Sentencia nº SX-JDC-0036-2013 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 25 de Marzo de 2013

Número de resoluciónSX-JDC-0036-2013
Fecha25 Marzo 2013
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO Y DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTES: SX-JDC-36/2013 Y ACUMULADOS ACTORES: I.V.F. AGUAYO Y OTROS AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE MAGISTRADO PONENTE: ADÍN ANTONIO DE LEÓN GÁLVEZ SECRETARIOS: C.D.T., R.E.G.M., J.A.M.M., M.L.R.B., A.S.R., JUAN SOLÍS CASTRO Y JOSÉ ANTONIO TRONCOSO ÁVILA

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, a veinticinco de marzo de dos mil trece.

VISTOS, para resolver, los autos de los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al rubro citados, promovidos por I.V.F.A. y otros, quienes se ostentan como militantes y candidatos a consejeros estatales del Partido de la Revolución Democrática en Veracruz; así como el juicio de revisión constitucional electoral presentado por J.V.P., quien se ostenta como dirigente del referido instituto político en la mencionada entidad federativa, en contra de la resolución incidental de nueve de febrero de dos mil trece, dictada en el juicio ciudadano JDC/08/2012, emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz, en el cuaderno de antecedentes 10/2012, mediante la cual, en sustitución del partido político, asignó a los consejeros estatales en el referido Estado.

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De las constancias que obran en el expediente, de lo narrado por los actores y de diversos expedientes que obran en los archivos de ésta Sala, 1 los cuales se invocan como hechos notorios, se advierte:

    1 Expedientes SX-JDC-5567/2012, SX-JDC-5575/2012, SX-JDC-5576/2012, SX-JDC-5577/2012, SX-JDC-5578/2012, SX-JDC-5579/2012 y SX-JDC-5582/2012.

    1. Convocatoria. El tres de septiembre de dos mil once, el VII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática emitió la convocatoria para la elección de representantes seccionales, de consejeras y consejeros municipales, estatales en el exterior nacional, así como delegadas y delegados a los congresos estatales y al congreso nacional del Partido de la Revolución Democrática.

      La referida convocatoria señaló como fecha para la elección el veintitrés de octubre de dos mil once.

    2. Registro de candidatos. El siete de octubre del mismo año, la Comisión Nacional Electoral emitió el acuerdo ACU-CNE/10/206/2011, mediante el cual resolvió sobre las solicitudes de registro de candidaturas del Partido de la Revolución Democrática para la elección de las consejerías estatales en Veracruz.

      Algunos de los actores hacen referencia a los acuerdos ACU-CNE/11/254/2011 y ACU-CNE-VER/11/259/2011 del primero y cinco de noviembre, con la manifestación de que en los mismos se aprobaron sustituciones del registro de candidatos.

    3. Suspensión de la elección interna. El veintidós de octubre de ese año, la Comisión Política Nacional del Partido de la Revolución Democrática determinó suspender la citada elección interna, en virtud de que no fue publicado en tiempo y forma el encarte ni la insaculación de la elección.

    4. Jornada electoral intrapartidista. El seis de noviembre de dos mil once, se llevó a cabo la jornada electoral.

    5. Primer cómputo de resultados. El nueve de noviembre, la Delegación de la Comisión Nacional Electoral del multicitado partido político en Veracruz, celebró la sesión de cómputo de la elección de Congresistas Nacionales, Consejeros Nacionales y Estatales en esa entidad federativa, siendo publicados los resultados obtenidos en los estrados de la referida delegación, el once de noviembre siguiente.

    6. Segundo cómputo de resultados. Debido a diversos actos que afectaron la sesión de cómputo, el diez de noviembre de dos mil once, se ordenó el traslado de la documentación electoral al Distrito Federal; posteriormente, el doce de noviembre la Comisión Nacional Electoral emitió "Convocatoria para continuar con la sesión de cómputo de la elección de Congreso Nacional, Consejo Nacional y Estatal del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de Veracruz"; finalmente el trece de noviembre se celebró una nueva sesión de cómputo en la sede de la Comisión Nacional Electoral en el Distrito Federal.

    7. Recurso de queja contra el segundo cómputo de resultados. El dieciséis de noviembre de dos mil once, los representantes de las planillas 20, 240 y 333 interpusieron recurso de queja ante la Comisión Nacional Electoral en contra de la convocatoria para continuar con la sesión de cómputo de la elección de Congreso Nacional, Consejo Nacional y Estatal del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de Veracruz y el acta circunstanciada de la nueva sesión de cómputo realizada por la Comisión Nacional Electoral. La impugnación se radicó en la Comisión Nacional de Garantías con la clave QE/VER/5535/2011.

