Sentencia nº SUP-JLI-0027-2008 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 25 de Septiembre de 2008

PonenteMaría del Carmen Alanis Figueroa
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2008
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadInstituto Federal Electoral
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JLI-27/2008 ACTOR: A.A.G.. DEMANDADO: INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. MAGISTRADA PONENTE: M.D.C.A.F.. SECRETARIOS: J.A.G.S.Y.A.G.M..

México, Distrito Federal, a veinticinco de septiembre de dos mil ocho.

VISTOS los autos del expediente al rubro citado, para dictar sentencia en el juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral, promovido por A.A.G. en contra de dicho Instituto.

R E S U L T A N D O:

  1. Resolución administrativa. El cuatro de diciembre de dos mil siete, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores dictó resolución en el expediente identificado con la clave PA/JLE/BCS/001/07, formado con motivo del procedimiento administrativo para la aplicación de sanciones instaurado contra A.A.G.. En lo conducente, dicho fallo determinó:

    [...]

    Por lo anteriormente expuesto y fundado se:

    R E S U E L V E

    PRIMERO: El C.A.A.G., Vocal del Registro Federal de Electores de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el estado de baja California Sur, es administrativamente responsable del incumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 144, fracciones I, III, IV, VII y VIII, del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral, en términos del Considerando IV de esta resolución.

    SEGUNDO: Se impone al C.A.A.G., Vocal del Registro Federal de Electores de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el estado de baja California Sur, la sanción de DESTITUCIÓN, misma que deberá llevarse a cabo al día siguiente en que surta sus efectos la notificación de la presente resolución, en los términos señalados en el Considerando VI de esta resolución.

    TERCERO: N. personalmente la presente resolución al C.A.A.G., Vocal del Registro Federal de Electores de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el estado de baja California Sur, en el domicilio laboral del servidor público.

    CUARTO: N. por oficio a la Dirección Ejecutiva de Administración, al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral y al Vocal Ejecutivo de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, ambos en el estado de Baja California Sur, a efecto de que determinen lo conducente para el cumplimiento de ésta resolución.

    QUINTO: Se comisiona a la LIC. M.E.C.S., Profesional de Apoyo Normativo en Materia Registral, adscrita a esta Dirección Ejecutiva, para que en auxilio de las labores de esta autoridad resolutora, notifique al servidor público en cuestión, el contenido de la presente resolución, debiendo rendir un informe a la conclusión del encargo.

    [...]

  2. Notificación de la resolución de destitución. El trece de diciembre de dos mil siete, a las trece horas con diez minutos, la licenciada M.E.C.S. notificó de manera personal al ciudadano A.A.G., el contenido de la resolución dictada en el expediente PA/JLE/BCS/001/07.

  3. Presentación de la demanda laboral. El veintiséis de febrero de dos mil ocho, el ciudadano A.A.G. presentó un escrito de demanda ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. En dicho escrito, se hizo valer lo siguiente:

    "[...]

    A.A.G., mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, el ubicado en Calle Pitágoras, Número 1312, Despacho 201, Colonia Letrán Valle, D.B.J., México D.F., y autorizando para que en mi nombre y representación las reciban los CC. L.L.L.M., E.D.G., S.S.R., V.A.V.V. y R.L.L., a quienes desde este momento nombro como mis apoderados legales, poder que podrán ejercitar de manera conjunta o separadamente, ante Ustedes con todo respeto comparezco para exponer:

    Que por medio del presente escrito ocurro ante esta autoridad laboral, con el fin de demandar al Instituto Federal Electoral, con domicilio en Periférico Sur, Número 4124, Edificio Zafiro II, Colonia Ex-Hacienda de A., D.Á.O., México, Distrito Federal, lugar donde puede ser emplazado a juicio la parte demandada, de quien reclamo las siguientes prestaciones, en virtud del despido injustificado del cual fui objeto.

    PRESTACIONES

    1. Por la reinstalación en el servicio en los mismos términos y condiciones en que lo venía desempeñando hasta el día 13 de diciembre de 2007, con el salario diario devengado hasta el último día de servicio, así con las mejoras a que se obtengan con el transcurso del tiempo en el puesto que desempeñaba, hasta antes del injustificado despido del que fui objeto.

    2. El pago y cumplimiento de los salarios caídos, contando a partir del día 13 de diciembre de 2007, solución definitiva del presente conflicto.

      DE MANERA SUBSIDIARIA Y SÓLO PARA EL CASO DE QUE NO SE ME REINSTALE EN EL SERVICIO RECLAMO:

    3. El pago de la cantidad de $103,952.00 (ciento tres mil novecientos cincuenta y dos pesos 00/100 m.n.) por concepto de tres meses de salario como indemnización constitucional, tomando como base la cantidad de $1,153.03 (mil ciento cincuenta y tres pesos 03/100 m. n.) como salario diario integrado, en virtud del despido injustificado del cual fui objeto.

    4. El pago de la cantidad de $392,030.20 (trescientos noventa y dos mil treinta pesos 20/100 m.n.) por concepto de 20 días de salario por año laborado tomando como base la cantidad de $1,153.03 (un mil ciento cincuenta y tres pesos 03/100 m. n.) como salario diario integrado.

    5. El pago y cumplimiento de los salarios caídos, contando a partir del día 14 de diciembre del año 2007, hasta la solución definitiva del presente conflicto.

    6. El pago de la cantidad de $235,218.12 (doscientos treinta y cinco mil doscientos dieciocho pesos 12/100 m.n.) por concepto de prima de antigüedad, del periodo comprendido del día 01 de diciembre de 1990, fecha en que inició la relación laboral, al 13 de diciembre del año 2007, ultimo día de trabajo.

    7. El pago de la cantidad de $11,530.30 (once mil quinientos treinta pesos 30/100 m.n.) por concepto de vacaciones correspondientes al segundo periodo de 2007, la que deberá ser adicionada con la cantidad de $5,765.00 (cinco mil setecientos sesenta y cinco pesos 00/100 m.n.) por concepto de prima vacacional.

    8. El pago de la cantidad de $ 34,591.00 (treinta y cuatro mil quinientos noventa y un pesos 00/100 m.n.) por concepto de bono anual correspondiente al año de 2007, equivalente a 45 días de salario.

      H E C H O S

    9. Que en fecha 01 de diciembre de 1990, ingresé a laborar al servicio de la demandada, Instituto Federal Electoral, desempeñándome como Vocal del Registro Federal de Electores de la 02 Junta Distrital Ejecutiva, del Instituto Federal Electoral, con sede en la Ciudad de La Paz, Baja California Sur, desde el día 01 de junio de 1993, con un horario de entrada a laborar comprendido de las 8:00 horas para salir a las 13:00 horas, debiendo regresar a las 14:00 horas para salir a las 17:00 horas, de lunes a viernes, y los sábados entraba a las 9:00 horas, para salir a las 14:00 horas, con día de descanso los domingos de cada semana.

    10. - Que mi salario diario se integra de la siguiente manera:

      1. Sueldo compactado$ 3,116.37

      2. Prima quinquenal$ 55.00

      3. Despensa$ 38.50

      4. Compensación garantizada $11,453.38

      5. Ayuda de despensa$ 136.50

        Salario por cuota diaria$ 986.75

        PRIMAS

      6. A.$ 24.00

      7. Prima vacacional$ 53.87

      8. Bono anual$ 90.41

        Salario diario integrado $1,153.03

    11. Que el día 24 de octubre de 2007, siendo las 13:00 horas aproximadamente, se me notificó la iniciación de procedimiento administrativo para la aplicación de sanciones.

    12. Que el día 13 de diciembre de 2007, siendo las 13:30 horas aproximadamente, se me notificó la resolución dictada en el procedimiento administrativo para la aplicación de sanciones, del que con anterioridad hago mención.

    13. Que el día 13 de diciembre de 2007, siendo las 16:30 Horas se apersonó ante mi el C.D.M.V.J., para decirme : "LA RESOLUCIÓN DICTADA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES, RESULTÓ DESFAVORABLE A TUS INTERESES PERSONALES, DE TAL MANERA QUE DEBERÁS ENTREGARME LO QUE TENGAS BAJO TU RESGUARDO POR QUE ESTÁS DESPEDIDO DE TU TRABAJO".

    14. Quiero hacer del conocimiento de este Tribunal del Trabajo, que la resolución que me fue notificada efectivamente decretaba la destitución de mi puesto, que como Vocal del Registro Federal de Electores de la 02 Junta Distrital Ejecutiva, del Instituto Federal Electoral, con sede en la Ciudad de La Paz Baja California Sur, desempeñaba desde el día 01 de Junio de 1993, mas de la misma se desprende, que ésta surtiría efectos al día siguiente de su notificación, mas el C.D.M.V.J., de manera arbitraria y sin dejarme que utilizara recurso alguno me despidió de mi trabajo, basándose en una resolución dictada de manera unilateral, por parte de la patronal, Ia que por cierto no tiene sustento alguno, ya que de dicha resolución se desprende que fue un procedimiento armado con la única finalidad de perjudicarme, ya que en primer término no se probaron fehacientemente las imputaciones efectuadas en mi contra y, en segundo término, las causas por las que iniciaron el procedimiento administrativo no son causa legal para separarme de mi trabajo, mas la parte patronal así lo ha efectuado, como lo he dicho anteriormente, sin dejarme utilizar recurso alguno, de donde se desprende lo injustificado de la separación.

    15. Que la patronal me cubría anualmente un bono, el que se me entregaba a más tardar el día 15 de diciembre de cada año por la cantidad equivalente a 45 días de salario diario integrado, mas el día de mi injusta separación, no me fue entregado el bono correspondiente al año de 2007, por lo que lo reclamo en el capítulo de prestaciones.

    16. Que la patronal me otorgaba un periodo anual de vacaciones por 20 días de descanso al año, el que repartía en dos periodos semestrales, de 10 días cada uno, disfrutando el primero de ellos, en el mes de julio de cada año y...

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