Sentencia nº TE-CT-REVT-0007-2008 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 26 de Noviembre de 2008

PonenteMaría del Carmen Alanis Figueroa
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
Tipo de procesoRecurso de revisión en materia de transparencia
RECURSO DE REVISION EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION EXPEDIENTE: TE-CT-REVT-7/2008 ACTOR: A.R.M. RESPONSABLE: UNIDAD DE ENLACE Y TRANSPARENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION MAGISTRADO PONENTE: M.D.C.A.F. SECRETARIO: MAURICIO HUESCA RODRÍGUEZ

México, Distrito Federal, a veintiséis de noviembre de dos mil ocho.

VISTOS para resolver los autos del expediente al rubro indicado, relativo al recurso de revisión en materia de transparencia y acceso a la información interpuesto por A.R.M. contra la respuesta dada por la Titular de la Unidad de Enlace y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a la solicitud de información con número de folio 03363, de trece de septiembre de dos mil ocho, y

R E S U L T A N D O

Primero. Antecedentes. De lo expuesto por el ocursante y de las constancias de autos, se desprende lo siguiente:

  1. El once de julio de dos mil ocho, A.R.M. solicitó vía portal de internet denominado "Transparencia y Rendición de Cuentas" del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, lo siguiente:

    ...

    62. S. copia de las facturas por gastos de alimentación del Magistrado C.C.D. desde el inicio de su encargo a la fecha.

    ...

  2. El siete de agosto de dos mil ocho, A.R.M. recibió a través del sistema de "seguimiento de solicitud de acceso a la información" del indicado portal de internet, un comunicado de la Titular de la Unidad de Enlace y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los términos atinentes siguientes:

    ...

    Al respecto, esta Unidad de Enlace le informa que de conformidad con lo establecido en el artículo 44, párrafo primero, in fine, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la solicitud de información que nos ocupa será analizada por el Comité de Transparencia y Acceso a la Información de este tribunal, razón por la cual le notificamos de la necesidad de ampliar el plazo de entrega de la misma por veinte días hábiles, considerando las características de su petición.

    ...

  3. Refiere el ocursante que entre el tres y el cinco de septiembre de dos mil ocho recibió nuevo comunicado de la mencionada Titular de la Unidad de Enlace y Transparencia, cuyo contenido, en lo conducente, se transcribe a continuación:

    ...

    Al respecto, esta Unidad de Enlace y Transparencia le informa que en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 13, fracción VI, del Acuerdo general que establece los órganos, criterios y procedimientos institucionales para la transparencia y acceso a la información pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, realizó los trámites ante la Coordinación Financiera, la cual por nuestro conducto, le informa:

    ‘...me permito enviarle la siguiente documentación:

    - 7 legajos que contienen copia de todos y cada uno de los comprobantes de los gastos de alimentación de los Señores Magistrados de la Sala Superior de este Tribunal Electoral, tal como aparece en las pólizas correspondientes...’

    En virtud de lo anterior, se hace de su conocimiento que el costo por reproducción de los documentos relativos a los gastos de alimentación del Magistrado C.C.D. es de $102.00 (ciento dos pesos 00/100 M.N.), en razón de que cada copia simple tiene un valor de $1.00 (un peso 00/100 M.N.)

    El pago lo puede efectuar en la Tesorería de este Tribunal, o a través de depósito bancario en HSBC a la cuenta del TEPJF con No. 4009625278. Hecho lo anterior, deberá remitir copia legible de dicho depósito vía fax al siguiente número: 57282385 a la atención del L.. V.M.G.O., a efecto de que se lleve a cabo la certificación de la información requerida.

    En cuanto se reciba copia de su ficha de depósito, se dará trámite inmediato a la reproducción de dicha información, la cual estará a su disposición en esta Unidad de Enlace una vez que se le haya notificado su disponibilidad.

    No omitimos mencionar que de conformidad con el artículo tercero del Acuerdo general que establece los órganos y procedimientos institucionales para la transparencia y acceso a la información pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, usted dispone de un plazo que no puede exceder de tres días hábiles para realizar su depósito y remitir copia legible del mismo, a más tardar el día 9 de septiembre de 2008.

    ...

  4. El ocho de septiembre de dos mil ocho, A.R.M. realizó el depósito indicado y envió el comprobante respectivo, en la forma y términos que le fueron precisados.

  5. El trece de septiembre de dos mil ocho, el promovente recibió el mensaje siguiente:

    ...

    Folio 3361

    C.A.R.M.:

    Con fecha once de julio de dos mil ocho, se recibió en el sistema de control de gestión, solicitud de información con número de folio 03361 en que requiere:

    ’62. S. copia de las facturas por gastos de alimentación del Magistrado C.C.D. desde el inicio de su encargo a la fecha.’ (sic)

    Al respecto, esta Unidad de Enlace y Transparencia le informa que en virtud de haber realizado el pago correspondiente por la reproducción de la información solicitada, la misma le será entregada en la modalidad remitida por la unidad responsable en versión pública de acuerdo con el criterio emitido por el Comité de Transparencia de este órgano jurisdiccional en su séptima sesión extraordinaria de fecha diecinueve de octubre de dos mil siete que a la letra dice:

    ‘Se clasifican como reservados los datos de identificación de prestador de servicios de las facturas que refieran aquellos lugares a los que habitualmente concurren los Magistrados de la Sala Superior, ya que daría a conocer sus rutinas, lo cual por razones de seguridad, no es conveniente proporcionar, considerando que daría información de modo, tiempo y lugar.’

    La reserva referida es por un periodo de diez años y tiene su fundamento en el artículo 13, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    No obstante lo anterior, la reserva destacada no impide, en aras de la rendición de cuentas y el principio de publicidad, se entregue una versión pública de los documentos comprobatorios.

    La información requerida estará disponible a partir del día treinta de septiembre del presente año en el módulo de la Unidad de Enlace y Transparencia, ubicado en el Edificio C, primer piso, de este Tribunal, ubicado en Carlota Armero No. 5000 Col. C.T.M. Culhuacán, México, Distrito Federal, en un horario de 09:00 a 18:00 horas.

    Lo anterior se notifica con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y en el artículo 13, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Sin otro particular, se agradecerá que por este medio (unidadenlace@trife.org.mx) nos envíe acuse de recibo de esta información.

    Atentamente.

    MTRA. G.V.G., TITULAR DE LA UNIDAD DE ENLACE Y TRANSPARENCIA" (anexo copia)

    ...

    Segundo. Recurso de revisión en materia de transparencia y acceso a la información. El veintiséis de septiembre de dos mil ocho, A.R.M. presentó ante la Oficialía de Partes de esta S. Superior escrito a través del cual, por su propio derecho, interpuso el presente recurso de revisión en materia de transparencia y acceso a la información, contra la respuesta dada por la Titular de la Unidad de Enlace y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a la solicitud de información con número de folio 03363.

    La Magistrada Presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación acordó integrar el expediente TE-CT-REVT-7/2008 y turnarlo a la entonces Comisión de Supervisión y Resolución del propio órgano jurisdiccional federal; acuerdo cumplimentado mediante oficio TEPJF-SGA-4973/08, emitido por el S. General de Acuerdos de esta S. Superior.

    A su vez, el Magistrado Presidente de la indicada Comisión acordó tener por recibida la documentación precisada en el punto anterior y turnarla a la ponencia de la M.M. delC.A.F. para los efectos legales conducentes; acuerdo cumplimentado por oficio número TEPJF-CSR-133/2008, suscrito por el S. General de Acuerdos de la Sala Superior.

    Tercero. Excusa del Magistrado C.C.D.. El veintiséis de noviembre de dos mil ocho, el M.C.C.D., en su calidad de integrante de la Comisión de Transparencia, presentó a consideración de esta última, su excusa para conocer y resolver del asunto, en atención al posible vínculo o relación que pudiera desprenderse respecto del contenido de la información solicitada por el actor (objeto del presente recurso de revisión).

    Dicha excusa fue admitida en sesión de la Comisión de Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de esa misma fecha.

    C O N S I D E R A N D O

    PRIMERO. Competencia. Esta Comisión de Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es competente para conocer y resolver el presente recurso de revisión en materia de transparencia y acceso a la información, con fundamento en lo establecido en los artículos 2°, fracción IX; 3°; 6°, fracción III; 9°; 10, fracción VII; 31 y 32 del Acuerdo General que establece los Organos, Criterios y Procedimientos Institucionales para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en relación con los preceptos 49 y 55 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Al respecto, resulta pertinente precisar que el veintidós de octubre de dos mil ocho se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General de Transparencia , Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que abrogó el Acuerdo General que establece los Organos, Criterios y Procedimientos Institucionales para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y que, en términos de...

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