Sentencia nº SUP-JRC-363-2003 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 11 de Septiembre de 2003

PonenteJosé Fernando Ojesto Martínez Porcayo
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2003
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadNuevo León
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JRC-363/2003 ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN TERCERO INTERESADO: COALICIÓN ALIANZA CIUDADANA MAGISTRADO PONENTE: J.F.O.M.P. SECRETARIO: A.M. DEL CAMPO MORALES

México, Distrito Federal, a once de septiembre de dos miltres.

V I S T O S para resolver los autos del juicio derevisión constitucional electoral número SUP-JRC-363/2003 promovido por elPartido Acción Nacional, por conducto de su representante, R.G., en contra de la resolución de veintiocho de agosto de dos mil tres,dictada por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, en elexpediente formado con motivo de los juicios de inconformidad identificados conlas claves JI-070/2003 y JI-083/2003, acumulados y,

R E S U L T A N D O

  1. El seis de julio de dos mil tres, se llevó a cabo,entre otras, la elección de diputados por el principio de mayoría relativa,para integrar el Congreso del Estado de Nuevo León.

  2. El once de julio siguiente, la Comisión EstatalElectoral de Nuevo León, celebró sesión extraordinaria para realizar elcómputo de la referida elección, entre otros, el correspondiente al DécimoQuinto Distrito, con cabecera en Guadalupe, Nuevo León.

    Los resultados anotados en el acta correspondiente son lossiguientes:

    PARTIDO POLÍTICO VOTACIÓN (CON NUMERO) VOTACIÓN (CON LETRA)
    PAN 24,430 Veinticuatro mil cuatrocientos treinta votos
    Coalición Alianza Ciudadana 24,671 Veinticuatro mil seiscientos setenta y uno
    PRD 1,688 Mil seiscientos ochenta y ocho
    PT 2,685 Dos mil seiscientos ochenta y cinco
    PSN 220 Doscientos veinte
    PAS 0 Cero
    CPPN 1,048 Mil cuarenta y ocho
    PMP 0 Cero
    Nulos 1,826 Mil ochocientos veintiséis
    Total 56,568 Cincuenta y seis mil quinientos sesenta y ocho

    En el mismo acto, la Comisión Estatal Electoral declaró lavalidez de las elecciones de, Gobernador y Diputados por el principio deMayoría Relativa y se asignaron las diputaciones por representaciónproporcional, ordenándose la expedición de las respectivas constancias demayoría, entre otros del Décimo Quinto Distrito con cabecera en Guadalupe,Nuevo León.

  3. Inconforme con dicha resolución, el Partido AcciónNacional, por conducto de R.G.G., en su calidad de representantepropietario del partido indicado ante la Comisión Estatal Electoral, interpusojuicio de inconformidad el dieciocho de julio del año en curso, en contra delos resultados consignados en el acta de cómputo de la elección para larenovación del H. Congreso del Estado de Nuevo León; de la declaración devalidez y el otorgamiento de la constancia respectiva al Décimo Quinto DistritoElectoral.

    En este medio de impugnación, el partido enjuicianteimpugnó la votación recibida en veintiséis casillas, por considerar que seactualizaba la hipótesis normativa prevista en el artículo 283 párrafo IV dela Ley Electoral del Estado de Nuevo León, conforme al cual la votación nodebe recibirse por personas ú órganos distintos a los facultados por la propialey; y asimismo impugnó diecisiete casillas porque, en su concepto, se daba lacausa de nulidad prevista en la fracción IX, del artículo supramencionado,relativa a haber mediado dolo o error en el escrutinio y cómputo de los votos.

  4. El conocimiento del juicio de inconformidadcorrespondió al Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, el cuallo substanció en el expediente identificado como JI-070/2003 y JI-083/2003ACUMULADOS; habiendo dictado resolución el veintiocho de agosto de dos miltres, en la cual confirmó los resultados contenidos en el acta de cómputototal de la elección de diputados al Honorable Congreso del Estado de NuevoLeón, en lo concerniente al distrito décimo quinto electoral, así como elrespectivo otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de la fórmulapropuesta por la coalición Alianza Ciudadana.

    Las consideraciones en lo que importa, y los puntosresolutivos del fallo son del tenor siguiente:

    "C O N S I D E R A N D O:

    ...

    CUARTO: La resolución impugnada mediante la presente vía, consistente en los resultados consignados en el acta de cómputo de la elección para la renovación de diputados del Distrito XV, es del tenor siguiente:

