Sentencia nº SUP-JDC-161-2004 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 2 de Junio de 2004

PonenteJosé de Jesús Orozco Henríquez
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2004
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadChihuahua
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS POLITICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-161/2004 ACTOR: H.L.M. AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DE LA VOCALÍA RESPECTIVA DE LA JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO ELECTORAL FEDERAL 06 EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ DE J.O.H. SECRETARIO: J.C.S. ADAYA

México, Distrito Federal, a dos de junio de dos mil cuatro. VISTOSpara resolver los autos del expediente indicado al rubro, integrado con motivodel juicio para la protección de los derechos político-electorales delciudadano, promovido por H.L.M., en contra de la falta derespuesta dentro de los veinte días posteriores a la solicitud de expediciónde credencial para votar con fotografía y, consecuentemente, la no entregaoportuna de dicho documento, por parte de la Dirección Ejecutiva del RegistroFederal de Electores del Instituto Federal Electoral, a través de la vocalíarespectiva de la Junta Distrital Ejecutiva del 06 Distrito Electoral Federal enel Estado de Chihuahua, y

R E S U L T A N D O

  1. El cuatro de julio de dos mil cuatro tendránverificativo las elecciones locales ordinarias para renovar el Congreso y losayuntamientos de los municipios del Estado de Chihuahua, así como para elegirGobernador de dicha entidad federativa.

  2. El seis de marzo de dos mil cuatro, Heron LópezMiranda realizó el trámite de actualización consistente en cambio dedomicilio, ante el módulo de atención ciudadana de la vocalía del RegistroFederal de Electores de la Junta Distrital 06 del Instituto Federal Electoraldel Estado de Chihuahua. Dicho trámite se registró en el formato único deactualización número 0408060108026.

    En el comprobante del trámite descrito se le indicó al hoypromovente que a partir del cinco de abril de dos mil cuatro, podía acudir almódulo correspondiente a recoger su credencial para votar.

  3. A partir del cinco de abril de dos mil cuatro,según se desprende de lo manifestado por la autoridad responsable en su informecircunstanciado, H.L.M. acudió al módulo correspondiente aefecto de recoger su credencial para votar con fotografía sin que se le hayaentregado dicho documento.

  4. El veintidós de abril de dos mil cuatro, H.M. inició el trámite administrativo de solicitud de expedición decredencial para votar con fotografía. A dicha solicitud se le asignó elnúmero de folio 0408060108243.

  5. El catorce de mayo de dos mil cuatro, H.M., a través del formato correspondiente, promovió juicio para laprotección de los derechos político-electorales del ciudadano en contra de lafalta de respuesta dentro de los veinte días posteriores a la solicitud deexpedición de credencial para votar con fotografía mencionada en el resultandoanterior, manifestando como agravios lo siguiente:

    ...

    AGRAVIOS

    El acto o resolución impugnado me causa agravio, en virtud de que me impide ejercer el derecho de votar que la Constitución General de la República me otorga como ciudadano mexicano, a pesar de que he realizado todos los actos previstos en la ley para cumplir con los requisitos que exige el Artículo 6° del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que son los únicos necesarios para ejercer mi derecho al sufragio.

    ...

  6. El dieciocho demayo de dos mil cuatro, en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, serecibió el oficio número 579/04, de diecisiete de mayo del mismo año, por elcual el vocal secretario de la Junta Distrital Ejecutiva del 06 DistritoElectoral Federal del Instituto Federal Electoral en el Estado de Chihuahuaremitió el escrito de demanda de juicio para la protección de los derechospolítico-electorales del ciudadano presentado por H.L.M. y elinforme circunstanciado de ley.

  7. El dieciocho de mayo de dos mil cuatro, elMagistrado Presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del PoderJudicial de la Federación, acordó que se turnara el presente expedienteSUP-JDC-161/2004 al Magistrado Electoral José de J.O.H., paralos efectos a que se refiere el artículo 19 de la Ley General del Sistema deMedios de Impugnación en Materia Electoral. Dicho acuerdo fue cumplido medianteoficio TEPJF-SGA-568/04, de la misma fecha, suscrito por el Secretario Generalde Acuerdos de esta S. Superior.

  8. El primero de junio de dos mil cuatro, elMagistrado Electoral encargado de la sustanciación del presente juicio para laprotección de los derechos político-electorales del ciudadano, acordó: A)Tener por recibido el expediente SUP-JDC-161/2004, radicándolo en la ponenciapara su sustanciación y elaboración del correspondiente proyecto de sentencia;B) Reconocer la personería de H.L.M., así como por señaladodomicilio de su parte para oír y recibir notificaciones; C) Admitir a trámiteel presente juicio para la protección de los derechos político-electorales delciudadano, y D) En virtud de que no existía algún trámite pendiente derealizar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR