Sentencia nº SUP-JDC-324-2004 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 12 de Agosto de 2004

JurisdicciónVeracruz
Número de resoluciónSUP-JDC-324-2004
Fecha12 Agosto 2004
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-324/2004 ACTOR: R.M.G. AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL VERACRUZANO Y COALICIÓN "ALIANZA FIDELIDAD POR VERACRUZ" MAGISTRADO: JOSÉ DE J.O.H. SECRETARIO: ARMANDO I. MAITRET HERNÁNDEZ

México, Distrito Federal, a doce de agosto de dos milcuatro. VISTOS para resolver los autos del expediente indicado en elrubro, formado con motivo del juicio para la protección de los derechospolítico-electorales del ciudadano, promovido por el ciudadano R.M., en contra del Acuerdo del veintiséis de julio de dos mil cuatro, medianteel cual el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano aprobósupletoriamente el registro de los candidatos presentados por los partidospolíticos y coaliciones, en particular el de presidente municipal para elAyuntamiento de Colipa, así como diversos actos atribuidos a la Coalición"Alianza Fidelidad por Veracruz", y

R E S U L T A N D O

  1. El veintisiete de junio de dos mil cuatro, el ComitéPolítico de la Coalición "Alianza Fidelidad por Veracruz" expidióla convocatoria a sus miembros y simpatizantes, para participar en el proceso deelección de candidatos a presidentes municipales propietarios de los doscientosdoce Ayuntamientos del Estado de Veracruz de I. de la Llave, para elperiodo constitucional 2005-2007. Posteriormente se estableció que el métodopara la selección del candidato en el Municipio de Colipa, Veracruz, sería laconsulta por encuesta.

  2. El primero de julio de dos mil cuatro, el ciudadanoRaymundo M.G., ante la Comisión Estatal de Procesos Internos de laCoalición "Alianza Fidelidad por Veracruz", presentó solicitud deregistro como precandidato a P.M. de Colipa, Veracruz, anexandoa su solicitud la documentación respectiva.

  3. El doce de julio de dos mil cuatro, mediantepublicación en estrados de la Coalición "Alianza Fidelidad porVeracruz", se notificó el Acuerdo de once de julio de dos mil cuatro, porel cual la Comisión Estatal de Procesos Internos de la citada coalicióninformó que el precandidato que obtuvo el mayor porcentaje de aceptaciónelectoral, en la encuesta realizada entre militantes y simpatizantes en elmunicipio de Colipa, Veracruz, fue el ciudadano R.M.G.. En dichoacuerdo se sostuvo lo siguiente:

    COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS

    DE LA COALICIÓN "ALIANZA FIDELIDAD POR VERACRUZ"

    N O T I F I C A C I Ó N

    En cumplimiento a lo dispuesto por la Convocatoria para el proceso de elección de candidatos a presidentes municipales propietarios de la Coalición "Alianza Fidelidad por Veracruz", en las Bases Segunda, Tercera, Décima Primera y Décima Novena y del Reglamento respectivo en los artículos 3°, 4°, 5° y 6° fracciones I, II, IV, VIII y XV, 13 fracciones I, VIII, XI y XII, 23 y 25 y del Acuerdo expedido por la Comisión Estatal de Procesos Internos de la Coalición "Alianza Fidelidad por Veracruz" de fecha 11 de julio de 2004, se fija en la tabla de avisos de la oficina habilitada para estos efectos, la notificación a los interesados, con el nombre del precandidato que obtuvo el mayor porcentaje de aceptación electoral entre militantes y simpatizantes, en los municipios de la demarcación territorial del IX Distrito Electoral y que en consecuencia, resulta ser candidato de la Coalición "Alianza Fidelidad por Veracruz" para ser postulado ante el Instituto Electoral Veracruzano.

    NOMBRE DEL MUNICIPIO NOMBRE DEL CANDIDATO
    MISANTLA YOLANDA ARMENTA HERNÁNDEZ
    ACATLÁN CONSTANTINO REYES RENDÓN
    COACOATZINTLA SILVINO LANDA ORTEGA
    COLIPA RAYMUNDO MOLINA GIL
    CHICONQUIACO RUBEN DORANTES FLORES
    JILOTEPEC FÉLIX TAMARIZ MARTÍNEZ
    JUCHIQUE DE FERRER GERARDINA LARA GONZÁLEZ
    MIAHUATLAN RAUL HUGO ARROYO BELLIDO
    TENOCHTITLAN CARMELO MENDOZA HERNÁNDEZ
    TEPETLÁN OSCAR IVAN AGUILAR AGUILAR
    VEGA DE ALATORRE ROMAN BASTIDA HUESCA
    YECUATLA JOSÉ LUIS SANTIAGO JUAREZ

    Para los efectos legales a que haya lugar, se hace la presente publicación, a las 7:00 A.M. horas, del día doce del mes de julio del año dos mil cuatro, en MISANTLA Veracruz.

    -----------------------------------QUE CONSTE.-------------------------------

  4. El trece de julio de dos mil cuatro, el presidente dela Comisión Estatal de Procesos Internos de la Coalición "AlianzaFidelidad por Veracruz" comunicó al Presidente del Comité Político dedicha coalición, que con relación al resultado del método de encuestaaplicado en el municipio de Colipa, Veracruz, se había registrado un empatetécnico entre los participantes.

  5. El dieciséis de julio de dos mil cuatro, la Comisiónde Transparencia de la multicitada coalición dictó resolución en el recursode inconformidad identificado con el número de expediente CT-RI-IX-116/04,interpuesto por el ciudadano Á.A.G., por la cual ordenó larevocación de la notificación de los resultados arrojados por la aplicacióndel método de encuesta en el Municipio de Colipa, Veracruz; declaró nulo elproceso de elección interna de candidato a P.M. en el citadomunicipio y, en consecuencia, notificó al Comité Político de la Coaliciónpara que, en ejercicio de las facultades que le concede la base vigésima octavade la Convocatoria, resolviera lo procedente.

  6. En esa misma fecha, el Comité Político de laCoalición "Alianza Fidelidad por Veracruz" emitió acuerdo respectodel proceso de elección de candidato a Presidente Municipal Propietario de laCoalición, en el municipio de Colipa, Veracruz, en el cual sostuvo losiguiente:

    ACUERDO DEL COMITÉ POLÍTICO DE LA COALICIÓN "ALIANZA FIDELIDAD POR VERACRUZ", POR EL QUE RESUELVE RESPECTO DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE CANDIDATO A PRESIDENTE MUNICIPAL PROPIETARIO DE LA COALICIÓN, EN EL MUNICIPIO DE COLIPA, VER.

    RESULTANDO

    1. Que oportunamente se celebró un "Acuerdo político de la Coalición ‘ALIANZA FIDELIDAD POR VERACRUZ’ " entre los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Revolucionario Veracruzano para la elección de Gobernador y Diputados Locales por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional y por cuanto hace a la elección de Ediles, se coaligan únicamente los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

    2. Que en fecha primero de mayo de 2004, fue firmado por los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Revolucionario Veracruzano, el Convenio de Coalición, para las elecciones de Gobernador del Estado y Diputados Locales por el Principio de Mayoría Relativa y Representación Proporcional y por cuanto hace a la elección de Ediles, lo celebran únicamente los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

    3. Que en fecha primero de mayo de 2004, fue aprobada por los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Revolucionario Veracruzano, el Estatuto de la Coalición denominada "ALIANZA FIDELIDAD POR VERACRUZ", que celebran los mismos partidos para las elecciones de Gobernador, D.L. por el principio de Mayoría Relativa y Representación Proporcional y Ediles, como ha quedado precisado en el resultando anterior, respectivamente.

    4. Que con fecha 12 de mayo de 2004, fue aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, el Convenio de Coalición entre los Partidos Políticos mencionados, en los términos ya referidos.

    CONSIDERANDO

  7. Que de conformidad con la cláusula décima primera incisos b) y c) del Convenio de la Coalición, para la elección de Ediles de los 212 Ayuntamientos del Estado de Veracruz de I. de la Llave a celebrarse el próximo 5 de septiembre de 2004 (PRI-PVEM), así como el dispositivo 10 de los Estatutos de la Coalición "ALIANZA FIDELIDAD POR VERACRUZ", el Comité Político de la Coalición es el órgano superior de dirección política y de representación de la coalición, encargado de la administración político electoral de la misma para la elección de Ediles y de la toma de decisiones en actos de carácter político electoral que sean relevantes a la misma.

  8. Que de conformidad con el dispositivo 13 fracción I del Estatuto de la Coalición "ALIANZA FIDELIDAD POR VERACRUZ", al Comité Político de la Coalición, le corresponde dirigir las acciones de la Coalición, mismas que deberán cumplirse a cabalidad con el convenio y los estatutos, así como con los acuerdos y las resoluciones que se tomen en el seno del propio Comité; así como también, de acuerdo a la fracción III del propio artículo 13 del mismo Estatuto de la Coalición, es facultad del Comité Político vigilar el cumplimiento de los métodos de selección, definidos por el Estatuto referido, que realice la Comisión Estatal de Procesos Internos.

  9. Que el artículo 26 del Estatuto de la Coalición faculta al Comité Político para aprobar y expedir la Convocatoria para la selección de los candidatos de la Coalición y que en uso de esta facultad, el Comité Político aprobó y expidió Convocatoria para el Proceso de Elección de Candidatos a P.M. propietarios de la Coalición "Alianza Fidelidad por Veracruz" con fecha 27 de junio de 2004.

  10. Que la Base Décima Novena, inciso a), párrafo segundo de esa misma Convocatoria, establece que los días 10 y 11 de julio de 2004 la Comisión de Procesos Internos informará de los resultados de la aplicación del método de encuesta, para el proceso de elección de candidatos a P.M. propietarios de la Coalición "Alianza Fidelidad por Veracruz".

  11. Que dada la amplia participación registrada en el proceso referido, en varios municipios del Estado la encuesta arrojó un resultado de empate técnico entre algunos de los precandidatos participantes, lo cual constituye una situación no prevista por la Convocatoria aprobada y expedida por el Comité Político, que el mismo Comité resolvió conforme a lo estipulado por la Base Vigésima Octava de la propia Convocatoria autorizando la ampliación en 24 horas del término en que la Comisión Estatal de Procesos Internos de la Coalición informaría de los resultados de la aplicación del método de encuesta, realizando para ello nuevos estudios, que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR