Sentencia nº SUP-JRC-0508-2007 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 19 de Diciembre de 2007
Ponente | María del Carmen Alanis Figueroa |
Fecha de Resolución | 19 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior |
Entidad | Veracruz |
Tipo de proceso | Juicio de revisión constitucional electoral |
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JRC-508/2007 ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL VERACRUZANO MAGISTRADA PONENTE: M.D.C.A.F. SECRETARIO: JORGE SÁNCHEZ CORDERO GROSSMANN |
México, Distrito Federal, a diecinueve de diciembre de dos mil siete.
V I S T O S, para resolver los autos del expediente al rubro citado, relativo al juicio de revisión constitucional electoral promovido por el Partido Acción Nacional, para impugnar la omisión del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano de expedirle copias certificadas del informe de gastos de campaña para la elección de ediles del municipio de Orizaba, Veracruz de I. de la Llave, presentado por la Coalición "Alianza Fidelidad por Veracruz"; y
R E S U L T A N D O
De lo narrado en el escrito de demanda y de las constancias que integran el expediente en que se actúa, se desprende lo siguiente:
PRIMERO. El dos de septiembre de dos mil siete, se llevaron a cabo los comicios para elegir a los miembros del Congreso y Ayuntamientos del Estado de Veracruz de I. de la Llave.
SEGUNDO. El doce de octubre de dos mil siete, E.R.B.S., representante propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo Municipal del Instituto Electoral Veracruzano en Orizaba, Veracruz, presentó ante el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, escrito en el que sustancialmente solicitó la expedición de copia certificada del informe de gastos de campaña, rendido por la coalición "Alianza Fidelidad por Veracruz" para la elección de ediles del referido municipio.
TERCERO. El diecinueve de noviembre de dos mil siete, R.S.H. y E.R.B.S., en su carácter de representantes propietarios del Partido Acción Nacional, el primero de los citados ante el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano y el segundo ante el Consejo Municipal del Instituto Electoral Veracruzano de Orizaba, Veracruz, promovieron juicio de revisión constitucional electoral, en contra de la omisión del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano de expedir la copia certificada solicitada.
CUARTO. Por oficio número IEV/CG/2084/2007, recibido el veintiséis de noviembre de dos mil siete, en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, el Secretario Ejecutivo del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano remitió la demanda del juicio de revisión constitucional, con sus anexos, así como el informe circunstanciado.
QUINTO. Mediante proveído de misma fecha, la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional turnó el expediente SUP-JRC-508/2007 a la ponencia a su cargo, para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
C...
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