Sentencia nº SUP-AG-0012-2010 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 5 de Abril de 2010

JurisdicciónVeracruz
Número de resoluciónSUP-AG-0012-2010
Fecha05 Abril 2010
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoAsuntos generales
ASUNTO GENERAL EXPEDIENTE: SUP-AG-12/2010 PROMOVENTE: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA MAGISTRADO: J.A. LUNA RAMOS. SECRETARIO: DAVID JAIME GONZÁLEZ

México, Distrito Federal, a cinco de abril de dos mil diez.

VISTOS para resolver los autos del expediente identificado con la clave SUP-AG-12/2010, formado con motivo del escrito presentado por C.U.G.V., en su carácter de representante propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Instituto Electoral Veracruzano, por el cual controvierte la resolución de veintiuno de marzo del año en curso, en el expediente identificado con la clave RAP 5/03/2010 y su acumulado RAP 6/01/2010, dictado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz,

R E S U L T A N D O:

PRIMERO. En sesión extraordinaria de veinticinco de febrero de dos mil diez, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Veracruz, aprobó el acuerdo por el que realiza la interpretación del Título Séptimo, Capítulo III del Código Electoral para el Estado de Veracruz, relativo a las coaliciones.

SEGUNDO. Inconforme con lo anterior, el primero de marzo del año en curso, los partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional interpusieron sendos recursos de apelación, mismos que fueron registrados con las claves RAP 5/03/2010 y RAP 6/01/2010, y resueltos de manera acumulada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz, en sesión celebrada el veintiuno de marzo siguiente, en el sentido de confirmar el acuerdo emitido por el consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, de veinticinco de febrero del presente año, por medio del cual "realiza la interpretación del Titulo Séptimo, Capitulo III del Código en cita, relativo a las Coaliciones".

TERCERO. El veintiséis de marzo del año que transcurre, el Partido de la Revolución Democrática presentó, en la Oficialía de Partes del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz, un escrito dirigido a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el cual realiza diversas manifestaciones a fin de inconformarse con la resolución a que se hace referencia en el párrafo anterior.

CUARTO. Mediante oficio 1079/2010, de veintisiete de marzo del año en curso, recibido el treinta siguiente en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Veracruz, remitió el expediente formado con motivo del escrito mencionado en el párrafo que antecede.

QUINTO. Por acuerdo de treinta de marzo de este año, la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional ordenó formar el expediente SUP-AG-12/2010, y turnarlo la Ponencia del Magistrado J.A.L.R., a fin de proponer a la Sala, en su oportunidad, la resolución que corresponda, y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO. La materia sobre la que versa esta resolución corresponde al conocimiento de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante actuación colegiada y plenaria, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 99, párrafo cuarto, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo sostenido en la tesis de jurisprudencia S3COJ01/99, emitida por esta S. Superior, consultable en la Compilación Oficial de Jurisprudencia y Tesis Relevantes 1997-2005, páginas 184 y 185, cuyo rubro y texto son...

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