Sentencia nº SUP-JDC-376-2004 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 26 de Agosto de 2004

PonenteMauro Miguel Reyes Zapata
Fecha de Resolución26 de Agosto de 2004
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadAguascalientes
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-376/2004 ACTORES: TOMÁS RANGEL ALTAMIRA Y JOSÉ DE JESÚS TOVAR DE LA CRUZ AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES MAGISTRADO PONENTE: M.M.R.Z. SECRETARIA: B.C.Z. PÉREZ

México, Distrito Federal, a veintiséis de agosto de dos milcuatro.

VISTOS para resolver los autos del juicio para laprotección de los derechos político-electorales del ciudadanoSUP-JDC-376/2004, promovido por T.R.A. y J. de J.T. la Cruz, en contra del acuerdo de ocho de agosto de dos mil cuatro, asumidopor el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes ensesión permanente, relativo a la asignación de regidurías por el principio derepresentación proporcional en el Estado de Aguascalientes, y

R E S U L T A N D O

  1. En sesión extraordinaria de veintiocho de julio dedos mil cuatro, en cumplimiento a la ejecutoria dictada por esta Sala Superioren el expediente SUP-JDC-293/2004, el Consejo General del Instituto EstatalElectoral de Aguascalientes registró en el primer lugar de la planilla decandidatos a regidores por el principio de representación proporcional paraintegrar el Ayuntamiento de J.M., Aguascalientes, postulada por lacoalición "Viva Aguascalientes", a la fórmula integrada por TomásRangel Altamira y J. de J.T. de la Cruz, como propietario y suplente,respectivamente,.

  2. En sesión extraordinaria de treinta y uno de juliosiguiente, el propio órgano electoral aprobó la sustitución de la fórmula decandidatos mencionada en el resultando anterior, solicitada por el presidente dela coalición "Viva Aguascalientes" y en el lugar que ocupaban TomásRangel Altamira y J. de J.T. de la Cruz quedaron registrados M.R.P.M. y R.G.M., respectivamente.

  3. El ocho de agosto siguiente, entre otras cosas, elConsejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes realizó laasignación de regidurías por el principio de representación proporcional. Porlo que hace al Ayuntamiento correspondiente al Municipio de J.M.,Aguascalientes, el citado consejo determinó repartir las regidurías y, porende, entregar las constancias de asignación de la manera siguiente:

    NOMBRE PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN CARGO
    F.J.H.V. "En Alianza Contigo" Regidor propietario
    M.P.R. "En Alianza Contigo" Regidor suplente
    R. de Luna López "En Alianza Contigo" Regidor propietario
    L.A.R.E.A. "En Alianza Contigo" Regidor suplente
    A.T.R. "En Alianza Contigo" Regidor suplente (sic)
    L.M.G.M. "En Alianza Contigo" Regidor suplente
    M. delR.P.M. "Viva Aguascalientes" Regidor propietario
    R.G.M. "Viva Aguascalientes" Regidor suplente

    En contra de la decisión adoptada por el citado consejo,específicamente por lo que hace a la asignación de los regidores postuladospor la coalición "Viva Aguascalientes", el doce de...

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