Sentencia nº SUP-AG-0030-2007 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 28 de Noviembre de 2007

PonenteConstancio Carrasco Daza
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadOaxaca
Tipo de procesoAsuntos generales

ASUNTO GENERAL EXPEDIENTE: SUP-AG-30/2007 PROMOVENTES: DEMETRIO CARRERA GARCÍA Y OTROS. MAGISTRADO: C.C.D.. SECRETARIO: F.Q.R..

México, Distrito Federal, a veintiocho de noviembre de dos mil siete.

VISTO para resolver el expediente identificado con la clave SUP-AG-30/2007, formado con motivo del escrito presentado por D.C.G. y otros, para impugnar la elección de presidente municipal de San Mateo, Yoloxochitlán, Oaxaca, realizada el siete de octubre del año en curso, conforme al régimen de usos y costumbres; y,

R E S U L T A N D O:

PRIMERO. El dieciséis de noviembre de dos mil siete, D.C.G. y otros, presentaron en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, escrito en el que manifestaron lo siguiente:

...con el alto respeto que se merece, como máxima Autoridad del alto tribunal electoral del poder Judicial de la Federación.

Estas manifestaciones se hacen, por violaciones a las garantías individuales del artículo 1º. Párrafo 3º. y del artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, párrafo tercero, nos marca el siguiente texto, queda prohibida toda discriminación motivada por orígenes étnicos o nacional, y no menoscabar los Derechos Humanos.

De igual manera se viola el artículo 3º. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a donde no se goza con la libertad, toda vez se viven bajo la dominación de las discriminalidades de unos cuando (sic), este fenómeno surge de la superpotencias del caciquismo de nombres, J.L. guisáoslaR., E.C.G. y el presidente del órgano electoral municipal encabezado por el ingeniero J.F.R.P., sin práctica de ética profesional, siendo tan déspota, es muy lamentable poner de su conocimiento tan cruel discriminación, que se vivió en el Municipio de San Mateo, el pasado domingo 7 de octubre del presente año 2007, para la elección de presidente municipal, la votación siempre se ha hecho por usos y costumbres, y en este ocasión para la elección del período 2008 a 2010, hubo tantas inconformidades de los ciudadanos, de dos candidatos sin ningún partido político, que concursaron, (sic) el grupo del candidato de E.M.G., votaron a su conveniencia, y el grupo del candidato del C.J.P.C. no votaron por las discriminaciones que surgió (sic) que los ciudadanos (as) que trabajan en las diferentes ciudades de la República Mexicana, la imposición por voto se aprobó (sic) que los ciudadanos que trabajan fuera del pueblo no tenían ningún derecho de votar.

Las víctimas a los discriminados, son personas que salen a trabajar por una pequeña temporada, hombres y mujeres se ven obligados a emigrar, por necesidad para mantenimiento económico de su familiar e hijos por falta de empleos.

Esta injusticia social y de coartar nuestros derechos de votar se cometen un delito y son...

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