Sentencia nº SX-JDC-0471-2011 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 14 de Diciembre de 2011

Número de resoluciónSX-JDC-0471-2011
Fecha14 Diciembre 2011
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO: SX-JDC-471/2011. ACTOR: C.L.V.. AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DEL VOCAL RESPECTIVO DE LA 10 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA EN OAXACA. MAGISTRADA PONENTE: C.P.B.. SECRETARIOS: C.G.G.Y.O.B.M..

Xalapa-Enríquez, V. de I. de la Llave, a catorce de diciembre de dos mil once.

VISTOS para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por C.L.V., contra la negativa de la autoridad administrativa electoral de expedirle la credencial para votar en el expediente SECPV/1120102612844.

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De las constancias de autos se advierten:

    1. Trámite de credencial por cambio de domicilio. El veintiuno de septiembre de dos mil diez, el actor solicitó su credencial para votar por cambio de domicilio, mediante el Formato Único de Actualización y Recibo (FUAR).

    2. Instancia administrativa. El doce de octubre de dos mil once el actor acudió a recoger la credencial, pero se le informó que no era posible expedirla, porque se encontraba dado de baja en el padrón, por haber sido suspendido en sus derechos político-electorales en la causa 65/2008, seguida ante el Juez Primero Penal de Santa María Huatulco, Oaxaca.

      Ante ello, inició la instancia administrativa. Al formato atinente adjuntó copia simple de la carta de liberación signada por el referido juzgador, dentro de la causa penal 65/2009, por la cual se le rehabilitó en sus derechos político-electorales.

    3. Resolución administrativa. El cuatro de noviembre de dos mil once se dictó resolución en el expediente SECPV/1120102612844, en el que se declaró improcedente la solicitud de expedición de credencial.

      Lo anterior, en virtud de que el actor se encontraba suspendido en sus derechos político-electorales, derivado de la causa 65/2008, seguida ante el Juez Primero Penal de Santa María Huatulco Oaxaca, sin que contara con constancia alguna de la rehabilitación de derechos dentro de esa causa penal.

      Dicha determinación se notificó al actor el ocho de noviembre de dos mil once.

  2. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

    1. Presentación de demanda. El doce de noviembre del año en curso, el actor promovió juicio ciudadano en contra de esa negativa.

    2. Recepción. El diecisiete siguiente, se recibieron en este órgano jurisdiccional la demanda, el informe circunstanciado y diversas constancias relacionadas con el juicio.

    3. Turno. En la misma fecha la Magistrada Presidente formó el expediente SX-JDC-471/201 y lo turnó a la ponencia de la Magistrada C.P.B..

    4. Admisión y requerimiento. El veintiuno siguiente, la Magistrada Instructora admitió el juicio y ante la necesidad de contar con mayores elementos para resolver, ordenó requerir tanto a la autoridad responsable, como al Juez Primero Penal de Santa María Huatulco, Oaxaca.

      A éste último requirió, en concreto, informara si la causa penal contra C.L.V. es la 65/2008, la 65/2009 o ambas; si existe alguna otra causa penal en ese juzgado en contra de la persona referida; y si derivado de lo anterior, se encuentran suspendidos los derechos político-electorales del actor.

    5. Cumplimiento. Ambas autoridades cumplieron con los requerimientos formulados.

      Al respecto, el juzgador ordinario informó, en esencia, que la causa seguida en contra del actor es la 65/2009, que la 65/2008 se instruye en...

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