    8. Resolución de la queja QE/VER/5535/2011. El veintisiete de enero de dos mil doce, la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática dictó resolución en el recurso de queja referido, en la que declaró fundado dicho recurso, así como la nulidad de los actos impugnados y en su lugar declaró la validez del primer cómputo, que fue realizado por la delegación en Veracruz los días nueve y diez de noviembre de dos mil once.

      Como consecuencia, se ordenó a la Comisión Nacional Electoral que para asignar consejeros estatales debería tomar en cuenta los resultados obtenidos por la delegación estatal de dicha Comisión en Veracruz. Asimismo se señaló que en caso de haber asignado de manera distinta se le otorgaban veinticuatro horas para hacer la asignación correcta.

    9. Juicios ciudadanos federales contra resolución de QE/VER/5535/2011. Inconformes con lo anterior, el cinco de febrero del año pasado, C.C.E., D.N.T., V.M.M.R. y F.E.J.M., militantes del Partido de la Revolución Democrática, promovieron sendos juicios ciudadanos ante el órgano responsable, para controvertir esa resolución, los cuales se enviaron a la Sala Superior de este tribunal y fueron radicados bajo la clave SUP-JDC-207/2012 y acumulados.

    10. Asignación de Consejeros Estatales. En cumplimiento a lo ordenado por la Comisión Nacional de Garantías, el once de febrero de dos mil doce, la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática realizó la asignación de Consejeros Estatales en el Estado de Veracruz, mediante acuerdo ACU-CNE/02/124/2012.

    11. Resolución del SUP-JDC-207/2012 y acumulados. El diecisiete de febrero, la Sala Superior de este Tribunal Electoral resolvió dichos juicios, confirmando la resolución dictada por la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática de fecha veintisiete de enero de dos mil doce, dentro del recurso de queja QE/VER/5535/2011.

      A través de esa resolución, la Sala Superior definió que el cómputo válido de la elección de consejeros estatales del citado partido en Veracruz, fue el realizado por la delegación de la Comisión Nacional Electoral en la entidad.

    12. Convocatoria a sesión del Consejo Estatal. El veinte de junio de dos mil doce, algunos integrantes de la Mesa Directiva del VII Consejo Estatal como fue R.L., con el carácter de Presidente, M.T.E.M., R.P.M. (todos con firma), y D.R. delT. (sin firma), emitieron la convocatoria para el Primer Pleno Ordinario del VIII Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Veracruz, a celebrarse el veintiséis de junio.

    13. Sesión del Primer Pleno del VIII Consejo Estatal. El veintiséis de junio, en el Primer Pleno Ordinario del Consejo Estatal, se eligió a la Mesa Directiva del VIII Consejo Estatal, con la presencia de ciento quince consejeros estatales, la cual quedó integrada por J.R.O., R.H.A., C.B.G., Y.D.M. y A.C.B..

      También rindieron protesta el resto de los consejeros.

    14. Recurso de queja QO/VER/765/2012 contra asignación de consejeros. Inconforme con la asignación de consejeros estatales en Veracruz, el veinticinco de junio de la pasada anualidad, J.V.P. ostentándose como Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Veracruz presentó escrito de queja dirigido a la Comisión Nacional de Garantías, la cual no fue resuelta.

      Esencialmente, argumentó que no se dio publicidad al acuerdo de asignación y, además, que los resultados no coincidían con los validados por la Comisión Nacional de Garantías al resolver la queja QE/VER/5535/2011, y por la Sala Superior en los juicios SUP-JDC-207/2012 y acumulados.

      De igual forma, manifestó que la asignación no correspondía con los nombres de los candidatos debidamente registrados en el acuerdo ACU-CNE/10/206/2011.

      A su vez, señaló que la convocatoria al primer pleno ordinario del VIII Consejo Estatal del partido mencionado, carecía de legalidad porque se publicó sin firmas.

      ñ. Incidentes de inejecución de sentencia. El tres de octubre de dos mil doce, C.G.R., D.M.R.A., P.A.M.A., ostentándose como candidatos a consejeros estatales, y J.V.P., como presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Veracruz, promovieron incidentes de inejecución de sentencia ante la Comisión Nacional de Garantías dentro del expediente QE/VER/5535/2011 por la omisión de designar consejeros estatales.

    15. Juicio ciudadano federal contra omisión de resolver. Ante la omisión de la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática en resolver su recurso de queja, el tres de octubre de dos mil doce, J.V.P. presentó juicio ciudadano federal, mismo que quedó radicado en esta Sala Regional con el número de expediente SX-JDC-5567/2012.

    16. Reencauzamiento del expediente SX-JDC-5567/2012. Por acuerdo de once de octubre del año pasado, dictado en el expediente SX-JDC-5567/2012, el pleno de este órgano jurisdiccional reencauzó el escrito a juicio local ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz de I. de la Llave; por lo que se formó en ese órgano jurisdiccional el expediente JDC/04/2012.

    17. Resolución del JDC/04/2012. El dieciséis de octubre siguiente, el tribunal...

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