Sentencia nº SUP-JDC-0553-2007 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 20 de Junio de 2007

PonenteManuel González Oropeza
Fecha de Resolución20 de Junio de 2007
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadOaxaca
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-553/2007. ACTOR: H.V.R.. AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DEL VOCAL RESPECTIVO EN LA JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA DEL DISTRITO ELECTORAL FEDERAL 02 EN EL ESTADO DE OAXACA. MAGISTRADO PONENTE: M.G.O.. SECRETARIO: FRANCISCO BELLO CORONA.

México, Distrito Federal, a veinte de junio de dos mil siete.

VISTOS para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, identificado con el número de expediente SUP-JDC-553/2007, promovido por H.V.R. en contra de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, por conducto del Vocal de la Junta Distrital Ejecutiva del Distrito Electoral Federal 02 en el Estado de Oaxaca, por la falta de cumplimiento en la entrega de su credencial para votar con fotografía, y

R E S U L T A N D O

PRIMERO. Jornada Electoral.

El cinco de agosto de dos mil siete, se llevará a cabo la jornada electoral en el Estado de Oaxaca para elegir a quienes ocuparán los cargos de diputados al Congreso local, y el siete de octubre del mismo año, la elección de los integrantes de los Ayuntamientos.

SEGUNDO. Antecedentes.

De lo narrado en la demanda y de las constancias que obran en autos, se advierte:

  1. Con fecha cuatro de diciembre de dos mil seis, H.V.R. realizó ante el Módulo de Atención Ciudadana número 200228 del Registro Federal de Electores el trámite de cambio de domicilio a fin de actualizar su credencial para votar con fotografía.

    Dicho trámite quedó registrado en el Formato Único de Actualización con número de folio 0620022801186.

  2. El ocho de mayo del dos mil siete, el actor se constituyó en el módulo referido con el objeto de recoger su credencial para votar con fotografía, sin que la misma se encontrara disponible para su entrega.

  3. En la fecha referida, el actor presentó solicitud de expedición de credencial para votar con fotografía, a la cual se le asignó el número de folio 0720022100973, agotando así la instancia administrativa a que se refiere el artículo 151, párrafo 1, inciso a), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  4. La Vocalía del Registro Federal de Electores de la 02 Junta Distrital Ejecutiva en Oaxaca del Instituto Federal Electoral, con fecha veintiséis de mayo del año en curso, en el expediente VDRFE/20/OAX/SECPV/02/07 dictó la resolución que en lo que interesa señala:

    [...]

    3.- El C.H.V.R. acompañó a su Solicitud de Expedición de Credencial para Votar, la resolución de fecha 15 de febrero de 2007 emitida por la C. Lic. Refugio G.R.M., Juez Mixto de Primera Instancia en el Distrito Judicial de Cuicatlán, en el Estado de Oaxaca, en el expediente penal 16/2006 mediante la cual se decreta el sobreseimiento de la causa penal a favor del C.H.V.R., por el delito de lesiones y violencia intrafamiliar, no obstante lo anterior, ordena librar la boleta de libertad correspondiente, la cual fue expedida el 16 de febrero del presente año, misma que se encontró a la vista en copia certificada y en la cual se decreta el sobreseimiento de la causa. Por lo anterior se dictó que el C.H.V.R. se encuentra gozando de libertad caucional. En razón de lo expuesto, al dejar de existir la causa generadora de la suspensión, el C.H.V.R. se encuentra rehabilitado en sus derechos político-electorales, por lo que se estima que la Solicitud de Credencial para Votar promovida por dicho ciudadano es PROCEDENTE.

    En este sentido se hace del conocimiento del ciudadano que la interposición de la Solicitud de Expedición de Credencial para Votar es PROCEDENTE y en su caso la expedición de la Credencial para Votar y la incorporación al Padrón Electoral y a la Lista Nominal de Electores correspondiente a su domicilio.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado se:

    RESUELVE

    PRIMERO. Es procedente la Solicitud de Expedición de Credencial para Votar intentada, en términos de lo señalado en el considerando II de esta resolución.

    [...]

    La resolución de mérito fue notificada al enjuiciante en fecha treinta de mayo de dos mil siete.

    TERCERO. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

    En contra de la falta de entrega de la credencial para votar, el treinta y uno de mayo pasado, H.V.R. presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante la Vocalía Ejecutiva de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de Oaxaca.

    CUARTO. Recepción del expediente en Sala Superior.

    Mediante oficio número VE-02-0593-2007 de fecha cuatro de junio del año en curso, recibido en la Oficialía de Partes de esta S. Superior el día seis siguiente, el V.S. de la Junta Distrital...

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