Sentencia nº SUP-JDC-1255-2006 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 6 de Julio de 2006

PonenteJosé Alejandro Luna Ramos
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2006
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadEstado de México
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-1255/2006. ACTORA: M.M. IGLESIAS. AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. MAGISTRADO PONENTE: J.A. LUNA RAMOS. SECRETARIO: MARCO A.Z.A..

México, Distrito Federal, a seis de julio de dos mil seis.

VISTOS, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-1255/2006, promovido por M.M.I., contra la sentencia de dieciséis de junio del presente año, dictada por esta S. Superior en el juicio de revisión constitucional electoral SUP-JRC-162/2006, y

R E S U L T A N D O

  1. El doce de marzo dos mil seis, se llevó a cabo la elección ordinaria de miembros del ayuntamiento de Otzolotepec, Estado de México.

  2. El quince siguiente, el Consejo Electoral de Otzolotepec realizó el cómputo municipal de la elección citada, declaró la validez de la elección y expidió las constancias de mayoria a la planilla de los candidatos postulados por el Partido Acción Nacional.

  3. Inconformes con lo anterior, se presentaron dos juicios de inconformidad, los cuales fueron declarados infundados por el Tribunal Electoral del Estado de México, por lo cual quedó firme la aludida declaratoria y la expedición de las constancias de mayoría.

  4. El tres de mayo del año en curso, el Consejo Municipal de Otzolotepec realizó la asignación de regidores por el principio de representación proporcional, en la cual otorgó las constancias de asignación a los candidatos postulados por los partidos y coaliciones, de la manera siguiente:

    PARTIDO o COALICIÓN Ciudadanos Asignados Cargo
    PRI-PVEM Isidro Felipe Huerta Romero Mariela Malvaez Iglesias 7° regidor propietario 7° regidor suplente
    PT Víctor Manuel Montiel Reyes Maria Elena Reyes Reyes 8° regidor propietario 8° regidor suplente
    PRD Sonia Gil Valencia Beatriz Becerril Robles 9° regidor propietario 9° regidor suplente
    Convergencia Ramón Chávez Rocha Sulidet Fonseca Adrian 10° regidor propietario 10° regidor suplente
  5. El siete de mayo siguiente, el Partido de la Revolución Democrática, promovió juicio de inconformidad contra la asignación de regidores por el principio de representación proporcional, en concreto la realizada a favor del ciudadano I.F.H.R., a quien consideró inelegible, por no estar inscrito en el padrón electoral.

  6. El cinco de junio, el tribunal local resolvió el juicio de inconformidad citado, en el sentido de revocar la constancia de asignación de séptimo regidor propietario del Ayuntamiento de Otzolotepec, Estado de México, expedida a favor de I.F.H.R., y ordenó le fuera entregada a M.M.I., su suplente.

    Lo anterior, porque consideró que I.F.H.R. no contaba con credencial de elector con fotografía vigente.

  7. En desacuerdo con dicha resolución, el doce de junio del año en curso, la coalición "Alianza por México" promovió ante el tribunal entonces responsable, juicio de revisión constitucional electoral.

    El mencionado juicio quedó radicado en esta S. Superior con la clave SUP-JRC-162/2006, y fue resuelto el dieciséis de junio de este año. En la ejecutoria, tras considerarse demostrada la violación al principio de congruencia atribuida al tribunal local, se ordenó la revocación de la resolución reclamada y se confirmó la constancia de asignación de séptimo regidor propietario del ayuntamiento en cita, expedida por el Consejo Electoral de dicha municipalidad, en favor de I.F.H.R., por lo que para el efecto se revocó la constancia otorgada a M.M.I..

  8. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR