Sentencia nº SUP-AG-0087-2012-Acuerdo1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 26 de Abril de 2012

JurisdicciónFederal
Número de resoluciónSUP-AG-0087-2012-Acuerdo1
Fecha26 Abril 2012
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoAsuntos generales

ASUNTO GENERAL EXPEDIENTE: SUP-AG-87/2012 PROMOVENTE: J.L.G.M. MAGISTRADO PONENTE: J.A. LUNA RAMOS SECRETARIO: F.R. BARRIOS

México, Distrito Federal, a veintiséis de abril de dos mil doce.

VISTOS, para acordar lo conducente en el asunto general identificado con la clave SUP-AG-87/2012, integrado con motivo del escrito presentado por J.L.G.M. el trece de abril de dos mil once, en la oficialía de la Presidencia del Consejo General del Instituto Federal Electoral, en virtud del cual formula diversas manifestaciones respecto de la negativa a ser registrado como candidato independiente, y

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. Del análisis de la demanda que da origen al presente juicio y demás constancias que integran el expediente respectivo, se obtienen los siguientes antecedentes:

    1. Inicio del proceso electoral federal. El siete de octubre de dos mil once, inició el proceso electoral ordinario para elegir al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y a los diputados y senadores al Congreso de la Unión, por ambos principios.

    2. Período de registro. Del quince al veintidós de marzo de dos mil doce se llevó a cabo el registro de candidatos al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

    3. Solicitud de registro. El veintiuno de marzo del año en curso, J.L.G.M. presentó su solicitud de registro como candidato independiente al cargo de Presidente del República.

    4. Acuerdo sobre la solicitud. El veintinueve de marzo de dos mil doce, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió Acuerdo CG191/2012, relativo a las solicitudes de registro de candidaturas independientes a diversos cargos de elección popular, formuladas por ciudadanas y ciudadanos, durante el proceso electoral federal 2011-2012.

      En dicho acuerdo, la autoridad responsable determinó negar el registro como candidato independiente al ahora actor.

    5. Publicación del Acuerdo. El trece de abril de dos mil doce se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral, relativo a las solicitudes de registro de candidaturas independientes a diversos cargos de elección popular, formuladas por ciudadanas y ciudadanos, durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012.

  2. Medio de impugnación.

    1. Recurso de apelación. El cuatro de abril de dos mil doce, J.L.G.M., mediante escrito presentado ante la autoridad señalada como responsable, promovió recurso de apelación, solicitando su registro como candidato independiente y contra la negativa de su registro como candidato independiente al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos

    2. Remisión. Mediante oficio número DJ/869/2012 de ocho de abril de dos mil doce, la Directora Jurídica del Instituto Federal Electoral remitió a esta S. Superior diversa documentación, entre ella el escrito de demanda original, cédula de notificación, original del expediente y el correspondiente informe circunstanciado.

    3. Turno. Recibidas las constancias atinentes, el Magistrado Presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó la integración del expediente SUP-RAP-145/2012 y su turno a la ponencia a su cargo, para los efectos señalados en el artículos 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, turno que se cumplió a través del oficio TEPJF-SGA-2273/12, suscrito por el S. General de Acuerdos de esta S. Superior.

    4. Acuerdo de reencauzamiento. El dieciséis de abril del año en curso, esta S. Superior emitió acuerdo en virtud del cual determinó reencauzar el recurso de apelación SUP-RAP-145/2012 a juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, por ser la vía correcta para tramitar la demanda correspondiente.

    5. Cumplimiento del acuerdo. En cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de referencia, por oficio TEPJF-SGA-2488/2012 de diecisiete de abril de dos mil doce, el S. General de Acuerdos de esta S. Superior remitió el expediente identificado con la clave SUP-JDC-664/2012 integrado con...

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