Sentencia nº SDF-JDC-0223-2011-Acl1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 24 de Junio de 2011

Número de resoluciónSDF-JDC-0223-2011-Acl1
Fecha24 Junio 2011
EmisorSala Regional Distrito Federal (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SDF-JDC-223/2011 ACTOR: M.M.C.A.U. ÓRGANO PARTIDISTA RESPONSABLE: COMISIÓN ELECTORAL INTERNA DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN PUEBLA Y OTROS MAGISTRADO POR MINISTERIO DE LEY: J.A.P.G. SECRETARIO: O.A.C. SOLTERO

México, Distrito Federal, veinticuatro de junio de dos mil once.

VISTOS los autos para acordar sobre la aclaración de la sentencia relativa al juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano SDF-JDC-223/2011, promovido por M.M.C.A.U.; y

R E S U L T A N D O:

I.A.. De las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

  1. En sesión de diecisiete de junio de dos mil once, el Pleno de esta Sala Regional resolvió el juicio en que se actúa en los siguientes términos:

    ÚNICO. Se desecha de plano la demanda de juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, promovido por M.M.C.A.U..

    Asimismo, de la lectura de dicha ejecutoria, se advierte que en la parte final del considerando TERCERO se asentó lo siguiente:

    En consecuencia, ante la actualización de la causal de improcedencia, consistente en la falta de interés jurídico de quien promueve el presente medio de impugnación, y toda vez que el presente juicio ha sido admitido debe sobreseerse.

  2. Mediante oficio número TEPJF-SDF-SGAV/155/11 de veintitrés de junio de dos mil once, que suscribe el S. General de Acuerdos de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Cuarta Circunscripción mediante el cual, en cumplimiento al acuerdo de esa misma fecha dictado por el Magistrado Presidente de dicho órgano colegiado, se remitió el expediente relativo al juicio en que se actúa a la ponencia del Magistrado R.M.E..

    En el acuerdo antes citado se hizo referencia de un error localizado en la sentencia emitida en el juicio que nos ocupa, y

    C O N S I D E R A N D O:

    PRIMERO. Competencia. Esta Sala Regional es competente para emitir la aclaración de la sentencia dictada en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en virtud de que se está en el supuesto de corregir el error en un dato asentado en la resolución, cuya modificación no altera su sentido sustancial, así como tampoco modifica en el fondo la cuestión decidida.

    SEGUNDO. En términos de lo dispuesto en el artículo 99 ...

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