Sentencia nº SUP-JDC-2136-2014 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 20 de Agosto de 2014

PonenteMARÍA DEL CARMEN ALANIS 
 FIGUEROA
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2014
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadFEDERAL
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SUP-JDC-2136-2014

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTES: SUP-JDC-2136/2014 ACTOR: B.M. LINCE AUTORIDADES RESPONSABLES: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTRAS MAGISTRADA PONENTE: MARÍA DEL CARMEN ALANIS FIGUEROA SECRETARIO: ANDRÉS CARLOS VÁZQUEZ MURILLO

México, Distrito Federal, a veinte de agosto de dos mil catorce.

VISTOS, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano citado al rubro, promovido B.M.L., en contra de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, ambas del Instituto Nacional Electora, así como de la Comisión de Afiliación del Partido de la Revolución Democrática, por la emisión de actos relacionados con la integración y aprobación de la Lista Definitiva de Electores, el Listado Definitivo de Electores Menores de Edad y la Lista Definitiva de Afiliados Elegibles, para los Cargos de Congresistas Nacionales y Consejeros Nacionales, Estatales y Municipales del Partido de la Revolución Democrática.

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De lo expuesto en las demandas y de las constancias que obran en los expedientes, se desprende lo siguiente:

  1. Lineamientos para la organización de elecciones de partidos políticos. El veinte de junio de dos mil catorce, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió el acuerdo INE/CG67/2014, por el que aprobó los Lineamientos para la organización de las elecciones de los dirigentes o dirigencias de los partidos políticos nacionales a través del voto universal y directo de sus militantes.

  2. Factibilidad de organizar la elección del Partido de la Revolución Democrática. El dos de julio siguiente, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el acuerdo INE/CG86/2014, por el que determinó que dicha autoridad electoral nacional cuenta con posibilidades materiales para atender la solicitud formulada por el Partido de la Revolución Democrática para el efecto de organizar la elección nacional de integrantes del Consejo Nacional, Consejos Estatales y Municipales, y Congreso Nacional, mediante voto directo y secreto de todos los afiliados a ese instituto político.

  3. Convenio de colaboración. El siete de julio del presente año, el Instituto Nacional Electoral y el Partido de la Revolución Democrática celebraron convenio de colaboración en el cual establecieron las reglas, los procedimientos y el calendario de actividades a los que se sujetará

    la organización de la elección interna del citado instituto político. Asimismo, se fijaron entre otros temas, las responsabilidades de las partes, los mecanismos de coordinación en la organización y desarrollo de la elección; las bases para la determinación de su costo; los plazos y términos para la erogación de los recursos; la fecha y condiciones de la terminación, y las causales de rescisión del propio Convenio.

  4. Listas definitivas. El actor...

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