Sentencia nº SUP-JDC-2768-2008 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 23 de Octubre de 2008

JurisdicciónSinaloa
Número de resoluciónSUP-JDC-2768-2008
Fecha23 Octubre 2008
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-2768/2008 ACTOR: J.P.B. ÓRGANO PARTIDISTA RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE GARANTÍAS DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA MAGISTRADO PONENTE: F.G. RIVERA SECRETARIO: J.M.D. RANGEL

México, Distrito Federal, a veintitrés de octubre de dos mil ocho.

VISTOS para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, identificado con la clave SUP-JDC-2768/2008, promovido por J.P.B., por su propio derecho y en forma individual, en su calidad de militante y candidato a Consejero Nacional del VII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, en contra de la Comisión Nacional de Garantías del aludido instituto político, para controvertir la resolución emitida en los expedientes de inconformidad acumulados identificados con las claves INC/NAL/1260/2008 e INC/NAL/1262/2008, y

R E S U L T A N D O:

I.A.. De la narración de los hechos que el enjuiciante hace en su demanda y de las constancias de autos del expediente en que se actúa, así como de las remitidas por el órgano partidista responsable, se desprenden los siguientes antecedentes:

  1. Convocatoria. El VI Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática emitió la "convocatoria para la elección de los órganos de dirección y representación del Partido de la Revolución Democrática" la cual se publicó el once de diciembre de dos mil siete en el periódico "La Jornada".

  2. Registro de planillas. El once de febrero de dos mil ocho, la Comisión Técnica Electoral del aludido instituto político, emitió el acuerdo CTE-68/11/02/08, por el cual otorgó el registro a las planillas de candidatos a Consejeros del VII Consejo Nacional del referido partido político, entre otras, a la planilla "100", integrada por M.T.G.O. y el ahora demandante, los cuales aparecen ubicados en la primera y segunda posición de la planilla, respectivamente, como candidatos al citado cargo partidista, por el Estado de Sinaloa.

  3. Jornada electoral. El dieciséis de marzo de dos mil ocho tuvo verificativo la jornada electoral del Partido de la Revolución Democrática para la renovación de los órganos de dirección, J.P.B. participó en la segunda posición de la planilla "100", como candidato a Consejero Nacional del VII Consejo Nacional del mencionado instituto político, por el Estado de Sinaloa.

  4. Resultados. El treinta de abril del año en curso, la Comisión Técnica Electoral del Partido de la Revolución Democrática emitió el "Acta de Asignación de Delegados y Consejeros del Ámbito Nacional del Partido de la Revolución Democrática".

    Los resultados de la asignación de Consejeros Nacionales, correspondiente al Estado de Sinaloa fue la siguiente:

    NO. ENTIDAD PLANILLA PRELACIÓN NOMBRE
    155 SINALOA 4 1 CASTRO CASTRO IMELDA
    156 SINALOA 100 1 GUERRA OCHOA MARÍA TERESA
  5. Recursos de Inconformidad. Por escritos presentados el siete de mayo de dos mil ocho, ante la Comisión Técnica Electoral del Partido de la Revolución Democrática, R.O.V. y J.P.B. interpusieron sendos recursos de inconformidad, para impugnar la mencionada asignación de Consejeros Nacionales correspondiente al Estado de Sinaloa. Los medios de impugnación partidistas fueron radicados en los expedientes identificados con las claves INC/NAL/1260/2008 e INC/NAL/1262/2008.

  6. Resolución impugnada. El dieciséis de septiembre de dos mil ocho, la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática dictó resolución en los expedientes acumulados de los recursos de inconformidad identificados con claves INC/NAL/1260/2008 e INC/NAL/1262/2008, en los cuales determinó ordenar a la Comisión Técnica Electoral modificar la asignación de Consejeros Nacionales del Estado de Sinaloa, de la siguiente manera:

    FOLIO NOMBRE
    4 AHUMADA QUINTERO AUDOMAR
    100 GUERRA OCHOA MARÍA TERESA
    1. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El veintinueve de septiembre del año en curso, J.P.B., por su propio derecho y en forma individual, presentó ante la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática escrito de demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, en contra de ese órgano partidista, para impugnar la resolución citada en el resultando anterior.

    2. Recepción y acuerdo de Sala Regional. El siete de octubre de dos mil ocho, la Sala Regional de este Tribunal Electoral, correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco, recibió el escrito de demanda presentada por J.P.B., ante la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, por lo que se ordenó integrar el expediente identificado con la clave SG-JDC-23/2008.

      El quince de octubre del año en que se actúa, la aludida Sala Regional determinó que no era competente para conocer y resolver el juicio ciudadano promovido por el actor, ante la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, por lo que ordenó remitir de inmediato el expediente respectivo, para que esta S. Superior resolviera lo que en Derecho corresponda.

    3. Turno a Ponencia. El diecisiete de octubre del año en curso, el Magistrado Presidente, por ministerio de ley, de este Tribunal Electoral turnó el expediente SUP-JDC-2768/2008, a la Ponencia del Magistrado F.G.R., para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR