Sentencia nº SUP-JDC-0508-2007 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 6 de Junio de 2007

PonenteManuel González Oropeza
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2007
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadOaxaca
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-508/2007. ACTOR: CAROLINA DE LA ROSA REYES. AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DEL VOCAL DE LA JUNTA EJECUTIVA DEL DISTRITO ELECTORAL 05 EN EL ESTADO DE OAXACA. MAGISTRADO PONENTE: M.G.O.. SECRETARIOS: H.C.C.Y.C.B.S..

México, Distrito Federal, a seis de junio de dos mil siete.

VISTOS para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, identificado con la clave SUP-JDC-508/2007, promovido por C. de la Rosa Reyes, por sí misma y de manera individual, en contra de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, por conducto del Vocal de la Junta Ejecutiva del Distrito Electoral 05 en el Estado de Oaxaca, por la falta de cumplimiento en la entrega de su Credencial para Votar a más tardar al quince de mayo de dos mil siete, y

R E S U L T A N D O:

PRIMERO. Jornada Electoral.El cinco de agosto de dos mil siete, se llevará a cabo la jornada electoral en el Estado de Oaxaca para elegir a quienes ocuparán los cargos de diputados al Congreso local, y el siete de octubre del mismo año, la elección de los integrantes de los Ayuntamientos.

SEGUNDO. Antecedentes. De lo narrado en la demanda y de las constancias que obran en autos, se advierte:

  1. Con fecha veinte de marzo de dos mil siete, C. de la Rosa Reyes, mediante Formato Único de Actualización y Recibo con número de folio 0720052103446, solicitó ante el Módulo de Atención Ciudadana 200521 la reposición de su credencial de elector.

  2. El trece de abril del dos mil siete, la actora se constituyó en el módulo referido con el objeto de recoger su credencial para votar y se le informó que en el Sistema Integral de Información del Registro Federal de Electores, su registro se encontraba dado de baja por estar suspendida en sus derechos político-electorales desde el veintitrés de febrero de dos mil cuatro, según notificación del Poder Judicial número S011332306, entregándole la notificación de "No Procedencia del Trámite en Mac", dado que existía información proporcionada por el Juez Primero de lo Penal en Santo Domingo Tehuantepec, Oaxaca, de que se había dictado auto de formal prisión en su contra.

  3. Con fecha diecisiete de abril de dos mil siete, la actora presentó ante el Módulo 200521, la solicitud de expedición de credencial para votar, a la cual se le asignó el número de folio 0720052104258, anexando copia en lo conducente de la sentencia dictada, con fecha diez de marzo de dos mil seis, en el toca 178/2006, formado con motivo del recurso de apelación interpuesto en la causa penal 150/2003, documento con el que acreditó la rehabilitación de sus derechos político-electorales.

  4. Con fecha cuatro de mayo de dos mil siete, de conformidad con el Procedimiento de Reincorporación al Padrón Electoral de Ciudadanos Suspendidos en sus Derechos Políticos, la Secretaría Técnica Normativa emitió dictamen en el sentido de que resultaba procedente la solicitud de expedición de credencial de elector de la enjuiciante.

  5. La Vocalía del Registro Federal de Electores, de la 05 Junta Distrital Ejecutiva en Oaxaca del Instituto Federal Electoral, con fecha siete de mayo del año en curso, en el expediente VDRFE/05/OAX/SECPV/01/07, dictó la resolución que en lo que interesa dice:

    "3.- En ese sentido, como se desprende del expediente a nombre de la C. CAROLINA DE LA ROSA REYES, dicha ciudadana acompañó a su Solicitud de Expedición de Credencial para Votar, la resolución de fecha 10 de marzo de 2006, emitida por la Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, dentro del Toca Penal número 178/2006, en la cual se confirma la sentencia absolutoria dictada por el Juez Primero Penal en el Distrito Judicial de Tuxtepec, Oaxaca, dentro de la causa penal número 150/2003, con la que pretende acreditar que se encuentra rehabilitada en sus derechos político-electorales, por lo que la Secretaría Técnica Normativa realizó un análisis de forma y fondo de los documentos enviados, emitiendo 4 de mayo 2207, el dictamen de Procedencia de la Solicitud de Expedición de Credencial para Votar presentada por la C, CAROLINA DE LA ROSA REYES.

    En este sentido se hace del conocimiento de la ciudadana que su Credencial para Votar se encontrará disponible en el Módulo de Atención Ciudadana 200521, sito en Avenida Juana C, R. número 83, Barrio Laborío, de esta ciudad de Santo Domingo Tehuantepec, Estado de Oaxaca a más tardar el 15 de mayo del 2007.

    ....

    RESUELVE

    PRIMERO. Es procedente la Solicitud de Expedición de Credencial para Votar intentada, en términos de lo señalado en el considerando II de esta resolución…."

  6. El quince de mayo de dos mil siete, fecha límite para la entrega de credenciales para votar en el proceso electoral local a celebrarse en el Estado de Oaxaca, la actora C. de la Rosa Reyes acudió al módulo 200521, a recibir su credencial para votar, informándole la autoridad responsable que su formato de credencial se encontraba en módulo pero que el archivo de producción generado para cargar el formato al sistema no correspondía debido a que la credencial de elector se generó con folio de la solicitud de expedición y no con la de "FUAR" por lo que éste lo rechazó, motivo por el cual se le informó a la ciudadana que no se le podía entregar el formato de credencial.

    TERCERO. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. En contra de la falta de entrega de la credencial para votar, el dieciséis de mayo de dos mil siete, C. de la Rosa Reyes, presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, en la Vocalía del Secretario de la 05...

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