Sentencia nº SUP-JDC-044-2004 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 25 de Marzo de 2004

PonenteAlfonsina Berta Navarro Hidalgo
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2004
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadVeracruz
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-044/2004. ACTORA: "NUEVA DEMOCRACIA". AUTORIDADES RESPONSABLES: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL VERACRUZANO Y SALA ELECTORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE. MAGISTRADA PONENTE: A.B.N.H.. SECRETARIA: ESPERANZA GUADALUPE F.F..

México, Distrito Federal, veinticinco de marzo de dos milcuatro.

VISTOS para resolver los autos del juicio para laprotección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-044/2004,promovido por "Nueva Democracia", a través de L.G.M., quien se ostenta como S. General de su Comisión EjecutivaEstatal, en contra de la negativa del relativo registro como asociaciónpolítica estatal, de seis de febrero del año en curso, emitida por el ConsejoGeneral del Instituto Electoral Veracruzano, y contra el proceder omiso de laSala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz al noresolver el recurso de apelación interpuesto por la ahora enjuiciante en contrade la citada negativa de registro; y,

R E S U L T A N D O:

  1. Mediante escrito recibido en la Secretaría Ejecutivadel Instituto Electoral Veracruzano, el cinco de diciembre de dos mil tres, elSecretario General y el Coordinador de Organización del Comité EjecutivoEstatal de "Nueva Democracia", solicitaron el registro de esaorganización como asociación política estatal. Dicha solicitud fue resueltaen sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano delseis de febrero del año en curso, negando el registro de "NuevaDemocracia" como asociación política estatal.

  2. En desacuerdo con lo anterior, el diez de febrerosiguiente, el S. General y el Coordinador de Organización del ComitéEjecutivo Estatal de "Nueva Democracia" interpusieron, en su contra,recurso de apelación, presentado ante la Secretaría Ejecutiva del InstitutoElectoral Veracruzano, quien lo remitió a la S. Superior de Justicia delEstado de Veracruz-Llave, motivando la formación del expedienteRAP/004/O.N.D./30/2004.

  3. El cinco de marzo último, a las once horas contreinta y nueve minutos, L.G.M.S., quien se ostenta comoSecretario General de la Comisión Ejecutiva Estatal de "NuevaDemocracia", promovió, ante el Instituto Electoral Veracruzano, juiciopara la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, encontra de la negativa del registro atinente como asociación política estatal,de seis de febrero del año en curso, emitida por el Consejo General delInstituto Electoral Veracruzano, y contra la omisión en que ha incurrido laSala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, al noresolver el recurso de apelación interpuesto por la ahora enjuiciante paracombatir la citada negativa de registro. La documentación correspondiente fuerecibida en este órgano J. el diez de marzo siguiente.

  4. Oportunamente, el Magistrado Presidente de esteÓrgano Jurisdiccional, turnó el presente expediente a la Magistrada ElectoralAlfonsina B.N.H., para los efectos a que se refiere el artículo19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral;y,

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Esta S. Superior del Tribunal Electoral delPoder Judicial de la Federación es competente para conocer y resolver elpresente medio de impugnación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos99, párrafo cuarto, fracción V, de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 186, fracción III, inciso c), y 189, fracción I, inciso f),de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como 4 y 83,párrafo 1, inciso b), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnaciónen Materia Electoral.

SEGUNDO. No se transcriben los agravios expresados,puesto que no serán analizados, ya que en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR