Sentencia nº SUP-REC-037-2006 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 14 de Agosto de 2006

PonenteEloy Fuentes Cerda
Fecha de Resolución14 de Agosto de 2006
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadQuintana Roo
Tipo de procesoRecurso de reconsideración

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EXPEDIENTE: SUP-REC-37/2006 RECURRENTE: COALICIÓN "POR EL BIEN DE TODOS" AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL MAGISTRADO: ELOY FUENTES CERDA SECRETARIO: D.F. SÁNCHEZ

México, Distrito Federal, a catorce de agosto de dos mil seis.

VISTOS para resolver los autos del recurso de reconsideración al rubro citado, interpuesto por la coalición "Por el Bien de Todos", en contra de la resolución dictada el dos de agosto de dos mil seis, por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la tercera circunscripción plurinominal, con sede en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, dentro del juicio de inconformidad identificado con la clave SX-III-JIN-27/2006; y

R E S U L T A N D O:

  1. El dos de julio del presente año, se llevó a cabo la jornada electoral para la elección de diputados de mayoría relativa al Congreso de la Unión, entre otros, en el 03 Distrito Electoral Federal, en el Estado de Quintana Roo.

  2. El día seis siguiente, el citado Consejo Distrital, concluyó el cómputo respectivo de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, mismo que arrojó los resultados siguientes:

    PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACIÓN (CON NÚMERO) VOTACIÓN (CON LETRA)
    PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 38, 147 TREINTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE
    ALIANZA POR MÉXICO 30, 623 TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS
    ALIANZA POR EL BIEN DE TODOS 37, 947 TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE
    NUEVA ALIANZA 5, 411 CINCO MIL CUATROCIENTOS ONCE
    ALTERNATIVA PARTIDO POLÍTICO NACIONAL 2, 848 DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO
    CANDIDATOS NO REGISTRADOS 362 TRESCIENTOS SESENTA Y DOS
    VOTOS VÁLIDOS 115, 338 CIENTO QUINCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO
    VOTOS NULOS 2, 042 DOS MIL CUARENTA Y DOS
    VOTACIÓN TOTAL 117, 380 CIENTO DIECICIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA

    Una vez concluido el cómputo, dicha autoridad administrativa electoral declaró la validez de la elección de diputados federales y la elegibilidad de la fórmula que obtuvo la mayoría de votos, expidiendo la constancia de mayoría y validez a la fórmula registrada por el Partido Acción Nacional.

  3. Inconforme con lo anterior, por escrito presentado el diez de julio del año en curso, la Coalición "Por el Bien de Todos", promovió juicio de inconformidad, del que conoció la...

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