Sentencia nº SX-JDC-0201-2009-Acuerdo1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 3 de Diciembre de 2009

PonenteJudith Yolanda Muñoz Tagle
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2009
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SX-JDC-201/2009. ACTOR: O.E.B.P.. RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE GARANTÍAS DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. MAGISTRADA PONENTE: J.Y.M.T. SECRETARIOS: E.B.Z.Y.H.E. CASAS CASTILLO.

Xalapa-Enríquez, V. de I. de la Llave, a tres de diciembre de dos mil nueve.

VISTOS para acordar los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SX-JDC-201/2009, promovido por O.E.B.P., en contra de la resolución de dieciocho de noviembre de dos mil nueve, dictada por la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, en la queja contra órgano QO/OAX/780/2009; y

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De la narración de los hechos que el impetrante hace en su demanda, así como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

    1. Convocatoria. El diecinueve de agosto de dos mil nueve, los ciudadanos O.E.B.P., E.E.C.C. y D.G.M., en su carácter de V. y Secretarios Vocales de la Mesa Directiva del VI Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Oaxaca, emitieron convocatoria para la celebración del Tercer Pleno Extraordinario, de dicho Consejo Estatal, el veintitrés del mismo mes, en la ciudad de Oaxaca.

    2. Fe de erratas. El veintidós siguiente, dichos funcionarios partidistas, emitieron fe de erratas, relativa a la convocatoria descrita.

    3. Queja en contra de la convocatoria. En desacuerdo con la convocatoria aludida, el veintiuno de agosto de dos mil nueve, R.S.T., en su calidad de P. de la Mesa Directiva del VI Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Oaxaca, promovió ante la Comisión Nacional de Garantías de dicho Instituto Político, queja electoral, misma que fue reencauzada a queja contra órgano, radicada con la clave QO/OAX/780/2009, determinándose el dieciocho de noviembre posterior, lo siguiente:

    "[…] R E S U E L V E

    PRIMERO. Atento a los razonamientos y preceptos jurídicos señalados en el considerando PRIMERO de esta ejecutoria, es procedente reencauzar la vía establecida como Queja Electoral a Queja contra Órgano, por lo que se instruye al personal responsable del área de Estadística y Archivo de esta Comisión Nacional de Garantías, a efecto de que modifiquen la carátula del expediente materia de esta resolución, así como el Libro de Gobierno y la Base de Datos en los términos señalados en dicho considerando.

    SEGUNDO.- Se declara fundado el recurso de queja electoral identificado con la clave QO/OAX/780/2009, presentado por R.S.T., en términos de los razonamientos y preceptos jurídicos vertidos en el considerando quinto de la presente resolución.

    TERCERO.- Se revoca la Cuarta Reunión de Trabajo de la Mesa Directiva del VI Consejo Estatal, del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de Oaxaca.

    CUARTO.- Se revoca la Convocatoria emitida el diecinueve de agosto del año en curso y publicada el día veinte de agosto de los corrientes, emitida por los CC. O.E.B.P., E.E.C.C. y D.G.M. en su carácter de vicepresidente el primero de ellos y los siguientes como secretarios vocales de la Mesa Directiva del VI Consejo Estatal.

    QUINTO.- Se declara nula la Convocatoria emitida el diecinueve de agosto del año en curso y publicada el día veinte de agosto de los corrientes, emitida por los CC. O.E.B.P., E.E.C.C. y D.G.M. en su carácter de vicepresidente el primero de ellos y los siguientes como secretarios vocales de la Mesa Directiva del VI Consejo Estatal, así como la Fe de Erratas realizada a la misma (sic) el día veintidós de agosto del año en curso.

    SEXTO.- Se revoca el Tercer Pleno Extraordinario del VI Consejo Estatal celebrado el día veintitrés de agosto de dos mil nueve, así como la orden del día y todos aquellos acuerdos tomados en dicha sesión.

    SÉPTIMO.- Se revoca todo aquello que tenga algún vínculo directo con la emisión de la Convocatoria que se está declarando nula, asimismo se vincula a la Comisión Nacional Electoral para el cumplimiento de esta Resolución, a efecto de que una vez que se le notifique la presente resolución, cumpla a cabalidad lo ordenado en la presente resolución con el apercibimiento que de no...

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