Sentencia nº SUP-AES-054-2006 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 6 de Julio de 2006

JurisdicciónDistrito Federal
Número de resoluciónSUP-AES-054-2006
Fecha06 Julio 2006
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
ASUNTO ESPECIAL EXPEDIENTE: SUP-AES-54/2006 ACTOR: COALICIÓN "POR EL BIEN DE TODOS" AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL DISTRITO FEDERAL

México, Distrito Federal, a seis de julio del año dos mil seis.-

VISTO el oficio SGA-JA-735/2006, de treinta de junio último, recibido en la Oficialía de Partes de esta S. Superior el día primero del mes y año en que se actúa, signado por M.D.A., Actuaría de la Sala Regional de este Tribunal Electoral en la Cuarta Circunscripción Plurinominal, por el cual, en cumplimiento del acuerdo de treinta de junio del año en curso, emitido por esa Sala Regional, remite el original del expediente identificado con la clave SDF-IV-RRV-1/2006, integrado con motivo del recurso de revisión promovido por M. de los Ángeles Correa de L., en Representación de la Coalición "Por el Bien de Todos", en contra del Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Distrito Federa, a fin de impugnar el acuerdo CL/A/09/017/06, de diecinueve de junio último, por el que aprobó la acreditación individual de observadores electorales, que presentaron su solicitud a través de la organización "Ciudadanos por un País Mejor", A.C., para el procedimiento electoral federal 2005-2006, SE ACUERDA: Con el oficio de cuenta y sus anexos, intégrese el expediente SUP-AES-54/2006 y regístrese en el Libro de Gobierno como asunto especial. Con fundamento en los artículos 191, fracciones I, VIII, XIII y XXVI, y 201, fracciones I y IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionados con el numeral 37, párrafo 1, inciso h), del la Ley General del Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral, devuélvase al Consejo General del Instituto Federal Electoral el oficio CL/0200/2006, de veintiocho de junio, signado por el Secretario del Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Distrito Federal, así como el escrito de presentación de veintitrés de junio, signado por M. de los Ángeles Correa de L., en representación de la "Coalición Por el Bien de Todos"y la respectiva demanda, con sus anexos, para que proceda como en Derecho corresponda, tomando en consideración que en el particular no se concreta la hipótesis prevista en el citado precepto de la Ley General de Impugnación Electoral, conforme al cual "todos los recursos de revisión interpuestos dentro de los cinco días anteriores al de la elección, serán enviados a la Sala competente del Tribunal Electoral, para que sean resueltos...

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