada de México estableció, mediante un comunicado, que "esa actitud de odio a la fe cristiana que caracteriza al Partido de la Revolución Democrática (PRD), es responsable de la división del pueblo de México". De igual forma señaló "con ese aval se consuma el ataque consciente y deliberado que el Partido de la Revolución Democrática ha dado a las familias mexicanas al destruir sus principios y valores más apreciados".

2.-Que el 11 de febrero de 2010 mediante otro comunicado, la propia Arquidiócesis de México señaló, respecto a una reforma al artículo 40 de la Constitución, que: "La reforma recién aprobada por la Cámara de Diputados no tiene como fin defender el Estado Laico, sino acotar la libertad religiosa de los ciudadanos. Las verdaderas intenciones de esta reforma, que parece inofensiva, no ha tardado en quedar al descubierto cuando diputados del Partido de la Revolución Democrática han externado su verdadero objetivo de acallar y amordazar la voz de la Iglesia y de los ministros de culto en general."

3.- Que el día 15 de de agosto de 2010 el portavoz del Arquidiócesis de México, H.V. (sic), calificó de ''partido fascista" al Partido de la Revolución Democrática (PRD) por su apoyo al reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en México D.F de igual forma señaló lo siguiente: "Dios nos libre de un partido fascista como el Partido de la Revolución Democrática", afirmó H.V. (sic) en una publicación. En ese mismo sentido señaló: "EI PRD hace gala de una hipocresía pasmosa", "ellos afectan al país con sus actos", entre otras afirmaciones.

4.- De igual forma el portavoz del Arquidiócesis de México, H.V. (sic), señaló que ahora los laicos tienen ''luz verde" de la Iglesia católica ''para que hagan las acciones que tengan que hacer" y concientizar a la población de que el autor de todo esto es el jefe de Gobierno del Distrito Federal, M.E.. ''Él y su gobierno han creado leyes destructivas de la familia, que hacen un daño peor que el narcotráfico." M.E. y su partido, el PRD, se han empeñado en destruirnos, afirmó falsamente. Hizo un llamado a los ciudadanos para que en las próximas elecciones a la hora de votar, lo hagan razonadamente, considerando que no deben sufragar por partidos perniciosos como el de la Revolución Democrática, que actúan en contra de la fe y la moral, según dijo.

También afirmó: "…nosotros queremos construir una sociedad con valores y el PRD sólo destruye… por eso he dicho que ese partido ha hecho más daño que el narco, con 40 mil abortos, (el narco lleva 28 mil), la aprobación de la eutanasia pasiva... el PRD es el principal enemigo de la Iglesia Católica".

5.- Que el día 17 de agosto de 2010 el C.J.S.Í. arzobispo de la diócesis de Guadalajara, en una conferencia de prensa en el Estado de Aguascalientes, afirmó que: "no duda" de que los magistrados del Supremo avalarían esta decisión porque a su juicio han recibido "dádivas" del Jefe de Gobierno del Distrito Federal y de "organismos internacionales de muy alto poder económico"

SEGUNDO. Por acuerdo dictado el día veinte del mes y año citado, el Secretario Ejecutivo en su carácter de Secretario del Consejo General del Instituto Federal Electoral, tuvo por el recibida la denuncia y le asignó la clave de registro SCG/AR/PRD/CG/001/2010; asimismo, para la debida integración del expediente, por una parte, ordenó realizar la verificación y certificación de las páginas de internet referidas en la queja administrativa, y por otra, requirió a los representantes legales de los periódicos "El Universal, Compañía Periodística Nacional", S.A. de C.V., "Milenio Diario", S.A. de C.V. y "Editorial El Porvenir", S.A. de C.V., a fin de que informaran, entre otras cuestiones: a) si ratificaban las publicaciones y contenidos que aparecían en su página de internet, de las siguientes notas: I) "El Arzobispo Primado de México pidió al partido limpiar la imagen del ex cardenal fallecido E.C. Ahumada, luego de que el legislador perredista V.H.R. afirmara que el religioso tuvo un hijo", del treinta de diciembre de dos mil nueve; II) "El PRD odia a la iglesia y la divide", del treinta de diciembre de dos mil nueve; III) "Iglesia llama a votar en contra del PRD", del diecisiete de agosto de dos mil diez; b) si el contenido de esas notas periodísticas era una narración puntual de los hechos acontecidos; c) de ser afirmativo lo anterior, informaran si las supuestas manifestaciones que en dichas notas se imputaban a diversos sujetos, entre ellos a la Arquidiócesis Primada de México y a su vocero H.V.R. (sic) eran una transcripción textual o una narración del redactor efectuada en su labor periodística.

Finalmente, en lo tocante a las medidas cautelares solicitadas por el instituto político denunciante, determinó que eran improcedentes, en virtud de que los denunciantes omitieron aportar elementos de convicción para otorgarlas.

SEGUNDO. En la propia fecha, el aludido funcionario en observancia al precitado acuerdo, levantó acta circunstanciada haciendo constar el contenido de las páginas de internet que se precisan en dicha acta.

TERCERO. En cumplimiento al requerimiento formulado, el veinticinco de agosto de dos mil diez, "El Universal, Compañía Periodística Nacional", S.A. de C.V., por conducto de su apoderado, informó que publicó las notas periodísticas reseñadas, exceptuando la titulada "El Arzobispo Primado de México pidió al partido limpiar la imagen del ex cardenal fallecido E.C. Ahumada, luego de que el legislador perredista V.H.R. afirmara que el religioso tuvo un hijo"; además, señaló que el contenido de las notas era de carácter informativo y periodístico; que referían a la situación histórica de un hecho del cual el reportero J.S. se hizo sabedor, en virtud de que acudió a ruedas de prensa o entrevistas con los protagonistas.

CUARTO. Por acuerdo de treinta de agosto de dos mil diez, el Secretario del Consejo General del Instituto Federal Electoral, requirió al Director General de Notimex Agencia de Noticias del Estado Mexicano, a fin de que en relación con la nota intitulada "Se dice iglesia católica odiada por el PRD" publicada en el portal de Internet de "El Universal" el treinta de diciembre de dos mil nueve, su autor informara, entre otras cuestiones, si las manifestaciones imputadas al Arzobispado Primado de México y a la Arquidiócesis Primada de México que aparecían entrecomilladas eran una transcripción textual, o bien, se trataba de una narración o interpretación realizada por el reportero en ejercicio de su labor periodística.

QUINTO. El primero de septiembre del año próximo pasado, el representante legal de "Milenio Diario", S.A. de C.V. en desahogo al requerimiento formulado, ratificó la publicación de nota titulada "Leyes del D.F. dañan más que el narco: V.", señalando que la misma constituía una narración del reportero en ejercicio de su labor periodística, y que los entrecomillados correspondían a citas textuales.

SEXTO. Mediante sendos escritos presentados el primero y el ocho del mes y año citado, el representante legal del diario "Editorial El Porvenir", S.A. de C.V. informó que la nota titulada "El PRD odia a la iglesia y divide" fue proveída por la agencia de noticias "El Universal", y que su publicación se realizó sin alterar el texto del original que les fue proporcionado.

SÉPTIMO. Por acuerdo dictado el día veinte siguiente, el Secretario del Consejo General requirió al Coordinador Nacional de Comunicación Social del Instituto Federal Electoral, a efecto de que hiciera una búsqueda en el Sistema de Síntesis y Monitoreo de Medios de Comunicación e informara si en algún medio de comunicación impreso, tanto nacional como local, televisivo, radiofónico e Internet, se hizo mención a...

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