Sentencia nº SUP-JDC-4984-2011-Inc7 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 21 de Septiembre de 2011

JurisdicciónSonora
Número de resoluciónSUP-JDC-4984-2011-Inc7
Fecha21 Septiembre 2011
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTES: SUP-JDC-4984/2011 Y ACUMULADOS. ACTORES: J.A.E.L. Y OTROS. AUTORIDAD RESPONSABLE: CONGRESO DEL ESTADO DE SONORA. MAGISTRADO PONENTE: J.A. LUNA RAMOS. SECRETARIOS: J.C.L.P.Y.E.M.C..

México, Distrito Federal, dos de noviembre de dos mil once.

VISTOS los autos del expediente en que se actúa, y tomando en consideración lo resuelto por esta S. Superior en el incidente de inejecución de sentencia dictada en los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-4984/2011 y acumulados, de veintiséis de octubre del presente año, se procede a realizar la designación de los restantes Consejeros Electorales del Consejo Estatal Electoral del Estado de Sonora, debiéndose nombrar a dos Consejeras (mujeres) y un Consejero (hombre), todos propietarios y a un Consejero Suplente común (hombre), y

R E S U L T A N D O

  1. Ejecutoria. En sesión pública celebrada el veintiuno de septiembre de dos mil once, esta S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictó sentencia en los expedientes acumulados identificados con las claves SUP-JDC-4984/2011, SUP-JDC-4985/2011, SUP-JDC-4987/2011 y SUP-JDC-5001/2011, formados con las demandas de juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano presentadas por J.A.E.L., M. delC.A.B., S.P.P.R. y N.E.R.R., respectivamente.

  2. Notificación. El veintitrés de septiembre del año en curso, la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado de Sonora, fue notificada con copia certificada de la sentencia de mérito dictada en los expedientes descritos en el párrafo precedente.

  3. Presentación de escritos incidentales ante la responsable. El treinta de septiembre de dos mil once, J.A.E.L. y M. delC.A.B., entre otros, presentaron ante el Congreso del Estado de Sonora, sus respectivos escritos de incidente de incumplimiento de sentencia, en los que medularmente manifestaron que la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado de Sonora, no había dado cumplimiento a la ejecutoria dictada por esta S. Superior dentro del expediente SUP-JDC-4984/2011 y acumulados.

  4. Resolución Incidental. El cinco de octubre de dos mil once, esta S. Superior resolvió el incidente sobre inejecución de sentencia referido en el numeral que antecede, mismo que declaró fundado, por lo que se ordenó que de manera urgente y de inmediato, procediera a la designación de los Consejeros Electorales del Consejo Estatal Electoral de dicha entidad federativa, nombrando a dos Consejeras (mujeres) y un Consejero (hombre), todos propietarios y a un Consejero Suplente común (hombre); en los términos expuestos en la ejecutoria de mérito.

  5. Presentación de un segundo escrito incidental ante la responsable. El diez de octubre próximo pasado, S.P.P.R., presentó ante el Congreso del Estado de Sonora, escrito de incidente de incumplimiento de sentencia, en el que aduce medularmente que esa Legislatura ha omitido designar de manera urgente y de inmediato a los Consejeros Electorales del Consejo Estatal Electoral de Sonora, a pesar de haber sido apercibida de aplicarle medidas de apremio.

  6. Segunda resolución Incidental. El catorce de octubre de dos mil once, esta S. Superior resolvió el incidente sobre inejecución de sentencia referido en el numeral que antecede, mismo que declaró fundado, por lo que se ordenó que de manera urgente, de inmediato y sin mayor dilación, procediera a la designación de los Consejeros Electorales del Consejo Estatal Electoral de dicha entidad federativa.

  7. Presentación de un tercer escrito incidental ante la responsable. El trece de octubre próximo pasado, J.A.E.L. y M. delC.A.B. , respectivamente, presentaron ante el Congreso del Estado de Sonora, sus respectivos escritos de incidente de incumplimiento de sentencia, en los que medularmente manifestaron que a esa fecha, el Congreso del Estado de Sonora, había sido omiso y se encontraba en franca rebeldía en cuanto a dar cumplimiento a la ejecutoria dictada por esta S. Superior dentro del expediente SUP-JDC-4984/2011 y acumulados.

  8. Tercera resolución Incidental. El diecinueve de octubre de dos mil once, esta S. Superior resolvió el incidente sobre inejecución de sentencia referido en el numeral que antecede, mismo que declaró fundado, por lo que se ordenó que de manera urgente, de inmediato y sin mayor dilación designara a los Consejeros del Consejo Estatal Electoral de Sonora, apercibido, que de no cumplir en esos términos, ante el riesgo de que el proceso electoral local careciera de certeza, esta S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podría proceder en sustitución.

  9. Presentación de un cuarto escrito incidental ante la responsable. El diecinueve de octubre próximo pasado, O.G.R.P., N.E.R.R., J.A.E.L., M. delC.A.B., F.J.Z.S. y S.B.M., respectivamente, presentaron ante el Congreso del Estado de Sonora, sus respectivos escritos de incidente de incumplimiento de sentencia, en los que medularmente manifestaron que a esa fecha, el Congreso del Estado de Sonora, había sido omiso y se encontraba en franca rebeldía en cuanto a dar cumplimiento a la ejecutoria dictada por esta S. Superior dentro del expediente SUP-JDC-4984/2011 y acumulados, además, solicitaron a esta S. Superior que en plenitud de jurisdicción nombrara a los Consejeros Propietarios y Suplente del Consejo Estatal Electoral de Sonora.

    El veintiuno y veinticuatro de octubre, O.L.S.L. al igual que las personas antes citadas promovió incidente de inejecución de sentencia, escritos que fueron presentados ante el Congreso del Estado de Sonora y ante esta S. Superior, respectivamente.

  10. Cuarta resolución Incidental. El veintiséis de octubre de dos mil once, esta S. Superior resolvió el incidente sobre inejecución de sentencia referido en el numeral que antecede, al tenor de los siguientes puntos resolutivos:

    PRIMERO.- Son fundados los incidentes de inejecución de sentencia promovidos por O.G.R.P., N.E.R.R., J.A.E.L., M. delC.A.B., F.J.Z.S., S.B.M. y O.L.S.L. respectivamente, respecto de la ejecutoria dictada en los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-4984/2011, SUP-JDC-4985/2011, SUP-JDC-4987/2011 y SUP-JDC-5001/2011, acumulados.

    SEGUNDO. Se hace efectivo el apercibimiento realizado al Congreso del Estado de Sonora precisado en el incidente de inejecución de sentencia de fecha diecinueve de octubre de la presente anualidad, en virtud de que no ha dado cabal cumplimiento a lo previsto en la sentencia y en el referido incidente.

    TERCERO. Esta S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, procederá a realizar los actos relativos a la designación de consejeros, en la sesión pública del día miércoles dos de noviembre de dos mil once, en sesión pública, en la Sala de Plenos de este órgano jurisdiccional, sito en C.A. número 5000, Colonia CTM Culhuacán, Ciudad de México, Distrito Federal.

    …"

  11. Requerimiento al Congreso del Estado de Sonora. El veintiséis del mes y año en que se actúa, el Magistrado Instructor requirió diversa documentación al Congreso del Estado de Sonora.

    Al día siguiente el citado Congreso desahogó dicho requerimiento y remitió a esta S. Superior la información solicitada.

  12. Presentación de escritos de inelegibilidad. El veintiocho siguiente, se recibieron en la Oficialía de Partes de este órgano jurisdiccional federal electoral, sendos escritos suscritos por el Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, así como por los aspirantes a C.E.S.B.M. y F.J.Z.S., en los cuales formularon diversas manifestaciones en relación con la inelegibilidad de O.G.R.P., J.A.E.L. y M. delC.A.B..

    En esa misma fecha se recibió escrito de N.E.R.R., en el cual realizó diversas manifestaciones relacionadas con el procedimiento de designación de Consejeros Electorales en el Estado de Sonora.

  13. Vistas. En esa propia fecha el Magistrado Instructor ordenó dar vista tanto a O.G.R.P., J.A.E.L. y M. delC.A.B., para que manifestaran lo que a su derecho conviniera respecto del contenido del escrito presentado por el Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

  14. Desahogo de las vistas. El veintinueve del mes y año en que se actúa, se desahogaron las vistas formuladas.

  15. Presentación de escritos de inelegibilidad. El treinta y uno siguiente, se recibió en la Oficialía de Partes de este órgano jurisdiccional federal electoral, escrito suscrito por O.G.R.P., en el cual formuló diversas manifestaciones en relación con la inelegibilidad de S.B.M. y F.J.Z.S..

  16. Presentación de diversos escritos. En esa misma fecha se recibió escrito de S.P.P.R., en el cual realizó diversas manifestaciones relacionadas con el procedimiento de designación de Consejeros Electorales en el Estado de Sonora.

    De igual manera, se recibieron escritos de G.F.Z. y J.E.R.L. quienes en su carácter, el primero de Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Sonora y, el segundo de Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en el citado Congreso, mediante los cuales informan de la realización de actos tendentes al cumplimiento de la sentencia del expediente al rubro indicado.

  17. Vistas. En esa propia fecha el Magistrado Instructor ordenó dar vista tanto a S.B.M. y F.J.Z.S. para que manifestaran lo que a su derecho conviniera respecto del contenido del escrito presentado por O.G.R.P..

  18. Desahogo de las vistas. El primero del mes y año en que se actúa, S.B.M. desahogó la vista formulada.

  19. Presentación de escritos. El Primero de noviembre del año en curso, C.H.R.F., en su carácter de Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Sonora, presentó escrito ante esta S. Superior informando la realización de actos para dar cumplimiento a la ejecutoria dictada en el expediente de mérito.

    Al siguiente día, C.H.R.F., en su carácter de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR