Sentencia nº SDF-JDC-0506-2011 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 2 de Diciembre de 2011

Número de resoluciónSDF-JDC-0506-2011
Fecha02 Diciembre 2011
EmisorSala Regional Distrito Federal (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SDF-JDC-506/2011 ACTORAS: R.M.R.F.Y.G.P.R.F. AUTORIDAD RESPONSABLE: PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL TERCERA INTERESADA: C.F.G. CASE MAGISTRADO PONENTE: A.Z.M. SECRETARIO: A.A.L. BAUTISTA

México Distrito Federal, a dos de diciembre de dos mil once.

VISTOS para resolver los autos del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano identificado con la clave de expediente SDF-JDC-506/2011, promovido por R.M.R.F. y G.P.R.F., quienes se ostentan con el carácter de integrantes de la Planilla Verde en la elección de Consejeros Políticos Delegacionales en Tlalpan y militantes del Partido Revolucionario Institucional, contra la resolución de doce de agosto del año en curso emitida por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de los Ciudadanos identificado con la clave TEDF-JLDC-051/2011, y

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De los hechos narrados por la parte actora en su escrito de demanda, así como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

    1. Convocatoria. El cinco de diciembre de dos mil ocho, el Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal emitió la convocatoria para la elección de los integrantes del Consejo Político Delegacional de dicho partido en Tlalpan, misma que se realizaría el dieciocho de enero de dos mil nueve

    2. Registro de planillas. El dieciséis de diciembre de dos mil ocho, la Comisión de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal dictaminó la procedencia de la solicitud de registro de la planilla verde para participar en el procedimiento de elección.

    3. Suspensión de la Jornada. El dieciocho de enero de dos mil nueve, fecha señalada en la convocatoria de mérito para la celebración de la jornada electiva en distintas delegaciones del Distrito Federal, la citada Comisión suspendió la elección, toda vez que no se contaban con las garantías de seguridad y certeza para su desarrollo.

    4. Reposición de la Jornada. El veinte de enero de dos mil nueve la Comisión de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, determinó reponer la jornada electoral así como el escrutinio y cómputo, declaración de validez y entrega de constancia de mayoría, en el procedimiento de elección de los Consejos Políticos Delegacionales, entre ellas de Tlalpan.

    5. Acuerdo relativo a la modificación de las bases de la Convocatoria. El doce de julio de dos mil diez, la indicada Comisión de Procesos Internos, emitió Acuerdo de modificación a diversas bases de la Convocatoria para el procedimiento de elección de los Consejos Políticos Delegacionales, entre las cuales destaca, la relativa al registro de las planillas registradas, consistente en la cancelación automática de la planilla en la cual renunciarán más de veinte por ciento de sus integrantes, ya sean propietarios o suplentes, indistintamente.

    6. Acuerdo relativo a la nueva fecha para la Jornada. El treinta de julio de dos mil diez, la indicada Comisión de Procesos Internos, emitió el Acuerdo por el que se modifica la fecha de la jornada electiva para la reposición del procedimiento para la elección de los Consejos Políticos Delegacionales en distintas demarcaciones territoriales, entre ellas Tlalpan, señalando como nueva fecha el quince de agosto de ese mismo año.

    7. Renuncia de integrantes de la Planilla Verde. El doce de agosto de dos mil diez, diversos integrantes de la Planilla Verde, presentaron ante la Comisión de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional del Distrito Federal, su renuncia para participar como candidatos en el referido proceso de elección.

    8. Acuerdo de cancelación del registro y Declaración de Validez. En esa misma fecha, la citada Comisión de Procesos Internos emitió el Acuerdo por el que se cancela el registro de la Planilla Verde en el proceso de elección de Consejeros Políticos Delegacionales en el Distrito Federal, particularmente por lo que hace a la Demarcación Territorial de Tlalpan; y emitió el dictamen por el cual declaró la validez del proceso y entregó la constancia de mayoría a los Consejeros Políticos Delegacionales electos de la Planilla Roja.

      i). Juicio de Nulidad Intrapartidista. Inconformes con lo anterior, el catorce de agosto de dos mil diez, diversos ciudadanos en su calidad de integrantes de la Planilla Verde, presentaron demanda de Juicio de Nulidad ante la Comisión de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, a efecto de controvertir el dictamen aludido en el inciso anterior, medio de defensa al que le fue asignado el número de expediente CNJP-JN-DF-066/2010.

    9. Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de los Ciudadanos TEDF-JLDC-039/2011. El veintisiete de mayo de dos mil once, R.M.R.F. y G.P.R.F. promovieron, per saltum, juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos, ante el Tribunal Electoral del Distrito Federal, mismo al que le fue asignada la clave TEDF-JLDC-039/2011.

      El uno de julio de dos mil once, el juicio ciudadano local de referencia fue resuelto por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal en el sentido de declararlo improcedente, ordenando a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional resolver el juicio de nulidad identificado con la clave CNJP-JN-DF-066/2010.

    10. Resolución intrapartidista impugnada. En cumplimiento a lo anterior, el siete de julio siguiente, la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional emitió resolución en el expediente citado, confirmando la validez de la elección.

    11. Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de los Ciudadanos TEDF-JLDC-051/2011. Inconformes con la resolución de siete de julio del año en curso, el catorce de julio siguiente, las hoy actoras presentaron demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos ante el Tribunal Electoral del Distrito Federal, la cual fue tramitada con el número de expediente TEDF-JLDC-051/2011.

    12. Resolución impugnada. El doce de agosto siguiente, el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal resolvió el juicio ciudadano local de mérito, determinando lo siguiente:

      "R E S U E L V E

      ÚNICO. Se CONFIRMA la resolución del siete de julio de dos mil once, emitida por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional en el expediente CNJP-JN-DF-066/2010, de acuerdo con los razonamientos...

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