    "En la ciudad de Monterrey, capital del Estado de Nuevo León, siendo las 8:00-ocho horas del día 11-once de julio de 2003-dos mil tres, instalados en la Sala de Sesiones de la Comisión Estatal Electoral, ubicada en la Avenida Simón Bolívar número 1420 norte, en la colonia Mitras Centro, se llevó a cabo la Sesión Extraordinaria de Cómputo Total y Declaración de Validez de las Elecciones de Gobernador y Diputados del Estado, siendo presidida por los Comisionados Ciudadanos Lic. J.R.F.F., P., Ing. J.F.L.F., S., Q.F.B. C.L.H.C., Primer Vocal, L.. J.A.S.R., Tercer Vocal, Dr. P.A.L.T., Suplente, y Dr. J.G.M.S., Suplente, así como la C.L.. M.T.Y., Coordinadora Técnica Electoral de este organismo; asimismo, estuvieron presentes los representantes de los partidos políticos, los ciudadanos: L.. R.G.G., L.. G.H.L. y L.. J.Á. Mercado Moyeda, por el Partido Acción Nacional; Lic. D.P.G., por el Partido Revolucionario Institucional; I.A.G. y Ma. R.R.P., por el Partido de la Revolución Democrática; I.. S.A.B. y Profra. A.B.B., por el Partido del Trabajo; A.M.R. de D. y Lic. J.H.P.O., por el Partido Verde Ecologista de México; I.. P.F.M.T., por el Partido Alianza Social; L.. R.J.R.R. y M.N.L., por Convergencia, Partido Político Nacional; R.O.C., por el Partido México Posible, y L.. F.J.G.V., por el Partido Fuerza Ciudadana; acto seguido, el Comisionado Secretario procedió a pasar el registro de asistentes, una vez realizado se declara la existencia del quórum de ley, sometiendo a consideración del Pleno el siguiente orden del día: 1 Registro de asistencia, 2. Declaratoria de quórum, 3. Lectura y aprobación en su caso, de la Orden del Día y 4. Cómputo Total de las Elecciones de Diputados y Gobernador (Artículo 207 de la Ley Electoral del Estado); una vez aprobada ésta, se continúa con el punto cuatro de la Orden del día, por lo que reunida en Sesión Extraordinaria Plenaria Permanente, la Comisión Estatal Electoral de conformidad con lo previsto por los artículos 1, 2, 3, 14, 65, 66, 67, 68, 73 inciso d, número 3, 76, 77 Y 81 fracciones XXXII y XXXIII, de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 46, 48, 49 Y 50 del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de las Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 207 de la Ley Electoral, respecto del Cómputo Total de la Elección de Diputados por el principio de mayoría relativa en los 26-veintiséis Distritos Electorales del Estado, el Cómputo Total de la Elección de Gobernador del Estado, así como la asignación de las diputaciones de representación proporcional, y la Declaración de Validez de las Elecciones respectivas, con base a lo derivado en la jornada electoral que tuviera verificativo el pasado 6-seis de julio de 2003-dos mil tres, en la que los partidos políticos y coaliciones participantes postularan a sus candidatos.- Posteriormente, con el auxilio de la Coordinación Técnica Electoral y bajo la dirección de los Comisionados Ciudadanos, se procedió a la apertura de los sobres que contienen los resultados parciales remitidos por las Mesas Auxiliares de Cómputo, respecto de la Elección de Diputados por el principio de mayoría relativa, en el orden numérico de los distritos y registrándose los resultados en un formato de concentración elaborado para tal efecto, abriéndose los paquetes en los que no fueron levantados los resultados durante el cómputo parcial por las Mesas Auxiliares de Cómputo, observando lo previsto por el artículo 207 fracción ll de la Ley Electoral, elaborándose el acta extraordinaria correspondiente en cada caso, quedando como resultados finales de esta elección los siguientes:

    CÓMPUTO TOTAL DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS

    DISTRITOS PARTIDOS POLÍTICOS

    TOTAL PAN AC PRD PT PSN PAS CPPN PMP NULOS
    1 18,482 44,782 1,681 4,121 219 1,376 2,150 72,811
    2 9,552 33,974 558 7,371 58 54 588 229 2,816 55,200
    3 22,704 29,864 1,462 4,459 277 130 896 495 1,956 62,243
    4 25,043 23,050 829 4,193 5,661 1,255 60,031
    5 16,694 23,549 1,436 1,933 168 106 2,985 420 1,890 49,181
    6 15,316 24,397 865 2,563 149 130 562 317 1,712 46,011
    7 24,014 21,444 1,568 2,411 630 117 1,140 724 1,255 53,303
    8 22,167 27,567 2,737 2,255 154 790 1,322 1,793 58,785
    9 30,519 23,904 1,180 3,167 167 308 1,343 1,439 62,027
    10 29,119 24,623 1,194 3,226 110 161 675 398 1,501 61,007
    11 32,248 24,965 1,787 3,414 178 185 835 1,282 64,894
    12 24,977 29,837 1,662 2,972 166 391 784 1,804 62,593
    13 18,453 29,814 1,430 2,855 151 330 695 2,037 55,765
    14 26,866 35,164 1,483 3,408 233 1,020 1,710 69,884
    15 24,430 24,671 1,688 2,685 220 1,048 1,826 56,568
    16 21,506 56,315 1,970 3,877 333 307 1,959 86,267
    17 18,331 48,139 1,014 2,940 97 69 571 380 2,261 73,802
    18 30,290 31,788 865 1,575 177 590 1,339 66,624
    19 24,469 35,221 1,072 2,448 184 193 652 1,640 65,879
    20 12,560 19,436 3,647 2,233 276 1,431 39,583
    21 11,035 15,098 951 1,173 39 590 28,886
    22 17,854 29,068 2,604 1,480 91 113 1,900 53,110
    23 13,077 22,352 962 2,588 158 1,094 40,231
    24 11,661 21,286 552 1,867 1,015 1,325 37,706
    25 14,760 14,283
    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR