Sentencia nº SUP-JDC-081-2006 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 2 de Febrero de 2006

PonenteLeonel Castillo González
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2006
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadZacatecas
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-81/2006. ACTOR: A.N.G.. RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE GARANTÍAS Y VIGILANCIA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. MAGISTRADO: L.C.G.. SECRETARIO: E.C.O..

México, Distrito Federal, a dos de febrero de dos mil seis.

V I S T O S, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-81/2006, promovido por A.N.G., en contra de la omisión de la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática de resolver la impugnación interna identificada con la clave I/NAL/3015/05, promovida el cinco de diciembre de dos mil cinco; y,

R E S U L T A N D O:

PRIMERO. Del escrito de demanda y de las constancias que obran en autos se advierten los hechos siguientes:

  1. El dieciocho de noviembre de dos mil cinco, el Comité Nacional del Servicio Electoral y Membresía del Partido de la Revolución Democrática expidió la convocatoria para integrar los Comités Auxiliares del Servicio Electoral, para la elección de candidatos a D.F. y Senadores de dicho partido en Zacatecas.

  2. El veinticinco, el Comité del Servicio Electoral del citado partido político en Zacatecas, acordó la integración de la propuesta de los Comités Auxiliares en mención.

    El veintiocho, el Comité Nacional del Servicio Electoral y Membresía los designó.

  3. El primero de diciembre del año pasado, el Comité Estatal del Servicio Electoral del Partido de la Revolución Democrática en Zacatecas propuso la ubicación, número e integración de las casillas para la elección interna referida, sin que, según el actor, se hubiere aprobado y publicado.

  4. Inconforme, el cinco de diciembre del dos mil cinco, A.N.G. presentó impugnación interna ante el Comité Nacional del Servicio Electoral y Membresía, quien lo turnó, para su sustanciación y resolución, a la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia, el cual quedó registrado con la clave I/NAL/3015/2005.

    SEGUNDO. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. Inconforme, ante la falta de resolución del medio precisado en el resultando anterior, el diecinueve de enero de dos mil seis, el actor presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia, quien remitió la demanda y demás documentación a esta S. Superior, donde fue turnada al magistrado L.C.G., por acuerdo del veintitrés del mes y año en cita, para los efectos legales correspondientes.

    El veinticinco siguiente, el órgano responsable...

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