Sentencia nº SDF-JDC-0025-2013-Acuerdo1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 18 de Abril de 2013

Número de resoluciónSDF-JDC-0025-2013-Acuerdo1
Fecha18 Abril 2013
EmisorSala Regional Distrito Federal (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SDF-JDC-25/2013 ACTORES: E.M.C.S. Y OTRO AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA UNITARIA ELECTORAL ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA EN EL ESTADO DE TLAXCALA MAGISTRADO PONENTE: H.R.B. SECRETARIA: MARÍA DE LOS ANGELES RODRÍGUEZ CORTÉS

México, Distrito Federal, dieciocho de abril de dos mil trece.

VISTOS para acordar lo conducente en los autos del expediente SDF-JDC-25/2013, incoado por los actores citados al rubro, por su propio derecho, para controvertir la resolución emitida el ocho de abril en curso por la Sala Unitaria Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Tlaxcala, en el Toca Electoral 168/2013, y

R E S U L T A N D O:

I.A.. De lo narrado por los actores en su escrito de demanda, así como de las constancias que integran el expediente, se advierte lo siguiente:

  1. El cuatro de diciembre de dos mil once, se llevó a cabo el Congreso Estatal Ordinario del Partido del Trabajo en el Estado de Tlaxcala, para elegir a los integrantes de la Comisión Coordinadora Estatal y de la Comisión Ejecutiva Estatal de ese instituto político.

  2. En sesión ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, que tuvo lugar el siete de marzo de dos mil doce, fue nombrado S.G.U. como Comisionado Político Nacional en el Estado de Tlaxcala, facultándolo, entre otras cosas, para recibir las ministraciones y prerrogativas del financiamiento público ordinario, que le correspondiera.

  3. El mismo siete de marzo, la Comisión Coordinadora Nacional, mediante oficio PT-CEN-CCN-043/2012, hizo del conocimiento al instituto electoral local de la acreditación de S.G. como Comisionado Político Nacional.

  4. Con fecha nueve enero del año en curso, mediante oficio PT-CEN-CCN-03/2013, la Comisión Coordinadora Nacional, hizo del conocimiento de la Consejera Presidenta del Instituto Electoral de Tlaxcala, la aprobación y ratificación de J.A.B.C. y S.G.U., como tesoreros y responsables de los órganos nacional y estatal internos, respectivamente, encargados de la obtención y administración de los recursos generales, de precampaña y campaña del Partido del Trabajo en Tlaxcala.

  5. El cuatro de abril pasado, fue promovido juicio electoral por quienes se ostentaron como integrantes de la Comisión Ejecutiva Estatal, el cual fue remitido a la aludida Sala Unitaria Electoral y radicado en el toca electoral 168/2013.

  6. El ocho de abril ulterior, la Sala Unitaria de referencia emitió la correspondiente resolución en el juicio electoral referido.

  1. Demanda de Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. Inconformes con la mencionada resolución, el diez de abril en curso, ante la Sala Electoral Administrativa responsable, E.M.C.S. y H.M.H. promovió el mencionado juicio ciudadano.

  2. Trámite. Por oficio SUEA-337/2013, recibido en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional el quince de abril del año en curso, el Magistrado de la Sala Electoral responsable, remitió el escrito de presentación del medio de impugnación, la correspondiente demanda, el informe circunstanciado y demás documentación relacionada con el mismo.

  3. Turno. Por acuerdo del mismo quince de abril, la Magistrada Presidenta de esta Sala Regional ordenó integrar y turnar, a la ponencia del Magistrado H.R.B., los autos del expediente identificado...

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