Sentencia nº SUP-JRC-517-2006 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 18 de Diciembre de 2006

JurisdicciónJalisco
Número de resoluciónSUP-JRC-517-2006
Fecha18 Diciembre 2006
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL. EXPEDIENTE: SUP-JRC-517/2006. ACTOR: COALICIÓN POR EL BIEN DE TODOS. AUTORIDAD RESPONSABLE: PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO. MAGISTRADO: P.E.P.L.. SECRETARIO: E.H.S..

México, Distrito Federal, a dieciocho de diciembre de dos mil seis.

VISTOS para resolver los autos del expediente SUP-JRC-517/2006, relativo al juicio de revisión constitucional electoral promovido por la coalición Por el Bien de Todos, contra la resolución de veinticuatro de noviembre de dos mil seis, dictada por el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco, en el expediente JIN/073/2006 y acumulado JIN/077/2006.

R E S U L T A N D O

  1. Acto electoral impugnado. El dos de julio del año en curso, en Jalisco, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir, entre otros cargos de elección popular, los relativos a los ayuntamientos.

    El cinco de julio de dos mil seis, la Comisión Municipal de Zapopan, J., efectuó el cómputo de la elección de ese municipio, en el cual resultó triunfadora la planilla postulada por el Partido Acción Nacional. Por tanto, luego de declarar válida la elección, se entregó la constancia de mayoría a dicha planilla.

  2. Juicio de Inconformidad. Inconforme con los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, el Partido Revolucionario Institucional y la coalición Por el Bien de Todos promovieron sendos juicios de inconformidad ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco, a los cuales se asignó los números de expediente JIN-073/2006 y JIN-077/2006, respectivamente, y en ellos se resolvió modificar el cómputo municipal, por nulidad de la votación recibida en diversas casillas, para quedar como sigue:

    PARTIDOS POLÍTICOS COMPUTO MUNICIPAL IMPUGNADO VOTACIÓN ANULADA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL COMPUTO MUNICIPAL RECOMPUESTO
    PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 219,327 2,204 217,123 Doscientos diecisiete mil ciento veintitrés
    PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 177,115 1,994 175,121 Ciento setenta y cinco mil ciento veintiuno
    COALICIÓN POR EL BIEN DE TODOS 32,728 371 32,357 Treinta y dos mil trescientos cincuenta y siete
    PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 7,493 117 7,376 Siete mil trescientos setenta y seis
    CONVERGENCIA 2,095 17 2,078 Dos mil setenta y ocho
    NUEVA ALIZANZA 13,304 163 13,141 Trece mil ciento cuarenta y uno
    ALTERNATIVA SOCIALDEMÓCRATA Y CAMPESINA 6,457 62 6,395 Seis
    ...

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