Sentencia nº SUP-JDC-2100-2014 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 20 de Agosto de 2014

PonenteMARIA DEL CARMEN ALANIS 
 FIGUEROA.
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2014
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadMICHOACÁN
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SUP-JDC-2100-2014

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-2100/2014. ACTOR: M.R.S. Y OTROS. RESPONSABLES: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTRAS. MAGISTRADA PONENTE: MARIA DEL CARMEN ALANIS FIGUEROA. SECRETARIO: R.Z.Á.S..

México, Distrito Federal, a veinte de agosto de dos mil catorce.

VISTOS, para resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano radicado en el expediente SUP-JDC-2100/2014, promovido por M.R.S., E.M.M., S.V.G., R.F.P. y E.G.G., en contra de la negativa del registro de planillas a Consejo Nacional y Congreso Nacional, emitida por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, en el proceso de renovación de dirigencias nacional y locales del Partido de la Revolución Democrática, que afirman, se publicó el veintinueve de julio del presente año, y por medio de la que, aducen, se le negó el registro a la planilla de candidatos al Congreso y Consejo Nacional que dicen integrar, identificada bajo el emblema "Coalición de Izquierda", y del sub-lema "Unidad Democrática Nacional", y RESULTANDO:

PRIMERO. Antecedentes.

  1. L. para la organización de elecciones Internas. El veinte de junio de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, emitió el acuerdo INE/CG67/2014 por el que aprobó

    los lineamientos del Partido de la Revolución Democrática, para la organización de las elecciones de dirigentes o dirigencias de los partidos políticos nacionales a través del voto universal y directo de sus militantes.

  2. Convocatoria. El cuatro de julio de dos mil catorce, el Octavo Pleno Extraordinario del VII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática emitió la "CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS

    INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS NACIONAL, ESTATALES Y MUNICIPALES, CONGRESO

    NACIONAL, ASÍ COMO PARA LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y SECRETARIO GENERAL E

    INTEGRANTES DE LOS COMITÉS EJECUTIVOS DE LOS ÁMBITOS NACIONAL, ESTATALES Y

    MUNICIPALES, TODOS DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA".

  3. Convenio de colaboración. El siete de julio del presente año, el Instituto Nacional Electoral y el Partido de la Revolución Democrática celebraron un convenio de colaboración en el que establecieron las reglas, los procedimientos y el calendario de actividades a los que se sujetaría la organización de la elección interna del señalado instituto político.

    Asimismo, se fijaron entre otros temas, las responsabilidades de las partes, los mecanismos de coordinación en la organización y desarrollo de la elección; las bases para la determinación de su costo; los plazos y términos para la erogación de los recursos; la fecha y condiciones de la terminación, y las causales de rescisión del propio Convenio.

  4. Lista de afiliados elegible. El quince de julio del año en curso, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, emitió el acuerdo por el que aprobó la lista definitiva de afiliados elegibles que podrán participar en la elección nacional de integrantes del Consejo Nacional, Consejos Estatales y Municipales, y Congreso Nacional del Partido de la Revolución Democrática.

  5. Lista de candidatos registrados. El veintiocho del mismo mes, la aludida Comisión emitió el diverso acuerdo por el que se aprueba "la lista definitiva de candidatos registrados" para participar en la elección nacional de integrantes del Consejo Nacional, Consejos Estatales y Municipales, así como Congreso Nacional, del Partido de la Revolución Democrática, así como la lista de los cargos para los que no se realizará la elección correspondiente. La lista de referencia se publicó en la página de Internet del Partido de la Revolución Democrática el veintinueve de ese mes y año.

    1. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El cuatro de agosto de dos mil catorce, ante la Secretaria Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, los aquí actores promovieron juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en contra de la lista antes mencionada, aduciendo que, con esa publicación, se le negó el registro a la planilla de candidatos que integran, a Congresistas y Consejeros Nacionales del emblema identificado con el emblema "Coalición de Izquierda", bajo el sub-lema "Unidad Democrática Nacional".

    2. Trámite. El once de agosto de dos mil catorce, en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, se recibió el oficio número INE-JTG-116/2014, suscrito por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, por medio del que, entre otros documentos, remitió: A) El escrito de demanda...

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