Sentencia nº SDF-JRC-123-2013 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 3 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2013
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal
EntidadPuebla
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SDF-JRC-123/2013 ACTOR: S.C. PARADA AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA MAGISTRADO: A.I.M.H. SECRETARIO: ISMAEL ANAYA LÓPEZ

México, Distrito Federal, tres de octubre de dos mil trece.

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, dictó sentencia en el juicio identificado al rubro, en el sentido de desechar de plano la demanda presentada por S.C.P., con base en lo siguiente.

ANTECEDENTES

  1. Elección de Ayuntamiento

    1. Jornada electoral. El siete de julio de este año, se llevó a cabo la jornada para elegir a las personas que integrarán los ayuntamientos en el Estado de Puebla, entre otros, el relativo al Municipio de Huaquechula.

    2. Cómputo. El diez de julio siguiente, el Consejo Municipal del Instituto Electoral del Estado de Puebla, en Huaquechula, llevó a cabo el cómputo de la elección de Ayuntamiento, declaró la validez de la elección y entregó la constancia de mayoría y validez a la planilla postulada de manera común por la Coalición "Puebla Unida" y por el partido político Pacto Social de Integración, con base en los resultados siguientes.

      Total de votos en el municipio
      Votación
      Número Letra
      Coalición Puebla Unida 4,328 Cuatro mil trescientos veintiocho
      Coalición Cinco de Mayo 4,033 Cuatro mil treinta y tres
      Partido del Trabajo 3,014 Tres mil catorce
      Movimiento Ciudadano 472 Cuatrocientos setenta y dos
      Pacto Social de Integración, Partido Político 23 Veintitrés
      Votos nulos 474 Cuatrocientos setenta y cuatro
      Candidatos no registrados 0 Cero
      Votación Total 12,344 Doce mil trescientos cuarenta y cuatro
      IMAGEN 6 Candidatura Común 4328+23=4,351 Cuatro mil trescientos cincuenta y uno
  2. Recurso de inconformidad

    1. Demanda. El trece de julio, S.C.P. presentó demanda de recurso de inconformidad, a fin de controvertir el cómputo de la citada elección, así como la entrega de la constancia de mayoría y validez correspondiente.

      El citado medio de impugnación quedó radicado ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (en adelante la autoridad responsable), en el expediente TEE-I-028/2013.

    2. Sentencia impugnada. El catorce de septiembre de este año, la autoridad responsable dictó sentencia en el mencionado medio de impugnación, en el sentido de confirmar la declaración de validez de la elección del Ayuntamiento de Huaquechula, así...

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