Sentencia nº SDF-JDC-209-2014 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 28 de Abril de 2014

PonenteARMANDO I. MAITRET HERNÁNDEZ
Fecha de Resolución28 de Abril de 2014
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal
EntidadPUEBLA
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SDF-JDC-0209-2014

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SDF-JDC-209/2014 ACTORES: EULOGIO ARTURO CARRASCO ROJAS y OTROS AUTORIDAD RESPONSABLE: COMISIÓN ENCARGADA DE LLEVAR A CABO LA ELECCIÓN DE INTEGRANTES DE JUNTAS AUXILIARES DEL AYUNTAMIENTO DE TEPANCO DE LÓPEZ, PUEBLA MAGISTRADO: A.I.M.H. SECRETARIOS: R.A.B. y OLIVIA KAT CANTO

México, Distrito Federal, a veintiocho de abril de dos mil catorce.

La Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en sesión pública de esta fecha, desecha la demanda interpuesta en contra de la decisión de la Comisión encargada de llevar a cabo la elección de integrantes de Juntas Auxiliares en el Municipio de Tepanco de L., Puebla, de utilizar como método de elección de los integrantes de la Junta Auxiliar en la localidad de San Luis Temalacayuca, el de usos y costumbres.

GLOSARIO

Actores Eulogio Arturo Carrasco Rojas y otros.
Ayuntamiento Ayuntamiento del Municipio de Tepanco de L., P..
Comisión organizadora Comisión encargada de llevar a cabo la elección de integrantes de Juntas Auxiliares del Ayuntamiento de Tepanco de L., P..
Constitución Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley de Medios Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Código local Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
Juicio ciudadano Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
Ley Municipal Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla

ANTECEDENTES

De los hechos narrados por los actores en su escrito de demanda, así como de las constancias del expediente, se advierte lo siguiente:

  1. Reforma a la Ley Orgánica Municipal y al Código local.

    El treinta y uno de marzo de este año, en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, se publicaron las reformas a la Ley Orgánica Municipal y al Código local de esa entidad, relacionadas, entre otras cuestiones, con la elección de la Juntas Auxiliares en los Municipios de la Entidad.

  2. Primera Convocatoria. El siete de abril de dos mil catorce, el Ayuntamiento del Municipio de Tepanco de L. publicó la convocatoria para elegir a las Juntas Auxiliares de esa demarcación.

  3. Primeros Juicios ciudadanos. Inconformes con lo anterior, el catorce de abril siguiente, los hoy actores y otros ciudadanos promovieron juicios ciudadanos, por considerar que dicha convocatoria violaba sus derechos político-electorales, particularmente el de ser votados.

  4. Resolución de los primeros juicios ciudadanos. El dieciséis de abril de dos mil catorce, esta Sala Regional emitió sentencia en el juicio SDF-JDC-179/2014 y su acumulado SDF-JDC-180/2014, en el sentido de revocar la convocatoria para elegir integrantes de Juntas Auxiliares en el Municipio de Tepanco de L..

  5. Segunda Convocatoria. El diecisiete de abril del presente año, el Ayuntamiento de Tepanco de L. publicó convocatoria para la elección de integrantes de las Juntas Auxiliares en dicho Municipio.

  6. Registro. El veinte de abril de dos mil catorce, la Comisión organizadora entregó a los actores su constancia de registro para participar en el proceso electivo de Juntas Auxiliares en la localidad de San Luis Temalacayuca, en ese Municipio.

  7. Juicio ciudadano. El veinticuatro de abril de este año, los actores promovieron juicio ciudadano directamente ante esta Sala Regional, para controvertir la supuesta decisión de la Comisión organizadora de llevar a cabo mediante el método de usos y costumbres la elección de los integrantes de la Junta Auxiliar correspondiente.

  8. ...

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